Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 29/10/2014 - Sección Judicial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

268 4º párrafo del C.P.P.; Resuelvo: a Proceder al archivo de las presentes actuaciones. b Remítase a la comisaría de Pinamar a los fines de notificar esta resolución al denunciante. c Devuelta remítase al Juzgado de Garantías interviniente a los fines de tomar debida nota de la resolución de archivo dictada en autos. Dr. Juan Pablo Calderón, Fiscal de Pinamar. Pinamar, 30 de septiembre de 2014.
C.C. 11.440 / oct. 28 v. nov. 3


POR 5 DÍAS - En mi carácter de Agente Fiscal a cargo de la UFID Nº 3 con asiento en Pinamar, con fin de notificar a RUIZ LORENA la siguiente resolución: Pinamar, 13
de julio de 2009. Y Visto: Las presentes actuaciones iniciadas por denuncia de que tramitan bajo la Investigación Penal Preparatoria Nº 03-1473-07 de esta Unidad Funcional de Instrucción Descentralizada Nº 3, y;
Considerando: Que de lo actuado hasta el momento no surgen elementos convictivos suficientes que permitan determinar la responsabilidad penal del hecho denunciado, no existiendo testigos presenciales del mismo. Por lo expuesto, y ante la inexistencia de momento de circunstancias que permitan conducir a la modificación del cuadro convictivo logrado, es que de conformidad con lo dispuesto por el Art. 268 cuarto párrafo del C.P.P., Resuelvo:
Proceder al archivo de las presentes actuaciones, cfme.
Art. 268 cuarto párrafo del C.P.P. Notifíquese personalmente a la víctima de la presente resolución. A tales fines remítase la presente a la Comisaría de Ostende. Devuelta remítase al Sr. Juez de Garantías interviniente. Pinamar, 30 de septiembre de 2014. Dr. Juan Pablo Calderón, Fiscal de Pinamar.
C.C. 11.441 / oct. 28 v. nov. 3
POR 5 DÍAS - Se cita y emplaza a HORACIO HÉCTOR
OPAZO, DNI Nº 29.323.411, en la causa Nº 2958, que por el delito de lesiones graves, se sigue al nombrado, de trámite por ante el Juzgado en lo Correccional Nº dos a cargo del Dr. Gabriel Luis Rojas, Secretaría Única a cargo de la Dra. María Laura Hohl, del Departamento Judicial de Bahía Blanca, para que en el término de tres días comparezca al asiento de este Juzgado, sito en calle Estomba Nº 34, piso 3º, de la ciudad de Bahía Blanca, a estar a derecho y constituir domicilio, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su detención. Bahía Blanca, 16 de octubre de 2014.- María José Martínez, Auxiliar Letrada.
C.C. 11.459 / oct. 28 v. nov. 3
POR 5 DÍAS - Presidente subrogante del Tribunal en lo Criminal Nº 2 Dr. De Rosa, sito en calle Estomba Nº 34 3er. pisode la ciudad de Bahía Blanca, Provincia de Buenos Aires, Telefax 0291 4009600 -interno 32326- en la causa Nº 576/08 Orden interno Nº 2261 caratulada García Meriño. Carlos DanieI s/ Robo Calificado Art. 166
Inc. 2 párrafo 3º del C.P. IPP 7233-13 , a fin de solicitarle tenga a bien publicar en dicho Boletín por el término de cinco días, lo siguiente: Se cita y emplaza a CARLOS
DANIEL GARCÍA MERIÑO, para que en el término de diez 10 días comparezca a estar a derecho por ante el Tribunal Criminal Nº 2 del Departamento Judicial de Bahía Blanca Estomba Nº 34, 3er. Piso C.P, 8000 Bahía Blanca, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su detención. Como recaudo transcribo el auto que así lo ordenó: Bahía Blanca, 1 de octubre de 2014.-Teniendo en cuenta que del informe policial que precede resulta que Carlos Daniel García Meriño se ha ausentado del domicilio fijado en autos de Bolivia Nº 2230 de Bahía Blanca, ignorándose el lugar de residencia actual del mismo, de conformidad con lo que disponen los Arts. 129 y 303 del Código Procesal Penal - Ley 11.922 - cíteselo por edicto, para que en el término de diez 10 días comparezca a estar a derecho, por ante este Tribunal, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su detención. Ordénase su publicación por medio del Boletín Oficial y prensa local.
Notifíquese. fdo Dr. De Rosa-Presidente del Tribunal en lo Criminal Nº 2. Paola Lilian Schamber, Auxiliar Letrada.
Bahía Blanca, 1 de octubre de 2014.
C.C. 11.460 / oct. 28 v. nov. 3
POR 2 DÍAS - El Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 16 de La Plata cita a HÉCTOR RICARDO BERGES, DNI
13.770.030, en autos Príncipe Hilda c/ Línea 18 S.R.L. s/
Daños y Perjuicios, para que en el término de diez días
BOLETÍN OFICIAL

