Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 17/04/2015 - Sección Judicial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

pena de un 1 año de prisión de ejecución condicional, impuesta al causante Rubén Ángel Miguel en la IPP
17041-10 por el Juzgado de Garantías Nº 3
Departamental, ello en atención a la comisión de otro delito durante el período reglado por el Art. 27.1º párr. C.P.
Arts. 27, 27 bis del C.P. y 510 del C.P.P.B.A.; y unificar la pena en cuestión, con la de 7 siete años y 6 seis meses de prisión impuesta en el marco de estos actuados, en la pena única de ocho 8 años de prisión Art. 58 in fine C.P.
- fs. 691/694. En lo que hace a la situación de Rubén Ángel Miguel, en la IPP- 02-00-017041, fue aprehendido el 27 de noviembre de 2010, habiéndose dispuesto su libertad el mismo día ver fs. 1/2 y 41 respectivamente. Por su parte, en causa original Nº 661/11 O.I. 2521, el mentado fue aprehendido con fecha 16 de marzo de 2011 fs. 1/6, la misma se convirtió en detención el 18 de marzo de igual año fs. 41/42. Con fecha 1 de abril de 2011 se convirtió la detención en prisión preventiva fs. 58/64. Que, tal como consta en autos, Miguel permaneció en dicha situación hasta la remisión del incidente de ejecución de pena al Juzgado de Ejecución Penal Nº 1 Departamental, en fecha 19 de mayo de 2014 fs. 655/657, a cuya disposición fue anotado. En este sentido, y siendo necesario constatar la situación actual que afronta el condenado Miguel a los efectos de este cómputo, procedí a comunicarme telefónicamente con el Dr. Nelson Gallorini, Auxiliar Letrado del Juzgado de Ejecución Penal Nº 1, quien me informó que Rubén Ángel Miguel se halla aún detenido a disposición del mencionado Órgano de Ejecución.
Estando a lo reseñado precedentemente, hilvanado ello con la pena única de ocho 8 años de prisión impuesta por este Tribunal fs. 691/694, la pena en cuestión vence el 14 de marzo de 2019. Los datos personales del causante Rubén Ángel Miguel son: D.N.I. 35.829.666, argentino, nacido en la ciudad de Bahía Blanca, Pcia. de Buenos Aires, el 14 de diciembre de 1990, hijo de Néstor Miguel y María Alejandra Gómez. Actualmente privado de su libertad, alojado en la Unidad Carcelaria Nº 4 del S.P.B. Bahía Blanca a disposición del Juzgado de Ejecución Penal Nº 1 Departamental Ba. Bca. María Carla Roveta, Auxiliar Letrada. Bahía Blanca, 1 de abril de 2015.
C.C. 4.363 / abr. 17 v. abr. 23


POR 2 DÍAS - El Tribunal del Trabajo de Campana, Secretaría Única del Dpto. Judicial Zárate Campana, sito en calle Gemes Nº 790, en los autos Retamozo Eliana J.
C/ Telefónica Móviles s/ Despido, Expte. Nº 6688/07, ha dispuesto notificar lo siguiente: Campana, 5 de agosto de 2014 Agréguese, tiénense presentes las manifestaciones vertidas por la parte actora, en consecuencia cítese al Sr. NÉSTOR IPPOLITO por el plazo de diez días, comparezca a tomar intervención por sí o por apoderado y a constituir domicilio dentro del radio del Tribunal, publicándose edictos durante dos días consecutivos en el Boletín Oficial y en el Diario El Debate de Zárate, bajo apercibimiento de nombrarse Defensor Oficial, cuya confección y diligenciamiento se encuentran a cargo de la parte actora.
Notifíquese por Secretaría. Fdo. Dra. María Mercedes Saldaña. Juez del Trabajo. Dra. Lorena P. Álvarez, Secretaria. Campana, 8 de diciembre de 2014.
C.C. 4.372 / abr. 17 v. abr. 20
POR 3 DÍAS - El Tribunal del Trabajo de Campana, Secretaría Única del Dpto. Judicial Zárate Campana, sito en calle Gemes Nº 790, en los autos: González María Paola c/ O.S.U.O.M.R.A. y otros s/ Despido, Expte. Nº 5612, ha dispuesto notificar lo siguiente: Campana, 9 de marzo de 2012. . Autos y Vistos: Atento a lo solicitado, y no habiendo el demandado OBRA SOCIAL DE LA
UNIÓN OBRERA METALÚRGICA DE LA REPÚBLICA
ARGENTINA OSUOMRA y WELL BEING S.A., contestado el traslado que le fuera conferido a fs. 24, no obstante encontrarse debidamente notificado ver cédula obrante a fs. 77/78 y 91/93 se hace efectivo el apercibimiento allí decretado y se tiene a los demandados Obra Social de la Unión Obrera Metalúrgica de la República Argentina Osuomra y Well Being S.A. por no contestada la demanda y en rebeldía en las ulterioridades del juicio Arts. 17, 18
y 63 Ley 11.653, 59 y sigs del CPCC. Notifíquese mediante cédula Arts. 16 Ley 11.653 haciéndosele saber que las sucesivas resoluciones se tendrán por notificadas por ministerio de la Ley. Art. 59 CPCC y 63 Ley 11.653 Fdo.:
Dr. Alejandro Gatti, Juez del Trabajo. Y Campana, 9 de diciembre de 2014. Atento lo peticionado y estado de
BOLETÍN OFICIAL

