Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 17/07/2014 - Sección Judicial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

mino de cinco 5 días comparezca el nombrado a estar a derecho en la causa Nº 5270, caratulada Méndez, Gustavo Daniel s/ Robo Simple en grado de tentativa Juzgado de Garantías Nº 03; Gestión Nº 1736/2014, cuya resolución se transcribe: Lomas de Zamora, 26 de julio de 2014. Atento lo informado respecto del desconocimiento del domicilio del imputado - ver fs. 103/109, y lo manifestado por la defensa a fs. 110 vta. cítese a Méndez, Gustavo Daniel por medio de edictos ante el Boletín Oficial, con el objeto de hacerle saber que se deberá presentar ante estos Estrados, dentro del quinto día a la última publicación, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde. Cúmplase con la medida dispuesta anteriormente en el término y forma establecida por el Art. 129 del ordenamiento ritual. A tal fin líbrese oficio de estilo. Fdo.:
Dr. José Antonio Michilini, Juez en lo Correccional. Ante mí: Dra. Marcia Silvina Castro, Secretaria. Secretaría, 26
de junio de 2014.
C.C. 7.145 / jul. 11 v. jul. 17


POR 5 DÍAS - Se cita a Juicio y emplaza a SOSA
LEANDRO DAVID, en causa Nº 3137 que por los delitos de Lesiones leves y Resistencia a la autoridad en concurso real en San Nicolás, se le sigue al nombrado, por ante el Juzgado en lo Correccional Nº 3, a cargo del Dr. Sebastián Zubiri, por resolución de la Excma. Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal Dptal., por la Auxiliar Letrada Dra.
Javiera Sauret del Departamento Judicial de San Nicolás, para que en el término de diez 10 días comparezca al asiento de este Juzgado sito en calle Guardias Nacionales y Mitre de San Nicolás, a estar a derecho y constituir domicilio, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su detención. San Nicolás, 17 de junio del año dos mil catorce. Fdo. Dra. Javiera Sauret, Auxiliar Letrada.
C.C. 7.149 / jul. 11 v. jul. 17
POR 5 DÍAS - En Investigación Penal Preparatoria Nº 03-00-118707-06, seguida a Bergara Yohana Vanina s/
Encubrimiento, de trámite por ante este Juzgado de Garantías Nº 3, a mi cargo, Secretaría Única a cargo del Dr. Jorge Agustín Martínez Mollard, de este Departamento Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a publicar edicto por término de cinco días, a fin de notificar a la prevenida BERGARA YOHANA VANINA cuyo último domicilio conocido era jurisdicción del Partido de General Madariaga, el siguiente texto que a continuación se transcribe: Dolores, 10 de junio de 2014. Autos y Vistos Por ello Resuelvo: l. Sobreseer totalmente a la imputada Yohana Vanina Bergara, argentina, DNI Nº 35.785.176, ama de casa, soltera, instruida, de 27 años de edad, nacida el día 26 de noviembre de 1986 en la localidad de Rosario, Pcia. de Santa Fe, hija de Liliana Bergara, domiciliada en calle Etchegaray Nº 435 de General Madariaga, en orden al delito de Encubrimiento, por haberse extinguido la acción penal puesta en marcha, por prescripción en atención a lo dispuesto en los Arts. 59 Inc. 3º, 62 Inc. 2º, en rel. al 277 Inc. 1º ap. c y 323 Inc. 1º del C.P.P..
Regístrese Fdo. Gastón Giles, Juez. Asimismo transcríbole el auto que dispuso el presente: Dolores, 01 de julio de 2014. Autos y Vistos: Atento lo informado por el personal de la Comisaría de General Madariaga, procédase a la notificación por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia. de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el Art 129 del Código de Procedimiento Penal; todo ello, a fin de que Bergara Yohana Vanina sea debidamente notificada del auto que dispuso sobreseer totalmente a la nombrada en la presente investigación.
Fdo. Gastón Giles, Juez. Dolores, 01 de julio de 2014.
C.C. 7.151 / jul. 11 v. jul. 17
POR 5 DÍAS - En Causa Nº 13.436 I.P.P. Nº 2050-13, seguida contra LÓPEZ ISIDORO; que tramita por ante este Juzgado de Garantías Nº 3, a mi cargo, Secretaría Única del Dr. Jorge Martínez Mollard, de este Departamento Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a publicar edicto por término de cinco días, a fin de notificar al prevenido nombrado, el siguiente texto que a continuación se transcribe: Dolores, 26 de mayo de 2014. Autos y Vistos Por Ello: Argumentos expuestos, Resuelvo:
Sobreseer totalmente al imputado Isidoro López en orden al delito de Desobediencia, en atención a lo dispuesto en el Art. 59 Inc. 3º del C.P. y 323 Inc. 1º del C.P.P., por haberse extinguido la acción penal puesta en marcha en esta causa Nº 13.436 IPP Nº 03-00-2050-13, caratulada López Isidoro, Desobediencia. Regístrese, Notifíquese.
Firmado Gastón E. Giles, Juez de Garantías Nº 3 Dptal.
Asimismo transcríbole auto que dispuso el presente:

BOLETÍN OFICIAL

LA PLATA, JUEVES 17 DE JULIO DE 2014

Dolores, 01 de julio de 2014. Autos y Vistos: Atento lo que surge de lo informado a fs. 98 de la presente Carpeta de Causa, donde se informa el resultado negativo por no ser habido en el domicilio fijado por imputado Isidoro López, y lo resuelto por el Suscripto a fs. 91/92, procédase a la notificación por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia. de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal. Fdo. Dr. Gastón Eduardo Giles, Juez de Garantías Nº 3. Dolores, 01 de julio de 2014.
C.C. 7.152 / jul. 11 v. jul. 17


POR 5 DÍAS - En I.P.P. Nº 03-02-869-08 seguida contra SAMUEL EZEQUIEL LEGUIZAMÓN por Encubrimiento;
que tramita por ante este Juzgado de Garantías Nº 3, a mi cargo, Secretaría Única a cargo del Dr. Jorge Martínez Mollard, de este Departamento Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a publicar edicto por término de cinco días, a fin de notificar al prevenido nombrado cuyo último domicilio conocido era jurisdicción del partido de La Costa, el siguiente texto que a continuación se transcribe: Dolores, 25 de abril de 2014. Autos y Vistos Y
Considerando Por ello, Resuelvo: I. Sobreseer totalmente a Samuel Ezequiel Leguizamón, argentino, D.N.I. Nº 28.154.979, nacido el 28 de octubre de 1.980 en el Chaco, hijo de Carlos Ernesto y de Elvira Villordo, en orden al delito de Encubrimiento Art. 277, Inc. 1º del C.P. por encontrarse extinguida la acción penal puesta en marcha por prescripción, conforme a lo normado en los Arts. 59, Inc.
3º y 62 del Código Penal y Art. 323, Inc. 1º, del Código Procesal Penal. Notifíquese. Fdo.: Gastón Eduardo Giles, Juez de Garantías. Asimismo, transcríbole el auto que dispuso el presente: Dolores, 24 de junio de 2014. Autos y Vistos: Por contestada la vista conferida al Sr. Defensor Oficial Dr. Leonardo Enrique Paladino, conforme lo manifestado por el mencionado Letrado y atento la imposibilidad de notificar al Sr. Samuel Ezequiel Leguizamón, según surge de lo informado a fs. 24 vta., por no ser habido en el domicilio fijado, procédase a la notificación por Edicto Judicial lo dispuesto en la Resolución N 69/2014, el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Provincia de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal. Fdo. Gastón Eduardo Giles, Juez de Garantías. Dolores, 24 de junio de 2014.
C.C. 7.153 / jul. 11 v. jul. 17
POR 5 DÍAS - En el marco de la Causa Nº 391, IPP Nº 03-02-3826-13, de trámite por ante este Juzgado de Garantías Nº 4, a cargo del Dr. Diego Olivera Zapiola, Secretaría a cargo del autorizante, de este Departamento Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a publicar edicto por término de cinco días, a fin de notificar al imputado GUIDO JULIÁN ORLANDO cuyo último domicilio conocido era en calle Montevideo Nº 851 de la localidad de Mar de Ajó la siguiente resolución dictada por la Excma.
Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Dpto.
Judicial Dolores, el 20103/14, en causa Nº 15712, caratulada Orlando, Guido Julián y Peremarti, Alejandro s/ Robo/
Encubrimiento Apel. Inter x Dr. Paladino c/ Deneg. de sobreseimiento y Elev. a juicio, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: se desestima el recurso de apelación interpuesto; se confirma la resolución de fs. 81/85 y vta., en cuanto deniega el sobreseimiento solicitado por el Sr. Defensor Oficial Dr. Leonardo Enrique Paladino a favor de Julián Orlando Guido y Alejandro Peremarti, en orden al delito de Encubrimiento Art. 277 Inc. c del C.P.; y dispone la elevación a juicio de la presente causa respecto de Julián Orlando Guido. Fdo. Fernando Sotelo, Luis Felipe Defelitto, María Lucrecia Angulo, Abogada. Secretaria.
Asimismo transcríbole el auto que dispuso el presente:
Mar del Tuyú, 27 de junio de 2014. Atento lo resuelto por la Excma. Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal Departamental a fs. 134 y lo manifestado por el Sr.
Defensor Oficial, Dr. Leonardo E. Paladino a fs. 136 por cuanto informa que no cuenta con otro domicilio del imputado Guido Julián Orlando que el que consta en la presente causa, procédase a la notificación por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial por de esta Pcia. de Buenos Aires, por cinco días conforme lo dispuesto por el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal. Fdo. Diego Olivera Zapiola, Juez a cargo del Juzgado de Garantías Nº 4 Depto. Judicial Dolores. Dra. Sandra Machuca, Auxiliar Letrada. Mar del Tuyú, 27 de junio de 2014.
C.C. 7.154 / jul. 11 v. jul. 17
POR 5 DÍAS El Juzgado en lo Correccional Nro. 5 del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo de la Sra.