LA PLATA, MIÉRCOLES 29 DE OCTUBRE DE 2014

comparezca a contestar la demanda entablada en su contra, bajo apercibimiento de designársele por sorteo defensor oficial para su representación en el proceso. La Plata, 25 de septiembre de 2014. Manuel Fernando Saragusti, Secretario.
C.C. 11.474 / oct. 28 v. oct. 29


POR 2 DÍAS - El Juzgado de 1º Instancia en lo Civil y Comercial Nº 8 del Departamento Judicial de La Matanza, sito en Av. Pte. Perón 3325/27 de San Justo, en los autos caratulados Paleari, Martha Beatriz c/ Paleari, Carlos Agustín y otros s/ Prescripción adquisitiva cita y emplaza a herederos de CARLOS AGUSTÍN PALEARI y a quienes se consideren con derecho sobre el siguiente inmueble objeto de litis: Circ: II Secc: F. Mza: 321 Parc: 3b de La Matanza, Domino Fº 54 /1920., sito en la calle Las Heras 731 de Ramos Mejía para que dentro del plazo de diez días comparezcan en autos a contestar demanda, bajo apercibimiento de nombrarles Defensor Oficial de Pobres y Ausentes para que los represente en el proceso. El auto que ordena el presente dice: San Justo, 10 de febrero de 2011 Publíquense edictos por dos días en el Boletín Judicial y en el diario El Informativo de La Matanza, emplazándose a herederos de Elvira María Carlota Paleari y a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble objeto de litis, para que dentro del plazo de diez días comparezcan en autos a contestar demanda, bajo apercibimiento de nombrarles Defensor Oficial de Pobres y Ausentes para que los represente en el proceso. Fdo:
Nora Graciela Modolo, Juez. Natalia Albanesi, Auxiliar Letrada.
C.C. 11.502 / oct. 29 v. oct. 30
POR 2 DÍAS - El Tribunal del Trabajo Nº 3 de Quilmes, sito en calle L.N. Alem 430 de Quilmes, a fin de notificar por este medio a WALTER MARTÍN MELSA y a ANTONIO
MELSA, que en el expediente caratulados Luna Emilio c/Melsa Walter Martín y otro s/ Despido Expte. 19891 ha recaído sentencia en los siguientes términos: Quilmes, 19
de diciembre de 2011. Autos y Vistos: Considerando: Lo resuelto en el Acuerdo precedente y los fundamentos que lo sustentan, el Tribunal, Resuelve: 1 Hacer lugar parcialmente a la demanda promovida por Emilio Luna contra Walter Martín Melsa y Antonio Melsa y en su consecuencia condenar a los codemandados a pagar al actor dentro de los diez días de notificada la sentencia mediante depósito en el Banco de la Provincia de Buenos Aires sucursal Quilmes centro y a la orden de autos la suma de pesos cincuenta y nueve mil veintiséis $ 59.026 en concepto de indemnización por antigedad con S.A.C.: $ 5.096; indemnización sustitutiva de preaviso 1 mes con S.A.C.: $
1.698, salarios adeudados meses julio a noviembre del 2006 inclusive: $ 4.000, días trabajados de diciembre del 2006 e integración mes de despido: $ 800, SAC segundo semestre año 2004, SAC año 2005 y proporcionales año 2006: $ 3.789, vacaciones año 2005 y vacaciones proporcionales años 2006 con SAC:$ 1.822; horas extras: $
18.432, multa artículo 8, Ley 24.013: $ 7.000, multa artículo 15, Ley 24.013;$ 7.407, multa artículo 80 LCT: $
2.400; indemnización artículo 2, Ley 25.323: $ 3.702, indemnización por falta de cobro de subsidio por desempleo: $ 2.880 Arts. 74, 80, 103 y sgtes., 121 T.O. Ley 23.041, 122, 123, 124 y cctes., 150, 156, 231, 232, 233 y 245 de la LCT y rechazar el reclamo fundado en el artículo 132 bis de la LCT por los fundamentos expuestos en el ap. l del acto resolutorio Art. 499 del CC. 2 En atención a lo dispuesto por la Excma. Suprema Corte local, en la causa L. 94.446 del 21-10-2009, Ginossi, Juan Carlos c/
Asociación Mutual U.T.A. s/ Despido, y por razones de acatamiento a su doctrina, a partir del 7 de diciembre del 2006 y hasta el momento del efectivo pago, se calcularán intereses sobre los rubros de progreso, conforme a la tasa que pague el Banco de la Pcia. de Bs. As. en sus depósitos a plazo fijo a 30 días, vigente en los distintos períodos de aplicación Arts. 137, 149 y 276 de la L.C.T., modificada por las Leyes 23.311 y 23.616; 7, 8, 9, 10 y 13, Ley 23.928; 1, 4, 8, Dec. 529/91; 509 y 622, Cód. Civil. 3 Los codemandados deberán entregar al actor los certificados de trabajo y aportes previsionales dentro de los diez días de notificada la sentencia bajo apercibimiento de aplicar una multa diaria en caso de incumplimiento Art. 80 LCT y 666 bis del CC. 4 Las costas se aplican a los codemandados por los rubros que progresan y al actor, con el beneficio de ley, por el que se rechaza Arts. 19, 20 y 22
Ley 11.653. Los honorarios de los profesionales intervi-

