Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 8/1/2009 (Anexo)

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (Anexo)

N 3091 - 8/1/2009

Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N 1

ANEXOS DEL BOLETÍN OFICIAL N 3091
ANEXO - DECRETO N 1.517/08
ANEXO I
CONVENIO
ENTRE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES Y
LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
SOBRE MUTUA COLABORACION E INTERCAMBIO DE INFORMACION
Entre la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL ANSES, representada en este acto por el Sr. Gerente General, Pablo A. FONTDEVILA, D.N.I.
Nº 7.797.293, con domicilio en la calle Piedras 353 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante ANSES, por una parte y el GOBIERNO DE LA CIUDAD DE
BUENOS AIRES GCBA, representado en este acto por el Señor Jefe de Gabinete de Ministros, Horacio RODRIGUEZ LARRETA D.N.I. N con domicilio en Av. De Mayo 525, Piso 2 de la misma Ciudad, en adelante EL G.C.B.A. por la otra parte, celebran el presente CONVENIO de conformidad a las cláusulas que a continuación se detallan:
PRIMERA: A los fines del presente se entiende por:
DATOS PERSONALES: A la información de cualquier tipo referida a personas físicas o de existencia ideal determinadas o determinables.
DATOS SENSIBLES: A los datos personales que revelen remuneraciones, haberes, prestaciones, origen racial, étnico, opiniones políticas, convicciones religiosas, filosóficas o morales, afiliación sindical e información referente a la salud o a la vida sexual.
ARCHIVO, REGISTRO, BASE O BANCO DE DATOS: Indistintamente, designan al conjunto organizado de datos personales que sean objeto de tratamiento o procesamiento, electrónico o no, cualquiera que fuere la modalidad de su información, almacenamiento, organización o acceso. Dicho conjunto organizado de datos personales es siempre CONFIDENCIAL
TRATAMIENTO DE DATOS: A las operaciones y procedimientos sistemáticos, electrónicos o no, que permitan la recolección conservación, ordenación, almacenamiento, modificación, relacionamiento, evaluación, bloqueo, destrucción, y en general el procesamiento de datos personales, así como también su cesión a terceros a través de comunicaciones, consultas, interconexiones o transferencias.
INTERCAMBIO DE INFORMACION: Abarca tanto el acceso a información a través de aplicaciones en línea o servicios web, como la transferencia electrónica de conjuntos de datos.
RESPONSABLE DEL ARCHIVO, REGISTRO, BASE O BANCO DE DATOS: A la persona física o de existencia ideal pública o privada, que es titular de un archivo, registro, base o banco de datos.
DATOS INFORMATIZADOS: A los datos personales sometidos al tratamiento o procesamiento electrónico automatizado.
TITULAR DE LOS DATOS: A toda persona física o de existencia ideal, residente en el país o en el exterior o con domicilio según corresponda, cuyos datos sean objeto de tratamiento al que se refiere el presente acuerdo.
USUARIO DE DATOS: A toda persona pública o privada que realice a su arbitrio el tratamiento de datos, ya sea en archivos, registros o bancos de datos propios o a través de conexión con los mismos.
DISOCIACIÓN DE DATOS: A todo tratamiento de datos personales de manera que la información obtenida no pueda asociarse a persona determinada o determinable.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 8/1/2009 (Anexo)

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (Anexo)

PaísArgentina

Fecha08/01/2009

Nro. de páginas373

Nro. de ediciones3395

Primera edición14/08/2008

Ultima edición05/07/2024

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