Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 25/07/2011 - Sección Oficial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PÁGINA 6536 LA PLATA, LUNES 25 DE JULIO DE 2011

BOLETÍN OFICIAL

establecido en el artículo 38 de la Ley 10.869 y sus modificatorias. Para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a este H. Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el artículo 18 de la Ley 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al Sr. Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en el artículo 159 de la Constitución Provincial artículo 33 Ley 10869 y sus modificatorias .
ARTÍCULO UNDÉCIMO: Notificar a los Sres. José María Eseverri; Julio Héctor Alem h; Héctor Luis Vitale; Amílcar Saúl Dirazar; Julio Cesar Guarino y Miles Alberto Mac Gaw y a la Sra. Carolina Szelagowski de la reserva dispuesta por el artículo séptimo.
ARTÍCULO DUODÉCIMO: Comunicar la presente sentencia al Ministerio de Gobierno de la Provincia.
ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO: Comunicar la presente sentencia a la Delegación Zona XIII de este H. Tribunal de Cuentas.
ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO: Rubricar por el Sr. Secretario General el presente fallo que consta de veinte fojas; firmarlo en dos ejemplares; publicarlo en el Boletín Oficial y en la Página Web de este H. Tribunal de Cuentas; reservar este expediente en Secretaría durante los términos fijados en el artículo décimo y comunicarlo. Cumplido, archívese.
Nota: El presente fallo está sujeto a lo previsto en el art. 39 de la Ley 10.869 y sus modificaciones recurso de revisión.
Tipo: fallo Fecha de acuerdo: 17/03/2011
Nro. de expediente: 4.090.1/09
Ente u organismo: PUÁN - ENTE DE GESTIÓN DESCENTRALIZA DE SALUD
Ejercicio: 2009
Resuelve: fallo - ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la rendición de cuentas del Ente Descentralizado de Salud de la Municipalidad de Puan, ejercicio 2009 con arreglo a los libros y documentos examinados.
ARTÍCULO SEGUNDO: Aprobar el saldo de Pesos Doscientos treinta y nueve mil setecientos con 79/100 $ 239.700,79 que el Ente acusó al finalizar el ejercicio, conforme a lo expuesto en el Resultando IX y el Considerando Tercero.
ARTÍCULO TERCERO: Dejar constancia del incumplimiento de las formalidades legales y reglamentarias tratadas en el considerando segundo, incisos 1, 2, 7 y 8 y considerando cuarto, inciso 3.
ARTÍCULO CUARTO: Por los fundamentos expuestos en el considerando séptimo aplicar una amonestación al Intendente de la Municipalidad de Puan, Sr. Horacio Luis López, al Director General del Ente, Sr. Carlos Omar Madrigali; a la Contadora del Ente, Sra. María Gabriela Rosell; a la Tesorera del Ente, Sra. Elina Doriana Vercellino, al Director Administrativo del Ente, Sr. Christian Alexis Dumondín y a la Contadora Interina, Sra.
Claudia Griselda Fritz, artículos 243 inciso 4º de la Ley Orgánica Municipal y 16 inciso 2
de la Ley 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO QUINTO: Encomendar a la Relatoría de Delegación las verificaciones indicadas en el considerando cuarto, incisos 1 y 2.
ARTÍCULO SEXTO: Mantener en suspenso el pronunciamiento del H Tribunal Cuentas sobre las materias tratadas en los considerandos segundo, inciso 6 y cuarto, inciso 4, y disponer que la Relatoría de Delegación y la División Relatora tome nota para informar en su próximo estudio.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Declarar que el Intendente de la Municipalidad de Puán, Sr.
Horacio Luis López; el Director General del Ente, Sr. Carlos Omar Madrigali; la Contadora del Ente, Sra. María Gabriela Rosell; la Contadora Municipal, Sra. Eleana Mariel Sainz y la Contadora Municipal, Sra. Silvina Andrea Ballesteros, Director Administrativo del Ente:
Christian Alexis Dumondin, y Tesorera: Elina Doriana Vercellino, alcanzados por la reserva del artículo anterior, no deberán considerarse exentos de responsabilidad hasta tanto el H. Tribunal de Cuentas no se pronuncie concreta y definitivamente respecto de los temas cuyo tratamiento se posterga.
ARTÍCULO OCTAVO: Comunicar a la A.F.I.P., lo dispuesto en el considerando segundo, inciso 5.
ARTÍCULO NOVENO: Dejar constancia de lo manifestado en el considerando sexto, y proceder a efectuar la comunicación al Ministerio de Economía.
ARTÍCULO DÉCIMO: Notificar al Sr. Horacio Luis López, al Sr. Carlos Omar Madrigali;
a la Sra. María Gabriela Rosell; a la Sra. Elina Doriana Vercellino, al Sr. Christian Alexis Dumondin y a la Sra. Claudia Griselda Fritz, de la amonestación que se les formula en el artículo cuarto.
ARTÍCULO UNDÉCIMO: Notificar al Sr. Horacio Luis López; al Sr. Carlos Omar Madrigali; a la Sra. María Gabriela Rosell; a la Sra. Eleana Mariel Sainz y a la Sra. Silvina Andrea Ballesteros, al Sr. Christian Alexis Dumondin y a la Sra. Elina Doriana Vercellino de las reservas dispuestas por los artículos sexto y séptimo.
ARTÍCULO DUODÉCIMO: Comunicar la presente sentencia al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO DÉCIMOTERCERO: Comunicar la presente sentencia a la Delegación Zona XII - Pigé de este H. Tribunal de Cuentas.
ARTÍCULO DÉCIMOCUARTO: Rubricar por el Sr. Secretario General el presente fallo que consta de quince fojas; firmarlo en dos ejemplares; publicarlo en el Boletín Oficial y en la Página Web de este H. Tribunal de Cuentas y comunicarlo. Cumplido, archívese.
Nota: El presente fallo está sujeto a lo previsto en el art. 39 de la Ley 10.869 y sus modificaciones recurso de revisión.
Tipo: fallo Fecha de acuerdo: 10/02/2011
Nro. de expediente: 4.097.0/09