LA PLATA, VIERNES 17 DE ABRIL DE 2015

autos, de conformidad con lo dispuesto por los Arts. 145
y 341 del CPCC, notifíquese a Well Being S.A. la rebeldía decretada a fs. 97 mediante edictos a publicarse en el Boletín Oficial y Diario la Voz de Zarate, por el término de tres días. Notifíquese por Secretaría. Atento el Beneficio de Pobreza con el que litiga el actor publíquese los edictos ordenados en forma gratuita en el Boletín Oficial Art.
22 Ley 11.653. Con respecto al Diario La Voz de Zárate, hace saber al diario el Beneficio de Pobreza que goza el trabajador. Dra. María Mercedes Saldaña, Juez del Trabajo. Sergio A. Martínez, Auxiliar Letrado.
C.C. 4.373 / abr. 17 v. abr. 21


POR 2 DÍAS - El Juzgado de Familia N 1 de Pergamino, a cargo del Dr. Walter Ariel Giuliani, Secretaría a cargo de la Dra. Paola Elizabeth Giménez, con domicilio en calle General Paz 728, de Pergamino, en los autos caratulados Amarillo, Braian Sebastián s/ Adopción acciones vinculadas, Expte. N 3.345, notifica al Sr. JOSÉ
DOMINGO AMARILLO: Pergamino, 28 de noviembre de 2013. Autos y Vistos Resulta Considerando
Resuelvo: 1. Esta causa, haciendo lugar a la demanda y en consecuencia otorgar a la Sra. Polanco, Rosana Edith DNI: 17.787.723 con domicilio en calle M. Ugarte 295 de Pergamino la Adopción Plena del menor Amarillo, Braian Sebastián DNI: 43.018.747, de sexo masculino, nacido el 15 de febrero de 1999 hijo de la Sra. Rosa Leonor González DNI: 22.025.578 y del Sr. José Domingo Amarillo DNI: 18.730.331, asentado bajo el acta N 735 del libro de nacimientos del año 2000 de la oficina del Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas Delegación Hospital San José de Pergamino, declarándolo hijo adoptivo de la Sra. Polanco con los respectivos derechos y obligaciones de la adopción plena. Le impongo asimismo, el apellido Polanco Art. 326 C.C.. Con efecto retroactivo al día de otorgamiento de la guarda ocurrida el 23 de febrero de 2012 Art. 322 C.C.. 2. Declarar de oficio la inconstitucionalidad del Art. 323 párrafo segundo del Cód.
Civil en cuanto extingue el parentesco del adoptado con su progenitora biológica y con sus hermanas biológicas, declarando subsistente el vínculo jurídico con ellas y sin modificar los restantes efectos que la adopción plena confiere a la adoptante y al adoptado, en particular el régimen legal de la patria potestad, de la sucesión y de los impedimentos matrimoniales. 3. Disponer que el menor sea inscripto en el Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas correspondiente con el nombre de B.S.
Polanco. 4. Tener a la adoptante por cumplimentado el requisito previsto en el Art. 321 inc. h del Código Civil t.o.
Ley 24.779, ello atento que el niño conoce su realidad biológica. 5. Recomendar a la Sra. Rosana Edith Polanco la continuidad y el mantenimiento de los vínculos de B.S.
con su familia biológica, fundamentalmente con sus hermanas, con los alcances y el modo en que se han desarrollado hasta la actualidad, así como también con su progenitora biológica, debiendo consensuarse con participación del niño cualquier modificación o ampliación del régimen comunicacional, respetándose en todo momento los tiempos y necesidades de B.S., ello sin perjuicio del derecho que le asiste a la progenitora biológica del menor de solicitar la fijación del régimen comunicacional en el hipotético caso que no se logre el consenso necesario. 6.
Imponer las costas a la peticionante atento no existir contradictor Art. 68 CPCC. 7. Firme que se encuentre la presente, expídase testimonio de la presente, y líbrese oficio al Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas correspondiente a los fines de su inscripción Art. 338
C.C.. En el oficio a librarse deberá procederse y contener los datos previstos por el Art. 47 Ley 26.413. Asimismo comuníquese al Registro Central de Aspirantes a Guardas con Fines de Adopción de la SCBA a fin de cumplimentar lo exigido por el Art. 1 del Ac. 3.607/12, arts. 2 e, 3 c del Anexo I. Regístrese. Notifíquese a la peticionante, a los progenitores biológicos del niño y a la curadora definitiva de la progenitora. Y a la Sra. Asesora de Incapaces y al Sr. Agente Fiscal mediante pase de las presentes actuaciones a su público despacho. Fdo: Walter Ariel Giuliani, Juez de Familia. Pergamino, 18 de febrero de 2015.
Gerardo R. Azurmendi, Auxiliar Letrado.
C.C. 4.374 / abr. 17 v. abr. 20
POR 3 DÍAS - El Juzgado de Familia N 12 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, sito en el
PÁGINA 2777

