Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 24/06/2022

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

DISPOSICIONES GENERALES
CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA

457.-

TituloES: CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DESTINADAS A START UPS QUE SE ENCUENTREN EN PROCESO DE CREACIÓN Y ACELERACIÓN EN EL ESPACIO DEL ANGULO DE CEUTA PROYECTO CEUTA OPEN FUTURE, EN EL MARCO DEL PO FEDER PARA CEUTA, 2014-2020, EP.3, PI 3.4.
TextoES: BDNSIdentif.:627652
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/627652
PRIMEROS: BENEFICIARIOS
Podrán obtener la condición de beneficiario las PYMES que se encuentren en la situación que fundamenta la concesión de la subvención y en las que concurran las circunstancias previstas en estas bases reguladoras y en la convocatoria.
SEGUNDO: FINALIDAD
Las subvenciones públicas, objeto de esta convocatoria segundo semestre 2022 y reguladas en las citadas bases, cumplen la finalidad de promover las Start Ups que se encuentren en proceso de creación y aceleración en el espacio del ángulo de ceuta poyecto ceuta open future, en el marco del programa operativo FEDER para Ceuta, período 2014-2020, eje prioritario 3
mejorar la competitividad de las pymes, prioridad de inversión 3.4 apoyo a la creación y ampliación de capacidades avanzadas para el desarrollo de productos y de servicios..
TERCERO: BASES REGULDORAS
Resolución de la Consejería de Economía, Hacienda y Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Ceuta de 4 de febrero de 2021, marco regulador para la concesión de las ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, publicadas en el BOCCE
6.069 de 12 de febrero de 2021.
CUARTO: IMPORTE DE LA AYUDA
El importe de los créditos disponibles para atender las ayudas y subvenciones relativas promover las Start Ups que se encuentren en proceso de creación y aceleración en el espacio del ángulo de ceuta proyecto ceuta open future, en las distintas convocatorias indicadas en el apartado anterior será de CIENTO CINCUENTA MIL EUROS 150.000,00 Euros, para atender las ayudas a desarrollo e innovación empresarial en el marco del Programa Operativo FEDER para Ceuta 2014-2020 Eje Prioritario 3
Mejorar la competitividad de las pymes, Prioridad de Inversión 3c Apoyo a la creación y ampliación de capacidades avanzadas para el desarrollo de productos y de servicios, Objetivo Específico 3.3.1., gestionado a través de PROCESA SOCIEDAD
DE DESARROLLO DE CEUTA S.A. en virtud de encargo realizado mediante acuerdo del Pleno de la Asamblea de Ceuta de 29
de diciembre de 2016.
No podrán otorgarse subvenciones por cuantía superior a la determinada en las distintas convocatorias.
Para las ayudas a la realización de inversiones productivas en la Start Ups en proceso de creación y aceleración, el presupuesto total antes indicado, será asignado a las siguientes convocatorias:
1º. Desde el día 1 de agosto de 2022 y hasta el 30 de septiembre de 2022, el importe asignado asciende a CIENTO CINCUENTA MIL EUROS 150.000 euros.
2º. Para los siguientes períodos de presentación de solicitudes, el remanente no asignado en el período anterior, hasta acabar el presupuesto asignado.
Cuando a la finalización de un periodo se hayan concedido las subvenciones correspondientes y no se haya agotado el importe máximo a otorgar, se podrá trasladar la cantidad no aplicada a las posteriores resoluciones que recaigan, de conformidad con lo establecido en el art. 59 del Real Decreto 887/2006, de Reglamento de la Ley General de Subvenciones.
3º.- Se anularán los períodos de presentación de solicitudes que no tuvieran consignación presupuestaria, por haberse agotado ya en convocatorias anteriores.
Las ayudas contempladas en estas bases revestirán la forma de subvención.
El importe concedido, que deberá ser fijado en la resolución de concesión, no podrá ser rebasado por desviaciones en la ejecución.
Las subvenciones recibidas por el beneficiario final constituyen un ingreso computable a efectos fiscales, en el correspondiente impuesto de sociedades art.15 LIS o en el impuesto sobre la renta de las personas físicas art. 33 LIRPF.
La intensidad máxima de ayuda se establece en el 80% de los costes subvencionables para las empresas pequeñas en términos de equivalente de subvención.
Los proyectos presentados deben tener todas las condiciones que se requieren en las bases reguladoras de la medida.
Así mismo, el expediente deberá completarse con los anexos y documentos complementarios que se requieran en las bases reguladoras de la medida BOCCE 6069 de 12 de febrero de 2021.
La ausencia de la documentación correspondiente será motivo de denegación o cancelación de la ayuda.
Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

1.316

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 24/06/2022

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

PaísEspaña

Fecha24/06/2022

Nro. de páginas38

Nro. de ediciones6177

Primera edición19/11/1926

Ultima edición02/07/2024

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