Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 14/06/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

Fiscalía de Estado, Asesoría de Gobierno y por la Subdirección de Asesoría Letrada de la Subsecretaría de Desarrollo Social, la conformidad de la Dirección General de Administración de Desarrollo Social y de la citada Subsecretaría, todas del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes y conforme a lo establecido por la Ley Nº 8395 y su Decreto Reglamentario Nº 514/12, EL
GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
Artículo 1º- Reconózcase, a partir del día 01 de enero de 2016 y hasta el día anterior a la fecha del presente decreto, a través de la Subsecretaría de Desarrollo Social del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes, a favor del Sr. FABIO JAVIER BARREDO, D.N.I. Nº 16.555.788, el cincuenta por ciento 50% del beneficio otorgado por Decreto Nº 712/15 a su madre Sra. MARIA TERESA ABIGAIL DE LA
ROSA, con motivo del fallecimiento de ésta y otórguese a partir de la fecha de éste, el cien por ciento 100% del beneficio vitalicio creado mediante Ley Nº 8395 y Decreto Reglamentario Nº 514/12, consistente en un monto mensual equivalente a la asignación de clase del personal de categoría 10, del agrupamiento administrativo y técnico de la Ley Nº 5126 y sus modificatorias, beneficio que comprende a los detenidos entre el 24 de marzo de 1976 y el 10 de diciembre de 1983, que hayan sido condenados por Consejo de Guerra, puestos a disposición del Poder Ejecutivo Nacional y/o privados de libertad por causas políticas, gremiales o estudiantiles, como consecuencia del accionar de las Fuerzas Armadas, de Seguridad o de cualquier otro grupo, haya habido o no sentencia condenatoria en su contra, o que por causas políticas, hayan sido privados de la libertad por orden de Tribunales Ordinarios, con cargo a la siguiente partida del Presupuesto vigente:
U.G.CREDITO: S99099 43104 000
U.G.GASTO: S96413
Artículo 2- Autorícese a los Servicios Administrativos que correspondan a imputar, liquidar y abonar, en ejercicios futuros, los importes correspondientes, mientras se encuentre vigente el beneficio otorgado por el presente decreto.
Artículo 3º- Establézcase que la comprobación de supervivencia del titular del beneficio otorgado mediante el Art. 1º del presente decreto, se realizará a través de los Cruces de Datos del Sistema de Identificación Nacional, Tributaria y Social -SINTYS-, que llevará a cabo mensualmente la Subdirección de Planificación Social, Informática y Sistemas de la Subsecretaría de Desarrollo Social del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes.
Artículo 4- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.
LIC. ALFREDO V. CORNEJO
CDORA. NELIDA ELISABETH CRESCITELLI
S/Cargo 14/06/2019 1 Pub.
MINISTERIO ECONOMÍA, INFRAESTRUCTURA Y ENERGÍA

Decreto N: 514
MENDOZA, 28 DE MARZO DE 2019.

BO-2019-03096853-GDEMZA-SSLYTMGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Viernes 14 de Junio de 2019
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica
página 31 de 145

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 14/06/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

PaísArgentina

Fecha14/06/2019

Nro. de páginas146

Nro. de ediciones1844

Primera edición20/01/2017

Ultima edición11/07/2024

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