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

Ente u organismo: RAUCH
Ejercicio: 2009
Resuelve: fallo - ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la rendición de cuentas de la Municipalidad de Rauch, ejercicio 2009 con arreglo a los libros y documentos examinados.
ARTÍCULO SEGUNDO: Declarar que el saldo de Pesos Dos millones quinientos noventa y cuatro mil setecientos dieciséis con 01/100 $ 2.594.716,01 que la Municipalidad acusó al finalizar el ejercicio, conforme a lo expuesto en el Considerando tercero, no significa la convalidación de los valores en caja y bancos.
ARTÍCULO TERCERO: Dejar constancia del incumplimiento de las formalidades legales y reglamentarias tratadas en los considerandos segundo; cuarto; sexto; séptimo y octavo apartado 1.
ARTÍCULO CUARTO: En base a los fundamentos expuestos en el considerando noveno aplicar una multa de $ 3.000,00 al Intendente Jorge Mario Ramón Ugarte artículos 243
inciso 2º de la Ley Orgánica Municipal y 16 inciso 4º de la Ley 10869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO QUINTO: Mantener en suspenso el pronunciamiento del H Tribunal Cuentas sobre las materias tratadas en los considerandos tercero Prueba del saldo;
quinto diferencia entre el importe que se refleja percibido en los estados del Hospital y el importe pagado conforme los estados emitidos por la Municipalidad; octavo apartado 2 Egresos de Fondos: orden de pago 5115; noveno apartado 1 Reserva de Ejercicios anteriores: Considerando Tercero - Prueba de saldo; noveno apartado 2 Reserva de Ejercicios anteriores: Considerando quinto -apartado 1: Egresos relacionados con los incumplimientos en las obras de construcción en los barrios de 43 y 60 viviendas; noveno apartado 4 Reserva de Ejercicios anteriores: Considerando sexto -Causa Judicial Molfesa Pedro Domingo c/ Municipalidad de Rauch s/ Acción de reinstalación Expte.
Nº 11.803; noveno apartado 5 Reserva de Ejercicios anteriores: Considerando Noveno:
Reservas de Ejercicios Anteriores-apartado 1 Considerando quinto apartado 1
Adquisición de inmuebles y noveno apartado 6 Reserva de Ejercicios anteriores:
Considerando Noveno: Reservas de Ejercicios Anteriores -apartado 2 Considerando Sexto apartado 2 Reservas de Ejercicios anteriores: Escritura Traslativa de dominio del inmueble designado catastralmente como Circunscripción I, Sección D, Manzana 284, Parcela 6 a Polígono 02-01 y disponer que la Delegación actuante y la División Relatora tomen nota para informar en su próximo estudio.
ARTÍCULO SEXTO: Declarar que los Sres. Jorge Mario Ramón Ugarte, Maximiliano Suescun, Martín Alejandro Falabella, Gustavo Javier Palazzo, Alberto Antonio Irumberri, Francisco Mon y Luis Nicolás Rocco y las Sras. María Delfina Lasala, María Mercedes De Berecibar, Cintia Vanesa Bobbiesi y Eugenia María Cielo Suescun, alcanzados por la reserva del artículo anterior, no deberán considerarse exentos de responsabilidad hasta tanto el H. Tribunal de Cuentas no se pronuncie concreta y definitivamente respecto de los temas cuyo tratamiento se posterga.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Dejar sin efecto las reservas de ejercicios anteriores tratadas en el considerando noveno apartado 3, liberando de responsabilidad a los funcionarios actuantes.
