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Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 07/03/2022
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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza
Artículo 2: - Declárese que la agente Lic. Cintia Verónica Mangione continúa comprendida en los términos del Artículo 61 de la Ley 5.811 Reserva de Empleo -, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 5º de la Resolución Nº 018/17-F.E. y mientras desempeñe el cargo de mayor jerarquía para el que ha sido designada por Decreto N 190/22 de la Municipalidad de Maipú.Artículo 3: - La presente resolución será notificada a Contaduría General de la Provincia para su registración.
Artículo 4: - Comuníquese, notifíquese a quienes corresponda y archívese.
Dr. Fernando M. Simón S/Cargo 07/03/2022 1 Pub.
Resolución N: 10
MENDOZA, 03 de Marzo de 2022
VISTO y CONSIDERANDO:
Que a fin de asegurar la mayor eficiencia y celeridad en la intervención de esta Fiscalía de Estado en los procesos judiciales en los que deba intervenir de acuerdo a sus competencias, resulta necesario establecer una nueva delegación de las tareas vinculadas a dicha función.
Que en tal sentido resulta evidente la imposibilidad material de que dichas tareas relativas a la procuración de actuaciones judiciales sean personalmente cumplidas por el único titular de este Organismo.
Por ello, en uso de las facultades legales y constitucionales que le son propias a Fiscalía de Estado, como Órgano de Control por mandato del artículo 177 de la Constitución de Mendoza:
EL FISCAL DE ESTADO
DE LA PROVINCIA DE MENDOZA
R E S U E L V E:
Artículo 1: - Encomiéndese en forma indistinta al Director de Asuntos Judiciales Dr. Eliseo Joaquín Vidart D.N.I. Nº 14.149.101, a la Dra. Marcela Eleonora Berríos D.N.I. Nº 22.110.929, al Dr. Fabián A. Bustos Lagos D.N.I. Nº 16.042.051; a la Dra. Alicia C. López Revol D.N.I. Nº 17.640.185, al Director de Asuntos Ambientales Dr. Mauricio Esteban Pinto D.N.I. Nº 22.519.039; y al Director de Asuntos Administrativos, Dr.
Abel Ángel Albarracín D.N.I. Nº 18.083.508; la firma de los siguientes actos procesales a realizar en los procesos judiciales en los que intervenga Fiscalía de Estado:
a La interposición de la demanda y de cualquier recurso establecido por los Códigos Procesales vigentes en la Provincia; así como toda contestación relativa a dichos actos.
b La totalidad de las notificaciones regidas por las acordadas vigentes o que en el futuro emita la Excma.
Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Mendoza.
c Toda petición prevista en el C.P.C.yT. de la Provincia tendiente a impulsar el proceso.
d La designación de los abogados auxiliares para concurrir a las audiencias que se fijen en los procesos en los que intervenga Fiscalía de Estado.
BO-2022-01483026-GDEMZA-SSLYTMGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Lunes 7 de Marzo de 2022
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica
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