Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 29/10/2014 - Sección Judicial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PÁGINA 8966

LA PLATA, MIÉRCOLES 29 DE OCTUBRE DE 2014

Departamento Judicial Morón, de conformidad con lo normado por el artículo 76 ter cuarto párrafo, primera parte del Código Penal. II. Sobreseer en estas actuaciones a Omar Alfredo Lescano, cuyas demás condiciones personales obran en autos, en los términos del artículo 341 in fine del C.P.P.P.B.A. III. Notifíquese, regístrese copia, firme que sea, líbrense las comunicaciones de rigor y posteriormente, archívese. Fdo.: Daniel Alberto Leppén, Juez en lo Correccional. Secretaría, 8 de octubre de 2014.
Carola Melconian, Auxiliar Letrado.
C.C. 11.396 / oct. 27 v. oct. 31


POR 5 DÍAS - El Sr. Titular del Juzgado de Ejecución Penal Nº 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Dr.
Ricardo Gabriel Perdichizzi, notifica a NANCY GARYN en su calidad de víctima con último domicilio en calle 12 de Octubre Nº 4485 de la ciudad de Mar del Plata en causa Nº 11728 seguida a Herrero Erik Leonardo por el delito de Robo en grado de tentativa la Resolución que a continuación de transcribe: Mar del Plata, 10 de octubre de 2014.
Autos y Vistos: En atención a lo informado respecto de la víctima a fs. 143 y 147, notifíquese a Nancy Garyn en tal calidad a tenor del Art. 129 del C.P.P., por medio de publicación por el término de cinco días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, que podrá presentarse por ante este Juzgado munido de su D.N.I., de lunes a viernes en el horario de 8 a 12, a los efectos que se le extienda cheque por la suma de mil quinientos $ 1500, haciéndole saber que en caso de no presentarse dentro de los cinco días de notificado se tendrá por no aceptada la reparación del daño ofrecida por parte del causante, quedandole expedita la acción civil correspondiente. Fdo.
Ricardo Gabriel Perdichizzi. Juez de Ejecución Penal.
María Luisa del Papa, Auxiliar Letrada.
C.C. 11.404 / oct. 27 v. oct. 31
POR 5 DÍAS - Por disposición del señor Titular del Juzgado en lo Correccional Nº 4 del Departamento Judicial de Morón a cargo del Dr. Lucas Varangot, en el marco de la causa correccional Nº 1.842 seguida a Marcelo Ariel Fernández por el delito de Encubrimiento agravado por el ánimo de lucro, del registro de esta Secretaría, cítese y emplácese, por el término de cinco 5
días, a MARCELO ARIEL FERNÁNDEZ, D.N.I. Nº 36.799.381, de nacionalidad argentina, estado civil soltero, instruido, ocupación ayudante de albañilería, nacido el día 9 de julio de 1993 en la ciudad de Graneros, provincia de Tucumán, hijo de Juan Isidro Fernández y de Miriam Ortiz, con último domicilio conocido en la calle Carcano Nº 6.100 de la localidad de Pontevedra, partido de Merlo, provincia de Buenos Aires, a fin que en el plazo de diez 10 días, comparezca a regularizar su situación procesal ante este Órgano jurisdiccional, sito en la calle Colón Nº 151, esquina Almirante Brown, cuarto piso, sector c de la localidad y partido de Morón, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenar su detención Arts. 129, 303 y 304 del C.P.P.. Como recaudo legal, se transcribe a continuación el auto que ordena el libramiento del presente edicto: Morón, 14 de octubre de 2.014. En atención a lo manifestado por el Sr. Defensor Oficial a fs. 74 y por el Sr. Agente Fiscal a fs. 79, cítese y emplácese mediante edicto a publicarse en el Boletín Oficial de esta Provincia, a Marcelo Ariel Fernández, por el término de cinco 5 días, a fin que comparezca a este Tribunal a efectos de regularizar su situación procesal dentro de los diez 10 días a partir de la última publicación, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenar su detención Arts. 129, 303
y 304 del C.P.P.. Dr. Lucas Varangot. Juez. Secretaría, 14 de octubre de 2014. Laura Vanesa Sáez, Secretaria.
C.C. 11.406 / oct. 27 v. oct. 31
POR 5 DÍAS - Por disposición del Tribunal en lo Criminal Nº 2 del Departamento Judicial Dolores, sito en calle Alberdi Nº 137, en causa Nº 864/1447 IPP Nº 71.868 seguida a HIPÓLITO ISMAEL IRIGOYEN por Lesiones graves en Chascomús, a fin de notificar al nombrado la resolución que a continuación se transcribe:
Dolores, 7 de octubre de 2014. Y Vistos: Para resolver en esta causa Nº 864/1447 seguida a Hipólito Ismael Irigoyen s/ Lesiones Graves en Chascomús; y atento el estado de autos, habiendo resuelto el Tribunal en fecha 11 de mayo de 2006 declarar extinguida la acción desde el 17 de febrero de 2006 y sobreseer al nombrado en la presente causa que se le siguiera por el delito citado precedentemente, no resultando necesaria que pese sobre el nom-

