Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 12/04/2018 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

La Plata > Jueves 12 de abril de 2018

mil trescientos diecinueve con 86/100 cvos. $ 96.319,86 por haberes indebidamente percibidos por el Sr. CORONEL, SERAFÍN
DE JESUS, por el periodo comprendido entre el 01/01/2010 al 30-12-2015, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 60 y 61 del Decreto-Ley 9.650/80 y argumentos vertidos precedentemente.
ARTÍCULO 2: Intimar a la titular para que dentro del plazo improrrogable de 10 diez días de noticada la presente se proceda a presentar propuesta de pago a este Organismo por la suma total reclamada en el artículo 1.
ARTÍCULO 3: Cumplido el plazo del ARTÍCULO anterior sin propuesta de pago afectar el 20% del haber mensual de la titular hasta tanto se haga efectivo el cobro del Título Ejecutivo, atento las facultades discrecionales conferidas a este Instituto de Previsión Social por el último párrafo del artículo 61 del Decreto-Ley 9.650/80.
ARTÍCULO 4: Establecer que el importe descontado hasta que se haga efectivo el pago, judicial o extrajudicialmente será tomado como pago a cuenta de la suma total establecida en el ARTÍCULO 1, debiendo la misma ser actualizada al momento del efectivo pago.
ARTÍCULO 5: Registrar. Pasen las presentes actuaciones al Sector Gestión y Recupero de Deudas para la prosecución del trámite referido en el artículo 3.
SECTOR GESTIÓN Y RECUPERO DE DEUDAS/DEPARTAMENTO RELATORÍA
Christian Alejandro Gribaudo Presidente del Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires.POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la provincia de Buenos Aires, notica por 5 días en el expediente N 21557136577-09 la resolución N877.404 del 12/10/2017.VISTO, el expediente N 21557-136577-09 correspondiente a la Sra. Raquel NADAL, en el cual se ha practicado deuda, toda vez que se acordó benecio jubilatorio, detectándose un error en el cargo y bonicaciones determinantes del haber, y;
CONSIDERANDO:
Que se incluye en planillas de pago en forma transitoria benecio de jubilación en los términos de la JAD, en el marco de lo dispuesto en la Resolución N 18/06 de este Instituto, equivalente al 75% del cargo de Profesora con 24 Módulos, Nivel de Enseñanza Media, Desfavorabilidad 1, desempeñado en la Dirección General de Cultura y Educación;
Que la titular de autos acompaña el código original docente, por lo que se procede a acordar benecio jubilatorio en forma denitiva, por Resolución Nº 849.348 de fecha 22 de Septiembre de 2016, equivalente al 75% del cargo Profesora con 16
Módulos, E.G.B, Desfavorabilidad 1, y al cargo de Profesor con 8 Módulos E.G.B, desempeñado en la Dirección General de Cultura y Educación, detectándose un error en la determinación del cargo, en lo que respecta a al cargo y a la bonicación por Desfavorabilidad 1;
Que el Departamento Liquidación y Pago de Haberes procedió a calcular el cargo deudor por haberes indebidamente percibidos, por el período 01/01/2010 al 31/03/2017, el cual ha sido practicado en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 2
de la Resolución N 08/12 del H.D del IPS y la citada deuda asciende a la suma de PESOS TREINTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS
NOVENTA con 17/100 $ 37.690,17;
Que la mentada deuda encuentra su origen en la percepción indebida de los haberes jubilatorios por parte de la Sra. Raquel NADAL, toda vez que existe un error en la codicación, entre los haberes que se encontraba percibiendo con carácter transitorio y lo resuelto por la Resolución Nº 849.348 de fecha 22 de septiembre de 2016;
Que se ha producido un desplazamiento patrimonial sin causa, que faculta a este IPS a repetir lo abonado, puesto que lo real y concreto es la existencia del enriquecimiento sin causa por parte de la beneciaria, lo que conlleva la carga de restituir lo generado en dicha situación conforme artículos 726,766, 868, 1796, 1798 y concordantes del Código Civil y Comercial;
Que la deuda en estudio se calculó en orden a lo establecido en el artículo 61 del Decreto-Ley 9.650/80, así como la afectación dispuesta para su cancelación la cual se realiza en el contexto de las facultades discrecionales conferidas a este Organismo, cuya forma de cancelación debe adecuarse a los lineamientos establecidos en la Resolución N 8/12 y con sustento en el presente acto administrativo;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el art. 7 de la Ley Nº 8.587;
Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1: Declarar legítimo el cargo deudor practicado en autos, el cual asciende a la suma de PESOS TREINTA
Y SIETE MIL SEISCIENTOS NOVENTA con 17/100 $37.690,17, por haberes indebidamente percibidos por la Sra Raquel NADAL, por el período 01/01/2010 al 31/03/2017, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 61 del Decreto-Ley 9.650/80, a los lineamientos establecidos en la Resolución N 8/12 y argumentos vertidos precedentemente.
ARTÍCULO 2: Afectar el 20% del haber mensual de la beneciaria de autos, hasta la cancelación del total adeudado y consignado en el artículo anterior, atento las facultades discrecionales conferidas a este Instituto de Previsión Social por el último párrafo del artículo 61 del Decreto-Ley 9.650/80 y Resolución N 08/12.
ARTÍCULO 3: Registrar. Noticar. Cumplido, seguir su trámite como por derecho corresponda.
SECTOR GESTIÓN Y RECUPERO DE DEUDAS/DEPARTAMENTO RELATORÍA.
Christian Alejandro Gribaudo Presidente del Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires.
C.C. 3.092 / abr. 6 v. abr. 12

Provincia de Buenos Aires HONORABLE TRIBUNAL DE CUENTAS
POR 5 DÍAS - De Acuerdo con los Artículos 30 y 27 in ne de la Ley 10.869 y sus modicatorias, hágase saber por el término de cinco 5 días al señor OSCAR LUCAS LUNA, que el H. Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires ha dictado fallo con fecha 07 de marzo de 2018, en el Expediente Nº 3-100.0-2016, Municipalidad de Roque Pérez ejercicio 2016, cuya parte pertinente dice: La Plata, 07 de marzo de 2018.- Resuelve Artículo Séptimo: Mantener en suspenso el pronunciamiento del

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 12/04/2018 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha12/04/2018

Nro. de páginas61

Nro. de ediciones3407

Primera edición02/07/2010

Ultima edición08/07/2024

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