Edificio Tribunales de Lomas de Zamora, cita y emplaza a la Sra. NILDA L. CARUSO, intímese a la nombrada a que dentro del quinto día de notificada se presente en estos actuados Caruso, Brenda Belén s/ Adopción - Acciones Vinculadas a efectos de realizar las peticiones que estime corresponder en relación al ejercicio de la patria potestad de su hija Brenda Caruso, bajo apercibimiento de continuar las presentes sin su intervención. Lomas de Zamora, 30 de marzo de 2015. Alicia Etelvina Taliercio, Juez.
Patricia M. Lombardo, Secretaria.
C.C. 4.366 / abr. 17 v. abr. 21


POR 5 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 6 Departamento Judicial de La Plata a cargo del Dr. Juan José de Oliveira, hace saber que en los autos caratulados Grisolía, José s/Concurso preventivo pequeño -hoy quiebra-, con fecha 9 de abril de 2015, se ha decretado la quiebra de don JOSÉ GRISOLÍA, D.N.I.
93.180.932, fijándose el día 27 de mayo de 2015, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar los pedidos de verificación ante el Síndico; el día 8 de julio de 2015 para la presentación del pertinente informe individual y el día 4 de septiembre de 2015, para la presentación del correspondiente informe general, siendo el Síndico designado el Contador Público Guillermo Tabieres con domicilio procesal en calle 40 N 628 entre 7 y 8 de La Plata, provincia de Buenos Aires. Ordénase al fallido para que haga entrega al Síndico de los bienes y papeles que estuvieran en su poder, y a los terceros para que hagan entrega al Síndico de los bienes de aquél, quedando prohibido hacer pagos al fallido los que en su caso serán ineficaces. La Plata, 10 de abril de 2015. Marcela Beatriz Ulrich, Secretaria.
C.C. 4.348 / abr. 17 v. abr. 23

1. LA PLATA

L.P.

POR 2 DÍAS - El Juzgado de Paz Letrado de Cañuelas, Secretaría Única, Departamento Judicial de La Plata, sito en calle Brandsen y Del Carmen, de Cañuelas, en autos caratulados Carri Pérez, María Elena c/ Ferra, Bartolomé y otros s/ Usucapión Exp. 528/2011 cita a los codemandados, Sres. BARTOLOMÉ FERRA, RICARDO JUAN
MANTILARO Y FERNÁNDEZ, HAYDEE CLARA FASSIO
DE PINO, OLGA TERESA FERNÁNDEZ DE MANTILARO y JOSEFINA NATALIA PESCE DE FASSIO y/o sus herederos y/o sus sucesores y/o quienes se consideren con derecho sobre un lote de terreno del Partido de Cañuelas, designado Catastralmente como Circunscripción V, Sección N, Parcela 94 a, para que tomen intervención en autos en un plazo de diez 10 días, bajo apercibimiento de designárseles Defensor Oficial de Pobres y Ausentes, en turno. Cañuelas, 10 de marzo de 2015. Francisco Bertolucci, Auxiliar Letrado.
L.P. 18.032 / abr. 16 v. abr. 17


POR 2 DÍAS - El Juzgado de Paz Letrado de Cañuelas, Secretaría Única, Departamento Judicial de La Plata, sito en calle Brandsen y Del Carmen, de Cañuelas, en autos caratulados Carri Pérez, María Elena c/ Gusella, Luis s/
Usucapión Exp. 3386/2014 cita a los codemandados, Sr. LUIS GUSELLA y/o sus herederos y/o sus sucesores y/o quienes se consideren con derecho sobre un lote de terreno, sito en el Partido de Cañuelas, designado catastralmente como Circunscripción V, Sección N, Quinta 2, Parcela 9, para que tomen intervención en autos en un plazo de diez 10 días, bajo apercibimiento de designárseles Defensor Oficial de Pobres y Ausentes, en turno.
Cañuelas, 23 de febrero de 2015. Francisco Bertolucci, Auxiliar Letrado.
L.P. 18.033 / abr. 16 v. abr. 17
POR 2 DÍAS - El Juzgado de Paz Letrado de Lobos, Secretaría Única, del Dpto. Judicial de La Plata, cita y emplaza en los autos Martins Veloso, José c/Herederos de Francisco Apella y Ot. Expte. 059-11 s/Usucapión, a los Sres. FRANCISCO APELLO, ÁNGELA GASTRONUOVO DE APELLA, ANDRÉS VICENTE APELLO o APELLA, JUAN APELLO o APELLA y BENEDICTA ARES y/o sus sucesores y/o a quienes se consideren con derechos sobre el inmueble nomenclado Catastralmente como:
Circ. II Secc. D Quinta 41 inscripto al Folio 12.115 Serie A

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 17/04/2015 - Sección Judicial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaísArgentina

Fecha17/04/2015

Nro. de páginas15

Nro. de ediciones3379

Primera edición02/07/2010

Ultima edición05/07/2024

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