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nientes se regularán una vez practicada por Secretaría la liquidación prevista en el Art. 48 de la Ley 11.653.
Regístrese, notifíquese y oportunamente archívese. Silvia Cristina Bozzola. Presidente. Guillermo Edgardo Caminos.
Silvia Ester Bartola. Juez. Gastón Darío Policicchio, Secretario. Expte. Nº: 19891. Liquidacion que practica el Actuario de conformidad con lo establecido por el artículo 48 de la Ley 11.653 y las pautas determinadas en el acto sentencial de fojas 195. Capital de sentencia: $
59.026. Intereses desde el 07/12/06 al 15/12/11: $ 18.703.
Tasa de Justicia $ 1.710. Contribución sobre tasa: $ 171.
Total: $ 79.610. Son: Pesos setenta y nueve mil seiscientos diez. Secretaría, 19 de diciembre del 2011. Gastón Darío Policicchio, Secretario. Quilmes, 19 de diciembre del 2011. De la liquidación practicada, córrase traslado a las partes por el término de cinco días, bajo apercibimiento de tenerla por consentida si dentro del plazo estipulado no se formularen observaciones Art. 48, Ley 11.653.
Notifíquese a las partes, con copias Art. 16, Inc. h, y 63, Ley 11.653. Gastón Darío Policicchio. Secretario.
Quilmes, 19 de diciembre del 2011. Visto: la causa número 19891, caratulada Luna Emilio c/ Melsa Walter Martín y otro s/ Despido, y de conformidad con lo establecido por el artículo 48 de la Ley 11.653 y teniendo en cuenta la importancia del asunto y mérito de los trabajos realizados, el Tribunal del Trabajo Nº 3 de Quilmes, Resuelve: Regular los honorarios de los Dres. Verónica Silvina Pellizzari en la suma de Pesos quince mil quinientos $ 15.500 conforme rubros de progreso y en la suma de Pesos mil seiscientos $ 1.600 conforme rubros de rechazo; sumas éstas a las que se le deberá adicionar el aporte previsional de ley Arts. 1, 2, 8, 9, 13/16, 21/23, 25, 26, 28, 43 y ccdts., Ley 8.904; 12 Inc. a, y 14, Ley 6.716, mod. por Ley 8.455;
causa L77914 Zuccoli Marcela c/Sum SA. s/Daños y Perjuicios; Art. 505 CC. y 277 LCT. modificados por Ley 24.432. La letrada interviniente deberá acreditar el pago de los aportes a la Caja de Previsión para Abogados de acuerdo con lo establecido por la Ley 10.268, mod. de la Ley 6.716, bajo apercibimiento de ley. Regular los honorarios de la perito contadora Sandra Indiana Villalba de Feijoo en la suma de pesos tres mil ochocientos $ 3.800
conforme rubros de progreso y la suma de pesos seiscientos $ 600 conforme rubros de rechazo, con más el 5% en concepto de contribución dispuesta por el Art. 27
Inc. b y 33 de la Ley 13.948, con más el 5% en concepto de aporte previsional Arts. 193 Ley 10.620 y su mod., 25
ap. b, Ley 10.765; causa L. 77.914 Zuccoli Marcela c/
Sum S.A. s/ Daños y Perjuicios; Art. 505 C.C. y 277
L.C.T., modificados por Ley 24.432. Notifíquese y Regístrese. Silvia Cristina Bozzola. Presidente. Guillermo Edgardo Caminos Juez. Silvia Ester Bartola. Juez. Gastón Darío Policicchio. Secretario. Quilmes, 17 de junio de 2014. De conformidad con lo pedido lo informado por el Oficial Notificador a fs. 247 /249 y lo dispuesto por los artículos 59 y 62 del CPCC, publíquese edictos en el Boletín Oficial y el Diario El Sol de Quilmes, a fin de notificar la sentencia recaída en autos a los demandados Walter Martín Melsa y Antonio Melsa. La publicación de edictos se efectuará sin cargo alguno en virtud de lo dispuesto por el Art. 22 de la Ley 11.653 beneficio de litigar sin gastos.
Los presentes edictos se publicarán por dos días. Art.
146 y 147 del Código Procesal. Notifíquese. Fdo: Silvia Ester Bártola, Presidente. Yanina Gisela Verge, Secretaria.
C.C. 11.501 / oct. 29 v. oct. 30


