Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 08/06/2021 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > martes 08 de junio de 2021

ARTÍCULO UNDÉCIMO: Disponer que los Sres. Ángel Javier Vallotto y Maximiliano Gastón Rocha tomen nota de lo resuelto en el considerando noveno, inciso 2.
ARTÍCULO DUODÉCIMO: Disponer que el Sr. Jorge Alberto Feoli y la Sra. María Mercedes Perea, tomen debida nota de lo expuesto en el considerando cuarto, inciso 2.
ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO: Notificar a los Sres. Jorge Alberto Feoli, Eduardo Alberto Balzi, Antonio Alejandro Dojas, Ángel Javier Vallotto, Maximiliano Gastón Rocha, Marcos Ángel Fernández Triviño, Mariano Alfredo Martini y a las Sras.
Julieta Fuertes, María Mercedes Perea, Mónica Cecilia Cejas y Viviana Celeste Nievas lo resuelto en los artículos precedentes, según particularmente le corresponda a cada uno de ellos y fijarles a los funcionarios alcanzados por sanciones pecuniarias, un plazo de noventa días para que procedan a depositar dichos importes en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, Cuenta Fiscal Nº 108/9 CBU 0140999801200000010893 y Cuenta Fiscal Nº 1.865/4 CBU
01409998012000000186543 a la orden del Señor Presidente de este Honorable Tribunal de Cuentas -CUIT 30-665708825, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo el depósito efectuado, adjuntándose comprobante que así lo acredite, dentro del plazo señalado. Asimismo, se les hace saber, en el caso de las sanciones impuestas, que la sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quince días, conforme lo establecido en el artículo 38 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias. Para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contenciosos administrativa, deberán notificar a este Honorable Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el Artículo 18 de la Ley Nº 12.008, fecha de interposición de la acción, carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al Señor Fiscal de Estado, para que promueva las acciones pertinentes, previstas en el artículo 159 de la Constitución Provincial Artículo 33 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO: Comunicar al Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires lo manifestado en el considerando quinto.
ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO: Comunicar la presente sentencia al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a la Municipalidad de Balcarce y a la Municipalidad de Balcarce - HOSPITAL SUBZONAL Dr. FELIPE A. FOSSATI, para su conocimiento.
ARTÍCULO DÉCIMO SEXTO: Rubricar por el Sr. Director General de Receptoría y Procedimiento Resolución Nº 18/2016
del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires el presente fallo que consta de veinticuatro fojas;
firmarlo en un ejemplar; publicarlo en el Boletín Oficial y en la Página Web de este Honorable Tribunal de Cuentas; reservar este expediente en la Secretaría de Actuaciones y Procedimiento durante los términos fijados en el artículo duodécimo.
Cumplido, archívese.
POR 1 DÍA - Tipo: Fallo H.T.C.
Fecha de Acuerdo: 05/11/2020
N de Expediente: 4-078.3-2018
Ente u Organismo: Municipalidad de Moreno - Instituto Municipal de Desarrollo Economico Local IMDEL
Ejercicio: 2018
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la Rendición de Cuentas de MUNICIPALIDAD DE MORENO - INSTITUTO MUNICIPAL DE
DESARROLLO ECONÓMICO LOCAL IMDEL, ejercicio 2018, acorde a lo expresado en el considerando octavo.
ARTÍCULO SEGUNDO: Dejar constancia sin otros alcances el incumplimiento de las formalidades legales y reglamentarias tratadas en los considerandos segundo, apartados 1, 2, 3, 4 y 5, tercero, apartado 1 y sexto, apartado 1.
ARTÍCULO TERCERO: Por los fundamentos expuestos en el considerando cuarto y en base a la determinación realizada en el considerando séptimo, aplicar una amonestación a la Administradora General Carola Ruth Hernández y al Contador Jorge Edgardo Bouvet Artículo 16 de la Ley nro. 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO CUARTO: Mantener en suspenso el pronunciamiento de este Honorable Tribunal de Cuentas sobre las materias tratadas en los considerandos quinto, apartado 1 y sexto, apartado 1 y disponer que la Delegación Zonal y la División Relatora tomen nota para informar en su próximo estudio. Y declarar que los Sres. Darío Agustín Spósito, Jorge Edgardo Bouvet, Sebastián Damián Quaremba y Walter Alejandro Festa y a las Sras. Carola Ruth Hernández, Melina Mariel Fernández, Rita Romina Pasos, Mariana Bardisa y Esther Martínez, alcanzados según el caso por las reservas antes mencionadas, no deberán considerarse exentos de responsabilidad hasta tanto este Honorable Tribunal de Cuentas no se pronuncie concreta y definitivamente respecto de los temas cuyo tratamiento se posterga.
ARTÍCULO QUINTO: En las condiciones manifestadas en el considerando sexto, apartado 1, dejar sin efecto la reserva de ejercicios anteriores, comunicando su cese, a los Sres. Jorge Edgardo Bouvet y Sebastián Damián Quaremba y a la Sra.
Melina Mariel Fernández.
ARTÍCULO SEXTO: Notificar a los Sres. Darío Agustín Spósito, Jorge Edgardo Bouvet, Sebastián Damián Quaremba y Walter Alejandro Festa y a las Sras. Carola Ruth Hernández, Melina Mariel Fernández, Rita Romina Pasos, Mariana Bardisa y Esther Martínez, lo resuelto en los Artículos precedentes, según particularmente le corresponda a cada uno de ellos. Asimismo, se les hace saber, en el caso de las sanciones impuestas, que la sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quince días conforme lo establecido en el Artículo 38 de la Ley nro. 10.869 y sus modificatorias. Para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a este Honorable Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el Artículo 18 de la Ley nro. 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente Artículo 33 de la Ley nro. 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Comunicar al Ministerio de Economía de la Provincia lo manifestado en el considerando cuarto.
ARTÍCULO OCTAVO: Comunicar la presente sentencia al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y a la Municipalidad de Moreno y a Municipalidad de Moreno - Instituto Municipal de Desarrollo Económico Local IMDEL, para su conocimiento.
ARTÍCULO NOVENO: Rubricar por el Sr. Director General de Receptoría y Procedimiento Resolución nro. 18/16 del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires el presente fallo que consta de veintidós fojas; firmarlo en un ejemplar; publicarlo en el Boletín Oficial y en la página web de este Honorable Tribunal de Cuentas. Cumplido, archívese.
POR 1 DÍA - Tipo: Fallo H.T.C.

SECCIÓN OFICIAL > página 91

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 08/06/2021 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha08/06/2021

Nro. de páginas100

Nro. de ediciones3406

Primera edición02/07/2010

Ultima edición05/07/2024

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