Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 08/06/2021 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > martes 08 de junio de 2021

Iturburu, Miguel Ángel Prestía, Leandro Martín Risi y Ricardo Roberto Ruiz, alcanzados por la reserva antes mencionada, no deberán considerarse exentos de responsabilidad hasta tanto este Honorable Tribunal de Cuentas no se pronuncie concreta y definitivamente respecto de los temas cuyo tratamiento se posterga.
ARTÍCULO QUINTO: Encomendar a la Delegación Zonal la verificación indicada en el considerando quinto, apartado 1.
ARTÍCULO SEXTO: Notificar a los Sres. Walter Alejandro Festa, Mirtha Beatriz Otazúa, Juan Alejandro Iturburu, Miguel Ángel Prestía, Leandro Martín Risi y Ricardo Roberto Ruiz, lo resuelto en los artículos precedentes, según particularmente le corresponda a cada uno de ellos, y fijarle a la funcionaria alcanzada con sanción pecuniaria, un plazo de noventa días para que proceda a depositar dicho importe en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, Cuenta Fiscal nro. 1.865/4 CBU
0140999801200000186543 - Multas, a la orden del Señor Presidente de este Honorable Tribunal de Cuentas - CUIT 3066570882-5, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo el depósito efectuado, adjuntándose comprobante que así lo acredite dentro del mismo plazo señalado. Asimismo, se le hace saber, en el caso de la sanción impuesta, que la sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quince días conforme lo establecido en el Artículo 38 de la Ley nro.
10.869 y sus modificatorias. Para el caso en que la responsable opte por interponer demanda contencioso administrativa, deberá notificar a este Honorable Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el Artículo 18 de la Ley nro. 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al Sr. Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en el artículo 159 de la Constitución Provincial Artículo 33 de la Ley nro. 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Disponer que las autoridades municipales y la Delegación Zonal tomen nota de lo manifestado en el considerando segundo, apartado 4 del presente.
ARTÍCULO OCTAVO: Comunicar al Ministerio de Economía de la Provincia lo manifestado en el considerando tercero.
ARTÍCULO NOVENO: Comunicar la presente sentencia al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, a la Municipalidad de Moreno y a Municipalidad de Moreno - Instituto de Desarrollo Urbano, Ambiental y Regional IDUAR, para su conocimiento.
ARTÍCULO DÉCIMO: Rubricar por el Sr. Director General de Receptoría y Procedimiento Resolución nro. 18/16 del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires el presente fallo que consta de veintitrés fojas; firmarlo en un ejemplar; publicarlo en el Boletín Oficial y en la página web de este Honorable Tribunal de Cuentas; reservar este expediente en la Secretaría de Actuaciones y Procedimiento durante el término fijado en el Artículo sexto. Cumplido, archívese.
POR 1 DÍA - Tipo: Fallo H.T.C.
Fecha de Acuerdo: 10/09/2020
N de Expediente: 4-008.1-2018
Ente u Organismo: Municipalidad de Balcarce - Hospital Subzonal Dr. Felipe A. Fossati Ejercicio: 2018
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la Rendición de Cuentas de la Municipalidad de Balcarce - HOSPITAL SUBZONAL Dr.
FELIPE A. FOSSATI ejercicio 2018, acorde lo expresado en el considerando duodécimo.
ARTÍCULO SEGUNDO: Dejar constancia en la sentencia, sin otros alcances, del incumplimiento de las formalidades legales y reglamentarias tratadas en los considerandos cuarto, incisos 1 y 2; quinto; sexto y séptimo, inciso 3.
ARTÍCULO TERCERO: Encomendar a la Delegación Zonal a proceder a las verificaciones señaladas en los considerandos segundo, inciso 1 y décimo.
ARTÍCULO CUARTO: Por los fundamentos expuestos en los considerandos segundo, incisos 2, 3-a, 3-b y 4 y tercero, inciso a, y en base a la determinación realizada en el considerando undécimo, aplicar una multa de $15.000,00 al Director del Hospital Sr. Jorge Alberto Feoli y de $13.000,00 a la Jefe de Compras Sra. Julieta Fuertes y una amonestación a la Tesorera del Ente Sra. Mónica Cecilia Cejas y a la Contadora del Ente Sra. María Mercedes Perea artículo 16 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO QUINTO: Desaprobar los egresos a que hace referencia el considerando séptimo, inciso 1 con formulación de cargo de $47.227,47 por el que deberá responder el Director del Hospital Sr. Jorge Alberto Feoli en solidaridad con la Contadora del Hospital Sra. María Mercedes Perea Artículo 16 inciso 3 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO SEXTO: Desaprobar los egresos a que hace referencia el considerando séptimo, inciso 2 con formulación de cargo de $2.773.815,21, por el que responderá por $2.431.425,47 el Director del Hospital Sr. Jorge Alberto Feoli en solidaridad con la Contadora del Nosocomio Sra. María Mercedes Perea y por $342.389,74 el Director del Hospital Sr.
Antonio Alejandro Dojas en solidaridad con la Contadora del Nosocomio Sra. María Mercedes Perea Artículo 16 inciso 3
de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Dejar constancia de lo observado y manifestado en el considerando sexto respecto de las extralimitaciones verificadas al cierre del ejercicio en estudio, así como de la convalidación que sobre las mismas hiciera el Honorable Concejo Deliberante por imperio de lo dispuesto en el Artículo 32 de la Ley N 15.078, lo que inhibe la aplicación de sanciones por parte de este Honorable Tribunal de Cuentas.
ARTÍCULO OCTAVO: Mantener en suspenso el pronunciamiento del Honorable Tribunal Cuentas sobre las materias tratadas en el considerando noveno, inciso 2 y en virtud de las disidencias planteadas la cuestión referida en el considerando octavo. Disponer que la Delegación Zonal y la División Relatora tomen nota para informar en sus próximos estudios.
ARTÍCULO NOVENO: Declarar que las Sras. María Mercedes Perea y Viviana Celeste Nievas y los Sres. Jorge Alberto Feoli, Eduardo Alberto Balzi, Marcos Ángel Fernández Triviño y Mariano Alfredo Martini, alcanzados por las reservas dispuestas por el artículo anterior, según particularmente corresponda a cada uno de ellos, no deberán considerarse exentos de responsabilidad hasta tanto el Honorable Tribunal de Cuentas no se pronuncie concreta y definitivamente respecto de los temas cuyo tratamiento se posterga.
ARTÍCULO DÉCIMO: Dejar sin efecto la reserva del ejercicio anterior, tratada en el considerando noveno inciso 1, debiendo liberar de responsabilidad a la Tesorera del Hospital Sra. Mónica Cecilia Cejas y a la Contadora del Organismo Sra. María Mercedes Perea.

SECCIÓN OFICIAL > página 90

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 08/06/2021 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha08/06/2021

Nro. de páginas100

Nro. de ediciones3407

Primera edición02/07/2010

Ultima edición08/07/2024

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