BOLETÍN OFICIAL

brado una medida como la dispuesta a fs. 74, el tribunal resuelve: Dejar sin efecto la rebeldía decretada a fs. 74 y disponer el levantamiento de la orden de comparendo dispuesta en consecuencia. Art. 303, ss. y cctes. del C.P.P.
Regístrese. Notifíquese. Comuníquese al Registro Nacional de Reincidencia y al Ministerio de Seguridad Bonaerense mediante el formulario que establece la Resolución Nº 3211 del S.C.J.A.. Fdo. Dres. Eduardo Adrián Campos Campos. Analía Graciela Ávalos. Jueces.
Asimismo se transcribe el proveído que dispuso el presente: Dolores, 10 de octubre de 2014. Atento el estado de autos y en razón de ignorarse el domicilio del encausado Hipólito Ismael lrigoyen, y a fin de notificado de la resolución oportunamente dictada, obrante a fs. 65/vta., procédase a la publicación de edictos judiciales por el término de cinco días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires. Art. 129 del CP.P.. Fdo. Dr. Eduardo Adrián Campos Campos. Marisol Moreno, Secretaria.
Dolores, 14 de octubre de 2014.
C.C. 11.408 / oct. 27 v. oct. 31


POR 5 DÍAS - La Unidad Funcional de Instrucción de delitos Culposos Nº 10, del Departamento Judicial de La Plata a cargo de la Dra. María Antonieta Scarpino y Carlos Alpino Vercellone, Agentes Fiscales, Secretaría a mi cargo, cita y emplaza a PATRICIA LILIANA CORREA, para que dentro del término indicado comparezca a la sede de esta Fiscalía, sita en calle 7, entre 56 y 57, subsuelo, La Plata, a los efectos de estar a derecho, y aportar su domicilio real, en el marco de la I.P.P. 06-00-016975-12 caratulada Correa Patricia Liliana s/ Lesiones Culposas en trámite por ante esta U.F.I., a cargo de la Agente Fiscal mencionada, seguida por el delito de Lesiones Cuiposas, bajo apercibimiento, en caso de incomparecencia injustificada de solicitar la pertinente declaración de rebeldía. En consecuencia, se transcribe la resolución que ordena el presente: La Plata, 03 de octubre del 2014. Visto que hasta el día de la fecha no ha logrado ser notificado en el domicilio aportado en autos, el imputado Patricia Liliana Correa, cíteselo en la forma prevista por el artículo 129 del C.P.P. para que comparezca en el término de cinco días de terminada la última publicación en el Boletín oficial, ante la sede de esta Fiscalía, a los efectos de estar a derecho, y aportar su domicilio real, bajo apercibimiento, en caso de incomparecencia injustificada, de solicitar la pertinente declaración de rebeldía en su contra. Fdo. Dr.
Carlos Alpino Vercellone. Agente Fiscal. Secretaría, 03 de octubre del 2014. Dra. María Laura Cancinos, Secretaria.
C.C. 11.433 / oct. 27 v. oct. 31
POR 5 DÍAS - En Los Polvorines, a los 16 días del mes de octubre de 2014 en el marco de la IPP 15-01-189212013 del registro de esta Unidad Funcional de instrucción N 21 del Depto. Judicial de San Martín, Descentralizada de Malvinas Argentinas, sita en calle Comodoro Rivadavia N 115 primer piso de la localidad de los Polvorines, Pdo.
de Malvinas Argentinas, se transcribe el auto dispuesto en la fecha: dispóngase la realización de la diligencia de reconocimiento en rueda de personas para el día 17 de noviembre de 2014 a las 9 horas por parte de los testigos ANTONIO ARCE y FABIÁN SERGIO RODRÍGUEZ bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo. A tales fines publíquese edictos.
Notifíquese. Fdo. Lorena Carpovich Agente Fiscal.
Mónica Beatriz Pagnolo, Instructor Judicial.
C.C. 11.400 / oct. 27 v. oct. 31
POR 2 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 2, del Departamento Judicial de Lomas de Zamora. en autos: FÁBRICA DE ENVASADORAS CEN S.R.L. s/ Quiebra s/ Incidente de liquidación del activo que hasta el 25 de noviembre de 2014 a las 10.00
hs., podrán presentarse oferta de compra en relación a Marca Gaynor, Clase 7, sin base. Dichas ofertas serán abiertas en esa misma fecha en el horario indicado. Se hace saber que el nro. de cuenta de autos es: 027580672/1. CBU: 0140023-62750685806721-5. Títulos y demás información de dicho bien en los autos referidos.
Juzgado actuante, sito en Palacio de Tribunales de Lomas de Zamora, Larroque y Camino Negro, Planta Baja, Banfield, Lomas de Zamora. Las propuestas deberán ajustarse a las condiciones establecidas en el pliego aprobado en autos, disponible en los mismos y en el domicilio de la Sindicatura Actuante, calle Belgrano N 98, 2 piso A Lomas de Zamora, Tel. 0221-4224980. No se admi-

