Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 11/3/2011 (Anexo)

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (Anexo)

N 3622 - 11/3/2011

Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
ANEXO I - RESOLUCIÓN N 472 /MCGC/11 continuación
TITULO II. NORMAS GENERALES.
CAPÍTULO I. SOLICITANTES.
Art. 4º: Los solicitantes de los subsidios contemplados en los Decretos Nº 1020/04 y Nº 115/05 pueden ser personas físicas, jurídicas y consorcios de copropietarios con domicilio en la Ciudad de Buenos Aires, que presenten proyectos, programas o actividades, encuadrados en lo dispuesto en el Título III de la presente reglamentación y en la normativa complementaria que eventualmente se dicte.
De tratarse de asociaciones u organizaciones sin personería jurídica, la solicitud debe realizarse a través de una persona física, quien queda a cargo del cumplimiento de los requisitos y de las obligaciones que infra se establecen.
Art. 5º: La identidad o personería y domicilio de los solicitantes deben acreditarse conjunta y personalmente con la solicitud del subsidio, presentando la documentación que se detalla a continuación:
a Personas físicas: original y copia del Documento Nacional de Identidad y/o Libreta de Enrolamiento y/o Libreta Cívica, de donde debe surgir que el peticionante se encuentra domiciliado en la Ciudad de Buenos Aires con anterioridad al el 1 de enero del año correspondiente a la presentación de la solicitud. La copia debe ser certificada por el funcionario del área receptora, mediante su firma, aclaración de nombre, apellido y número de D.N.I., hecho lo cual debe procederse a la devolución del original.
b Personas jurídicas: original o copia certificada de estatuto, contrato social o instrumento equivalente, con todas las modificaciones existentes al día de la presentación, debidamente inscriptos ante la Inspección General de Justicia o el Instituto Nacional de Acción Cooperativa y Mutual u organismo competente que corresponda, en dichos instrumentos debe constar que el domicilio de la entidad solicitante se encuentra en la Ciudad de Buenos Aires. Para el caso de instituciones pertenecientes a la Iglesia Católica Apostólica Romana, certificado de inscripción expedido por la Dirección Nacional de Culto Católico de la Secretaría de Culto de la Nación. Las instituciones pertenecientes a otros cultos deben acreditar la personería en la forma prescripta en el inciso b.

N 18

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 11/3/2011 (Anexo)

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (Anexo)

PaísArgentina

Fecha11/03/2011

Nro. de páginas41

Nro. de ediciones3408

Primera edición14/08/2008

Ultima edición25/07/2024

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