Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 07/06/2022 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > martes 07 de junio de 2022

Agrarios y Producción, de subsidios y subvenciones dirigidos al fortalecimiento y reactivación del agro, la pesca, la industria, el comercio y los restantes sectores productivos;
Que corresponde al Ministro de Desarrollo Agrario, en su calidad de Autoridad de Aplicación del Decreto N 1037/03, determinar los montos de los subsidios y subvenciones a otorgar, su cantidad y periodicidad, establecer los recaudos que deben cumplimentar las solicitudes presentadas por los aspirantes a los beneficios, entre otros aspectos previstos en su artículo 9;
Que el Plan Bonaerense de Desarrollo Rural impulsado por el Señor Gobernador, involucra políticas activas integrales diseñadas con el objetivo de desarrollar la ruralidad, potenciar el entramado productivo de la Provincia, generar empleo de calidad y fortalecer el arraigo;
Que, en esa línea, se promueve la presente gestión, en el marco del componente Plan Estratégico de Caminos Rurales Etapa 2 del Plan Bonaerense de Desarrollo Rural, cuyo objeto es proveer a los municipios maquinarias y herramientas para la mejora de los caminos rurales;
Que a tal efecto se propicia otorgar un subsidio a la Municipalidad, en virtud de lo previsto en los artículos 2 del referido Decreto N 1037/03 y 5 del Reglamento para el Otorgamiento de Subsidios en el marco del Decreto N 1037/03
aprobado mediante Resolución N RESOL-2017-64-E-GDEBA-MAGP, y en tanto persona jurídica pública que llevará adelante la ejecución de los trabajos a realizar en los tramos seleccionados en el proyecto presentado, siendo los beneficiarios finales del mismo las y los productores bonaerenses que conforman las pequeñas y medianas empresas rurales, del agro, la pesca y los restantes sectores productivos que desenvuelven sus actividades principales en el territorio de la provincia de Buenos Aires;
Que por lo expuesto, se ha considerado esencial prestar colaboración a los distintos municipios, con el objetivo de mejorar los caminos rurales de la Provincia para facilitar el ingreso, egreso y traslado de bienes provenientes de la cadena productiva del sector rural;
Que a ordenes 5 y 17 respectivamente luce la presentación efectuada por la Municipalidad de Navarro solicitando un subsidio por la suma de pesos diecinueve millones novecientos dieciocho mil setecientos sesenta y seis con 20/100 $
19.918.766,20 con el fin de financiar la adquisición de materiales y maquinaria necesarios para la mejora de los caminos rurales que se detallan en su Anexo;
Que a orden 24 se expide la Dirección de Vialidad sobre la viabilidad técnica de la solicitud presentada por el municipio;
Que en consecuencia, a orden 30 el municipio informa que ha tomado conocimiento de las observaciones realizadas por la Dirección de Vialidad y que las mismas serán atendidas oportunamente al momento de ejecución de la obra; y asimismo, manifiesta que en caso de que dichas modificaciones impliquen un monto de financiamiento superior al estipulado en el convenio, el municipio asume el compromiso de abonar la diferencia resultante;
Que a orden 32 la Dirección General de Administración entiende que existe razonabilidad económica entre el subsidio solicitado y los bienes a adquirir;
Que a orden 43 obra la Solicitud de Gastos que registra e informa la imputación presupuestaria que demanda la medida;
Que ha tomado intervención la Dirección de Subsidios y Subvenciones dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas;
Que han tomado la intervención de su competencia Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía del Estado;
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 22 de la Ley N 15.164, modificada por la Ley N 15.309, y 2 del Decreto N 1037/03;
Por ello, EL MINISTRO DE DESARROLLO AGRARIO DE LA
PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
ARTÍCULO 1. Aprobar el Convenio celebrado entre el Ministerio de Desarrollo Agrario de la provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Navarro y sus Anexos que, agregado como Anexo Único CONVE-2022-16495782-GDEBADSTAMDAGP, forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2. Otorgar un subsidio por la suma total de pesos diecinueve millones novecientos dieciocho mil setecientos sesenta y seis con 20/100 $ 19.918.766,20 a la Municipalidad de Navarro con el objeto de financiar la adquisición de materiales y maquinaria para la realización del proyecto Adquisición de maquinaria y materiales para mejora de caminos rurales, en el marco de lo previsto en el Decreto N 1037/03.
ARTÍCULO 3. El gasto que demande la presente medida, será atendido con cargo a la siguiente imputación presupuestaria: Presupuesto General Ejercicio 2022 - Ley N 15.310: Jurisdicción 13 - Unidad Ejecutora 338 - Programa 23, Actividad 2, Fuente de Financiamiento 1.1, Inciso 5, Principal 3, Parcial 2 $11.370.000,00 e Inciso 5, Principal 4, Parcial 2
$8.548.766,20 Unidad Geográfica 999.
ARTÍCULO 4. Dejar establecido que, con relación a la verificación del destino de los fondos otorgados, el municipio deberá rendir cuentas ante el Honorable Tribunal de Cuentas en el plazo y las formas que el mismo tenga previsto.
ARTÍCULO 5. Establecer que la Municipalidad de Navarro deberá comunicar la presente Resolución al Honorable Concejo Deliberante.
ARTÍCULO 6. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.
Javier Leonel Rodríguez, Ministro
ANEXO/S

SECCIÓN OFICIAL > página 27

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 07/06/2022 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha07/06/2022

Nro. de páginas119

Nro. de ediciones3406

Primera edición02/07/2010

Ultima edición05/07/2024

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