Boletín Oficial de Cantabria del 15/8/2020 - Extraordinario

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Fuente: Boletín Oficial de Cantabria - Extraordinario

SÁBADO, 15 DE AGOSTO DE 2020 - BOC EXTRAORDINARIO NÚM. 64

cidad y el resto de personas vulnerables, por lo que procede un aumento de hasta 4 metros como radio de seguridad alrededor de una persona que esté fumando o vapeando. En esta línea, cabe señalar la importancia de que los espacios públicos como parques, playas, conciertos y actividades culturales, ferias y alrededores de centros docentes o espacios de juegos infantiles sean espacios libres de humo de tabaco. Por ello, procede también que, para evitar la trasmisión en terrazas, estas reduzcan su aforo al 50% para que se pueda fumar o vapear en la misma. La limitación de fumar se extiende a playas debido al amplio aforo de personas, con alta presencia de niños y personas mayores.
Por otro lado, al objeto de hacer homogéneo el tratamiento de los teleféricos con el del resto de medios de transporte, considerando que en todo caso se trata de trayectos breves en el tiempo, se suprime el apartado 54.1 de la Resolución del Consejero de Sanidad de 18 de junio de 2020 que recoge el porcentaje de ocupación máxima permitida.
Finalmente, al objeto de aclarar el cálculo de los aforos previstos en determinados centros de formación que en la práctica y como consecuencia de la actual redacción se han demostrado confusos, se procede a la modificación del apartado 60.1 de la Resolución de 18 de junio de 2020.
En su virtud, vistos el artículo 25.3 del Estatuto de Autonomía para Cantabria, el artículo 26.1 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, el artículo 3 de la Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de Medidas Especiales en materia de Salud Pública, el artículo 54 de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública, a propuesta de la Dirección General de Salud Pública, y de conformidad con el artículo 59.a de la Ley de Cantabria 7/2002, de 10
de diciembre, de Ordenación Sanitaria de Cantabria, a propuesta de la Dirección General de Salud Pública RESUELVO
Primero. Modificación de la Resolución del consejero de Sanidad de 18 de junio de 2020.
1.- Se modifica el apartado 2.5 que pasa a tener la siguiente redacción:
"2.5. Los grupos, con las excepciones que para determinadas actividades se recogen en esta Resolución, deberán ser de un máximo de 10 personas, excepto en el caso de personas convivientes.
Sin perjuicio de lo anterior, se recomienda la limitación de encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable."
2.- Se añade un apartado 2.7 con la siguiente redacción:
"2.7. No se podrá fumar en la vía pública o en espacios al aire libre cuando no se pueda respetar una distancia mínima interpersonal de, al menos, 2 metros. En la proximidad de menores de 18 años, mujeres embarazadas, personas mayores de 65 años, personas con discapacidad y cualquier población vulnerable la distancia será de 4 metros. Esta limitación será aplicable también para el uso de cualquier otro dispositivo de inhalación de tabaco, pipas de agua, cachimbas o asimilados."
3.- Se modifica el apartado 17.2 que pasa a tener la siguiente redacción:

"17.3. Estará permitido el consumo en barra siempre que se garantice una separación mínima de 1,5 metros entre clientes o, en su caso, grupos de clientes. En todo caso los establecimientos deberán tener adecuadamente señalizada la mencionada distancia de separación."

CVE-2020-6061

"17.2. El consumo dentro del local podrá realizarse sentado en mesa, o agrupaciones de mesas, preferentemente mediante reserva previa y con una ocupación máxima de 10 personas. Deberá asegurarse el mantenimiento de la debida distancia física de 1,5 metros entre las personas sentadas en diferentes mesas o, en su caso, agrupaciones de mesas. La mesa o agrupación de mesas que se utilicen para este fin, deberán ser acordes al número de personas, permitiendo que se respeten la distancia mínima de seguridad interpersonal."

boc.cantabria.es
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4.- Se modifica el apartado 17.3 que pasa a tener la siguiente redacción:

i Pág. 2974

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Cantabria del 15/8/2020 - Extraordinario

TítuloBoletín Oficial de Cantabria - Extraordinario

PaísEspaña

Fecha15/08/2020

Nro. de páginas5

Nro. de ediciones846

Primera edición07/01/2010

Ultima edición26/07/2024

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