Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 24/06/2022

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

La presentación de la solicitud supone la aceptación expresa y formal, por parte de la entidad solicitante, de todos los requisitos contenidos en las bases Reguladoras.
Estas ayudas están acogidas al régimen de mínimis, establecido en el Reglamento EU nº 1407/2013, de la Comisión de 18 de diciembre de 2013; en virtud del cual la ayuda total de mínimis, concedida a una única empresa determinada no podrá ser superior a 200.000 euros, durante cualquier período de tres ejercicio fiscales. Este límite se aplicará independientemente de la forma de la ayuda de mínimis o del objetivo perseguido e indistintamente de si la ayuda concedida por el Estado miembro está financiada total o parcialmente mediante recursos de origen comunitario.
QUINTO: PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES
Se establecen los siguientes períodos de presentación de solicitudes:
1º. Desde el día 1 de agosto de 2022 y hasta el 30 de septiembre de 2022.
2º. Desde el día 1 de octubre de 2022 y hasta el 31 de diciembre de 2022.
Lugar de la Firma: Ceuta Fecha de la Firma: 2022-06-16
Firmante: Rodolfo Croce Clavero. P.D.F. La Secretaria General
Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

1.317

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 24/06/2022

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

PaísEspaña

Fecha24/06/2022

Nro. de páginas38

Nro. de ediciones6178

Primera edición19/11/1926

Ultima edición05/07/2024

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