Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 24/06/2022

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Fuente: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

475.-

ANUNCIO

Decreto del Consejero de Sanidad, Consumo y Gobernación de la Ciudad Autónoma de Ceuta, por el que se resuelve la convocatoria de subvenciones de consumo para el año 2022.
Pongo en su conocimiento que con fecha 17-06-2022 el Excmo. Sr. Consejero de Sanidad Consumo y Gobernación , promulga el siguiente Decreto:
ANTECEDENTES DE HECHO.Con fecha 22 de marzo de 2022, se aprueba la CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A LAS ASOCIACIONES, COOPERATIVAS Y FEDERACIONES DE ASOCIACIONES DE CONSUMIDORES Y USUARIOS PARA EL
AÑO 2.022 que fue publicada en el BOCCE nº 6.186 de fecha 29 de marzo de 2.022.
Una vez valorada la única solicitud presentada en tiempo y forma por la Asociación Confederación de Consumidores, Usuarios y Vecinos de Ceuta, se procede a dictar la Resolución de concesión de la subvención por el importe que se detalla.
FUNDAMENTOS JURIDICOS.1.- Ley Orgánica 1/95, de 13 de marzo, Estatuto de Autonomía de la Ciudad de Ceuta, establece en su artículo 30 que la ciudad de Ceuta, se regirá, en materia de procedimiento administrativo y demás aspectos del régimen jurídico de su Administración, por lo establecido con carácter general, por la legislación del Estado sobre Régimen Local, sin perjuicio de las especialidades derivadas de la organización propia de la Ciudad establecidas por el presente Estatuto.
2.-Ley de Bases de Regimen Local LrBRL 7/85, de 2 de abril: El artículo 25 g señala la competencia del Municipio en las siguientes materias: defensa de usuarios y consumidores.
Reglamento de subvenciones de la Ciudad de Ceuta de 14 de enero de 2005 RSC.
3.-El artículo 1 señala como objeto del presente Reglamento la regulación dentro del ámbito de la Ciudad Autónoma de Ceuta, del procedimiento para el otorgamiento de subvenciones por parte de la Administración de la Ciudad, sus organismos autónomos y las sociedades mercantiles de ella dependientes con sujeción a lo dispuesto en la Ley 38/2003 general de subvenciones, así como el régimen de abono, justificación, control reintegro y régimen sancionador de dichas subvenciones.
El art. 2 dispone que de acuerdo con lo dispuesto en la Ley General, se entiende por subvención toda entrega de dinero realizada por cualquiera de los sujetos enumerados en el art.1 a favor de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas cuya act ividad tenga por objeto el fomento de una actividad de utilidad pública o interés social o de promoción de una finalidad pública.
El art. 4.a del Reglamento de Subvenciones de la Ciudad de Ceuta señala que Son subvenciones regladas aquellas que se otorgan con arreglo a los principios de publicidad, libre concurrencia y objetividad.
La intervención general de la Ciudad ejercerá el control sobre los beneficiarios de subvenciones y ayudas concedidas por los sujetos del sector público.
4.-El art. 88 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en su caso, en la convocatoria, la persona titular de la Consejería que ostente la competencia de Consumo resolverá el procedimiento.
5.- Conforme con lo establecido en los artículos 21, 22 y 25 de la Ley Orgánica 1/1995, de 13 de marzo, de Estatuto de Autonomía de Ceuta, así como lo dispuesto en el artículo 124 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y artículo 5 del Reglamento de Gobierno y los Servicios de la Administración de la Ciudad Autónoma de Ceuta BOCCE de 10.11.2017, y en uso de las atribuciones que le confieren los Decretos de la Presidencia, de 8 de octubre de 2020 BOCCE de fecha 13-10-2020,y Decreto de la Presidencia de 12 de febrero de 2021 Bocce Extraordinario nº14 de fecha 12-02-2021 se nombra a D. Alberto Ramón Gaitán Rodríguez como Consejero de Sanidad Consumo y Gobernación de la Ciudad de Ceuta que he resuelto:
1.- Conceder la subvención siguiente, con las especificaciones que se indican en virtud del apartado Quinto.5.a de la convocatoria aprobada por decreto de fecha 22-03-2022:
Denominación: Confederación de Consumidores, Usuarios y Vecinos de Ceuta con CIF G11962222.
Tipo de proyecto: Mantenimiento de la oficina de atención al consumidor con diversas actividades sobre consumo responsable y ecológico.
Medios y objetivos: Mediante el mantenimiento de una oficina dotada del correspondiente material material de oficina, aulas para desarrollar la jornada-talleres, local de la asociación y personal de la asociación se informa, conciencia, y defiende a los consumidores y usuarios ya que tenemos una oficina de atención la cual necesita una serie de materiales para cumplimentar, asesorar, realizar actividades y charlas de las cuales concienciamos en un consumo responsable, ético, solidario y ecológico. Esperamos con este proyecto que todos los miembros asociados y la población de Ceuta se conciencia en un consumo responsable y ecológico de los cual cada año son logros conseguidos. informa de los derechos y deberes que tienen como consumidores y usuarios para favorecer el desarrollo y la ampliación del movimiento asociativo en el consumo, se envía documentación a las asociaciones de vecinos, toda la información recopilada es repartida entre todos los consumidores y asociaciones vecinales a través de folletos y de folletos/libros..
Presupuesto global de la actividad: 3.500,00 euros.
Cuantía concedida: euros. 3.150,00 euros. 3.500 x 0,90
Plazo de ejecución: Hasta 31 de diciembre de 2.022.
Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 24/06/2022

TítuloBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

PaísEspaña

Fecha24/06/2022

Nro. de páginas38

Nro. de ediciones6178

Primera edición19/11/1926

Ultima edición05/07/2024

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