POR 4 DÍAS - EI Titular del Juzgado de Garantías Nº 3
del Departamento Judicial de Trenque Lauquen, Dra.
Alicia E. Cardosii, notifica a JONATAN DAVID FIGUEROA, la resolución que en su parte pertinente se transcribe a continuación: Trenque Lauquen, 31 de marzo de 2014.
Autos y Vistos: Lo resuelto por la Suscripta a fs. 8/10vta.
de la presente carpeta de causa Nº 946, caratulada Alves Alejandro Andrés y otros s/ Robo Simple - Trenque Lauquen IPP Nº 3157/12 UFI Nº 5 Deptal. en trámite ante este Juzgado a mi cargo; y Considerando:.
Resuelvo: I. Revocar la suspensión de juicio a prueba resuelta a fs. 8/10 vta. de las presentes actuaciones, seguida a Jonatan David Figueroa, argentino, de 32 años de edad, nacido el 29/11/81 en la localidad de Quilmes Pcia. de Bs. As., casado, hijo de Héctor Alejandro y de Olga Yolanda Lower, techista, DNI Nº 29.160.811 y domiciliado en calle Mirasol Nº 3704 Barrio San José de Temperley Pcia. de Bs. As., en orden al delito de Robo Simple Art. 164 del CP, debiendo continuarse el trámite del presente proceso penal, según su estado. II. III. IV.
Notifíquese y a los imputados Figueroa; y V

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 29/10/2014 - Sección Judicial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaísArgentina

Fecha29/10/2014

Nro. de páginas14

Nro. de ediciones3381

Primera edición02/07/2010

Ultima edición12/07/2024

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