Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 28/07/2017

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

TREINTA Y UNO CON VENTIOCHO CENTAVOS $ 9.031,28.
Artículo 3º - Asígnense las funciones y autorícese el pago del Suplemento por Subrogancia que establece el Artículo 64, inc. a, de la Ley Nº 5126 y sus modificatorias, desde la fecha del presente decreto y hasta el 31 de julio de 2017, a la agente CARINA LOURDES VARGAS, CUIL N 27-24034696-1, Clase 003-Administrativa EfectivaCódigo Escalafonario: 05-1-02-00, en el cargo Clase 009-Jefe de Sección-, Código Escalafonario: 05-1-03-07, del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia.
Artículo 4º - Contaduría General de la Provincia atenderá el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, con cargo a la partida del Presupuesto General vigente año 2017, U.G.C.
G99019-41101-000, U.G.E. G96137.
Artículo 5º - Notifíquese el presente decreto a Contaduría General de la Provincia para su registración previa intervención de la Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Finanzas.
Artículo 6º - Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.
LIC. ALFREDO V. CORNEJO
MG. DALMIRO GARAY CUELI
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este Aviso Oficial se publican en la edición web del Boletín Oficial del Gobierno de Mendoza --www.boletinoficial.mendoza.gov.ar--y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta dirección Provincial Av. Peltier 351 - 1º subsuelo - Cuerpo Central - Capital - Mendoza S/Cargo 28/07/2017 1 Pub.
Decreto N: 1206
MENDOZA, 19 DE JULIO DE 2017
Visto el Expediente Nº 6945-D-17-20108; y CONSIDERANDO:
Que el día 19 de julio de 2017 se suscribió un Convenio entre el Gobierno de la Provincia de Mendoza, representado por el Sr. Ministro de Gobierno, Trabajo y Justicia, Magister Dalmiro Garay Cueli y el Partido Intransigente, representado por los Sres. Carlos Alberto Veliz Delgado, Eduardo Antonio Daniel Martínez y Pablo Javier Cairo; con el fin de otorgar a la mencionada agrupación política, recursos económicos que le permitan afrontar la impresión de una 1 boleta por elector registrado en cada distrito, por boleta oficializada en las Elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias P.A.S.O. convocadas mediante Decreto N 674/17 para el día 13 de agosto de 2017; por sus precandidaturas para cargos electivos provinciales y/o municipales; conforme lo dispuesto por la Ley Nº 7.005; artículo 2 ter y modificatorias;
Que a fs. 3/25 obra nota de la Junta Electoral Nacional mediante la cual se informa al Sr. Ministro de Gobierno, Trabajo y Justicia el listado de las agrupaciones políticas que han solicitado aprobación de sus boletas oficializadas, destinadas a competir en las Elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias P.A.S.O.;
Que por Resolución Nº 351/17 del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia se fijó en Veintitrés centavos 0,23 ctvs. el valor de cada cuerpo de boleta de doce centímetros por diecinueve centímetros 12 cm. Por 19 cm. para categoría de precandidatos provinciales, como valor de referencia del aporte para la impresión de boletas electorales previsto en el artículo 2 ter de la ley Nº 7.005 Texto según Ley Nº 8.787

BO-2017-00100674-GDEMZA-SSLYTMGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Viernes 28 de Julio de 2017
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica
página 11 de 122

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 28/07/2017

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

PaísArgentina

Fecha28/07/2017

Nro. de páginas123

Nro. de ediciones1861

Primera edición20/01/2017

Ultima edición06/08/2024

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