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

tirán propuestas de compra en comisión. Lomas de Zamora, 3 de octubre de 2014. Gabriela A. Bertolotti, Auxiliar Letrada.
C.C. 11.450 / oct. 28 v. oct. 29


POR 2 DÍAS - El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N 22 a cargo de la Dra.
Margarita R. Braga, Secretaría N 44 a mi cargo, sito en Marcelo T. de Alvear 1840, hace saber en los autos caratulados: ESTRELLA FEDERAL SEGURIDAD PRIVADA
INTEGRAL S.R.L. s/ Quiebra Expte. N 38910/2006, que se encuentra a disposición de los Sres. acreedores y de la fallida el proyecto de distribución de fondos en los términos del art. 218 LCQ y se regularon honorarios. Vencido el plazo de diez días sin que se le formulen observaciones será aprobado sin más trámite. Buenos Aires, 1 de octubre de 2014. Pablo Caro, Secretario.
C.C. 11.442 / oct. 28 v. oct. 29
POR 5 DÍAS - En mi carácter de Agente Fiscal a cargo de la UFID Nº 3 con asiento en Pinamar, con fin de notificar al denunciante la siguiente resolución: Dolores, 10 de febrero de 2012. Visto: Las presentes actuaciones que componen la Investigación Penal Preparatoria Nº 03-03003432-10, seguida a ALEJANDRO OLIVEROS por el delito de Amenazas en Pinamar, víctima/denunciante:
Mariana Esther Andersh, de trámite ante esta Unidad Funcional de Instrucción y Juicio y; Considerando: Que analizados los dichos vertidos en la denuncia obrante a fs.
1/2 vta., sumados a las demás constancias colectadas, en especial las declaraciones testimoniales de los testigos propuestos por la denunciante en cuanto no aportan datos respecto del hecho investigado, entiende el Suscripto que las manifestaciones proferidas por el sindicado Alejandro Oliveros carecen de entidad suficiente para configurar el ilícito de Amenazas Art. 149 bis, primer párrafo, del C.P. que se investiga, debiendo asimismo tenerse en consideración las manifestaciones vertidas por la presunta víctima a fs. 18 y vta., en cuanto refirió que el único recaudo que ha tomado en virtud de los hechos investigados es realizar la denuncia. En tal sentido, cabe señalar que para que se configure el delito de Amenazas previsto en el Art. 149 bis del C.P. es necesario que la amenaza tenga suficiente entidad para actuar sobre el ánimo y la voluntad de la víctima, en cuanto ésta se vea constreñida a usar de la cautela, para resguardarse del peligro que la espera, teniendo suma importancia que la víctima se amedrente o alarme.- Asimismo, la expresión vertida por el amenazante debe ser proferida con una cierta reflexión, por lo que la amenaza espontánea, desprovista de un proceso mental crítico, nacida en un estado de ofuscación, no puede sino constituir un desenfreno del lenguaje, no encuadrando dentro del tipo penal. Por lo expuesto, de conformidad con lo dispuesto con el Art. 290
del Código Procesal Penal; Resuelva a Desestimar la denuncia que diera origen a éstas actuaciones. b Remítase a la Comisaría de Pinamar, a los efectos de que se notifique a la denunciante Mariana Esther Andersh lo dispuesto precedentemente, debiendo ponerse en su conocimiento que de conformidad con lo normado por el Art. 83 Inc. 8 del CPP. posee la facultad de solicitar la revisión de la desestimación ante el Fiscal General Deptal. c Devuelta que sea, comuníquese al Juzgado de Garantías Nº 1 interviniente la presente resolución, elevándose esta investigación a tales fines, sirviendo la presente de atenta nota de remisión. d Fecho, y de conformidad con lo dispuesto por el Art. 12 de la Instrucción General Nº 106 de Fiscalía General Deptal., remítase al Archivo del Ministerio Público Dptal., en carácter de Archivada, debiendo ser destruida a partir del día 10 de febrero del 2022. Dr. Juan Pablo Calderon, Fiscalía de Pinamar. Pinamar, 30 de septiembre de 2014.
C.C. 11.439 / oct. 28 v. nov. 3
POR 5 DÍAS - En mi carácter de Agente Fiscal a cargo de la UFID Nº 3 con asiento en Pinamar, con fin de notificar a REDDEL OMAR EDUARDO la siguiente resolución:
Pinamar, 07 de agosto de 2010. Visto: Las presentes actuaciones que componen la Investigación Penal Preparatoria que tramitan bajo el Nº 03-2973-08: y Considerando: Que de las probanzas colectadas en el marco de la investigación, no existen a criterio del suscripto elementos que permitan presumir que estamos ante la presencia de un hecho que daría lugar a la acción pública. Por ello y de conformidad con lo normado por el Art.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 29/10/2014 - Sección Judicial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaísArgentina

Fecha29/10/2014

Nro. de páginas14

Nro. de ediciones3379

Primera edición02/07/2010

Ultima edición05/07/2024

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