Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 28/06/2022

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

DISPOSICIONES GENERALES
CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA

477.-

ANUNCIO

Decreto del Excmo. Sr. D. Carlos Rontomé Romero, consejero de Educación y Cultura, de fecha 15 de junio de 2022, por el que se aprueba el encargo a medio propio del servicio de guardería en distintos edificios de los centros docentes públicos dependientes de la Ciudad Autónoma de Ceuta
ANTECEDENTES DE HECHO
Siendo intención de la Ciudad Autónoma de Ceuta cubrir las necesidades de los conserjes en los distintos edificios de los centros públicos docentes de la Ciudad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25.2.n de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y las competencias establecidas en el decreto de la Presidencia de 8 de octubre de 2020, por el que se organiza funcionalmente la Ciudad Autónoma de Ceuta, se estima conveniente realizar encargo a medio propio consistente en la ejecución del servicio de guardería de los distintos edificios de los centros docentes públicos dependientes de la Ciudad Autónoma de Ceuta.
ción:

La necesidad de prestación de servicio que se quiere atender con la presente encomienda responde a la siguiente situa-

La Ciudad Autónoma de Ceuta cuenta con 40 trabajadores 22 indefinidos y 18 fijos-discontinuos de septiembre a junio para prestar servicio en 20 centros educativos: 17 CEIP, 2 CEA y 1 CEE. A ello se suma la jubilación del ordenanza que presta servicio en la Escuela Infantil Juan Carlos I, de titularidad municipal.
Ante la situación descrita, tomando en consideración la distribución de los trabajadores fijos-discontinuos y la necesidad de mantener abiertos los centros educativos durante el mes de julio para el desempeño de tareas administrativas, como la tramitación de las solicitudes de Ayudas del MEFP para adquisición de libros de texto, material didáctico e informático, para alumnos matriculados en centros docentes dependientes del MEFP, en Educación Primaria y Enseñanza Secundaria Obligatoria;
y para sufragar el servicio de comedor y transporte escolar para alumnos matriculados en centros docentes no universitarios en las Ciudades de Ceuta y Melilla, o la realización de obras y reparaciones programadas, se necesita de forma transitoria un refuerzo del personal de servicios en los siguientes centros educativos:

CEIP Andrés Manjón:

Dispone de dos vigilantes-cuidadoras, con contrato fijo-discontinuo de 1/09 a 30/06.

CEIP Ciudad de Ceuta:

Dispone de dos vigilantes-cuidadoras, con contrato fijo-discontinuo de 1/09 a 30/06.

CEIP Maestro José Acosta:

Dispone de dos vigilantes-cuidadoras, con contrato fijo-discontinuo de 1/09 a 30/06, y un funcionario que se jubila en julio de 2022.

CEIP Maestro Juan Morejón:

Dispone de dos vigilantes-cuidadoras, con contrato fijo-discontinuo de 1/09 a 30/06.

CEIP Santiago Ramón y Cajal:

Dispone de un solo vigilante-cuidador, funcionario, con baja laboral de larga duración.

Escuela Infantil Juan Carlos I:

Dispone de un solo conserje de la Ciudad, pero el centro mantiene su actividad educativa durante el mes de julio.

Consta informe jurídico favorable de fecha 14 de junio de 2022 del técnico de Administración General en el expediente.
Por razones de economicidad y eficiencia, se propone realizar la encomienda, de acuerdo con los trámites que corresponden al encargo a medio propio, a la sociedad municipal AMGEVICESA conforme a lo establecido en el artículo 32 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
Con esta fecha, el Excmo D. Carlos Rontomé Romero, Consejero de Educación y Cultura y vicepresidente segundo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Ceuta, emite texto de encargo a medio propio, para su traslado y comunicación a la sociedad AMGEVICESA.
Existe crédito suficiente en la partida 74900.1330.007 del presupuesto general de la Ciudad Autónoma de Ceuta para el ejercicio 2022.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO. La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, en su artículo 32.1, dispone:
Los poderes adjudicadores podrán organizarse ejecutando de manera directa prestaciones propias de los contratos de obras, suministros, servicios, concesión de obras y concesión de servicios, a cambio de una compensación tarifaria, valiéndose Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

1.353

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 28/06/2022

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

PaísEspaña

Fecha28/06/2022

Nro. de páginas22

Nro. de ediciones6178

Primera edición19/11/1926

Ultima edición05/07/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Junio 2022>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
2627282930