ARTÍCULO OCTAVO: Notificar a los Sres. Jorge Mario Ramón Ugarte, Maximiliano Suescun, Martín Alejandro Falabella, Gustavo Javier Palazzo, Alberto Antonio Irumberri, Francisco Mon y Luis Nicolás Rocco y las Sras. María Delfina Lasala, María Mercedes De Berecibar, Cintia Vanesa Bobbiesi y Eugenia María Cielo Suescun de la reserva dispuesta por el artículo quinto.
ARTÍCULO NOVENO: Notificar al Sr. Jorge Mario Ramón Ugarte de la multa que se le aplica en el artículo cuarto y fijarle plazo de noventa días para que proceda a depositar dicho importe en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, 1865/4 a la orden conjunta del Sr. Presidente del H. Tribunal de Cuentas, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo el depósito efectuado, adjuntándose comprobante que así lo acredite dentro del mismo plazo señalado, bajo apercibimiento de darle intervención al Sr. Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en los artículo 159 de la Constitución Provincial art. 33 Ley 10.869 y sus modificatorias. Asimismo, se le hace saber que la sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quince días conforme lo establecido en el artículo 38 de la Ley 10.869 y sus modificatorias 10.876 y 11.755 . Para el caso en que el responsable opte por interponer demanda contencioso administrativa, deberá notificar a este H. Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el artículo 18 de la Ley 12.008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al Sr. Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en el artículo 159 de la Constitución Provincial artículo 33 Ley 10869 y sus modificatorias 10.876 y 11.755 .
ARTÍCULO DÉCIMO: Encomendar a la Delegación actuante la verificación indicada en el considerando cuarto, apartado 8.
ARTÍCULO UNDÉCIMO: Dejar constancia de lo manifestado en el considerando cuarto, apartado 9.
ARTÍCULO DUODÉCIMO: Comunicar la presente sentencia al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO: Comunicar la presente sentencia a la Delegación Zona XIII de este H. Tribunal de Cuentas.
ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO: Rubricar por el Sr. Secretario General el presente fallo que consta de dieciocho fojas; firmarlo en dos ejemplares; publicarlo en el Boletín Oficial y en la Página Web de este H. Tribunal de Cuentas, reservar este expediente en Secretaría durante los términos fijados en el artículo noveno y comunicarlo. Cumplido, archívese.
Nota: El presente fallo está sujeto a lo previsto en el art. 39 de la Ley 10.869 y sus modificaciones recurso de revisión.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 25/07/2011 - Sección Oficial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaísArgentina

Fecha25/07/2011

Nro. de páginas47

Nro. de ediciones3408

Primera edición02/07/2010

Ultima edición12/07/2024

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