PÁGINA 5549

Jueza Andrea C. Pagliani, sito en la calle Moreno 623 de San Isidro, cita y emplaza a DIEGO SEBASTIÁN RIVERO
MAIDANA, con último domicilio en Terri 3497 de la localidad de San Fernando, Partido de San Fernando, Provincia de Buenos Aires, por el plazo de tres 3 días a contar desde la publicación del presente, a comparecer ante este Juzgado a estar a derecho en la causa Nº 2388, que se le sigue por Hurto en Grado de Tentativa, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo.
Como recaudo legal se transcribe el Decreto que ordena el presente: San Isidro, 18 de junio de 2014. En atención al informe policial obrante a fs. 110, y desconociéndose el actual domicilio del encartado de autos Diego Sebastián Rivero Maidana, cíteselo por edicto que se publicará por 5
cinco días en el Boletín Oficial conforme lo establecido en el Art. 129 del C.P.P., para que en el término de tres 3
días comparezca a estar a derecho en estos obrados, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y decretarse su comparendo Arts. 303, 304 y concordantes del C.P.P..
Hágase saber lo aquí dispuesto al Sr. Defensor Oficial y el Sr. Fiscal. Fdo. Dra. Andrea C. Pagliani, Juez; Ante mí: Dr.
E. Osores Soler, Secretario. Secretaría, 18 de junio de 2014.
C.C. 7.195 / jul. 14 v. jul. 18


POR 5 DÍAS El Juzgado en lo Correccional Nro. 5 del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo de la Sra.
Jueza Andrea C. Pagliani, sito en la calle Moreno 623 de San Isidro, cita y emplaza a CRISTIAN BALTAZAR AGUILAR, con último domicilio en Los Moyanos 2959 -Del Viso, Partido de Pilar, Provincia de Buenos Aires, por el plazo de tres 3 días a contar desde la publicación del presente, a comparecer ante este Juzgado a estar a derecho en la Causa 2877, que se le sigue por Robo en Gdo. Tva., bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo. Como recaudo legal se transcribe el Decreto que ordena el presente: San Isidro, 19 de junio de 2014 Desconociéndose el actual domicilio del encartado de autos Cristian Baltazar Aguilar, cíteselo por edicto que se publicará por 5 cinco días en el Boletín Oficial, conforme lo establecido en el Art. 129 del C.P.P., para que en el término de tres 3 días comparezca a estar a derecho en estos obrados, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y decretarse su comparendo Arts. 303, 304
y concordantes del C.P.P.. Fdo. Dra. Andrea C. Pagliani, Jueza; Ante mí: Dr. E. Osores Soler, Secretario.
Secretaría, 19 de junio de 2014.
C.C. 7.196 / jul. 14 v. jul. 18
POR 5 DÍAS El Juzgado en lo Correccional Nº 3 del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo interinamente del Dr. Juan Facundo Ocampo, sito en la calle Moreno 623, 1º Piso de San Isidro, cita y emplaza a JESÚS
ANDRÉS BURGHI, con último domicilio en Sarratea 745, Localidad de San Fernando, Partido del mismo nombre, Provincia de Buenos Aires, por el plazo de cinco 5 días a contar desde la publicación del presente, a comparecer ante este Juzgado a estar a derecho en la Causa Nº 4060
que se le sigue por Robo en Grado de Tentativa, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo. Como recaudo legal se transcribe el Decreto que ordena el presente: San Isidro, 24 de junio de 2014.
En atención al informe de fs. 59 e informe policial obrante a fs. 61/63, y desconociéndose el actual domicilio del encartado de autos, cítese por edicto a Jesús Andrés Burghi, el que se publicará por 5 cinco días en el Boletín Oficial, conforme lo establecido en el Art. 129 del C.P.P., para que en el término de tres 3 días comparezca a estar a derecho en estos obrados, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y decretarse su comparendo Arts. 303, 304 y concordantes del C.P.P. Sin perjuicio de ello, y en atención a lo peticionado por la defensa a fs. 60, líbrese oficio en los términos del Art. 128 del C.P.P. Hágase saber a la defensa. Fdo. Juan Facundo Ocampo, Juez. Ante mí:
Paula G. Marzocchi, Secretaria. Secretaría, 24 de junio de 2014.
C.C. 7.197 / jul. 14 v. jul. 18
POR 5 DÍAS - Por disposición del Sr. Presidente del Tribunal en lo Criminal Nro. 1 del Depto. Judicial de San Isidro, en el marco de la Causa Nro. 2576 correspondiente al Sorteo Nro. 1541/2008 seguida a MAXIMILIANO
EDUARDO QUIROGA en orden al delito de Robo Agravado por Efracción en Grado de Tentativa, a efectos publique en el Boletín a su cargo por el término de cinco días la resolución dictada por la Sala II del Excmo. Tribunal de Casación Provincial en el marco del Recurso Casatorio

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 17/07/2014 - Sección Judicial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaísArgentina

Fecha17/07/2014

Nro. de páginas13

Nro. de ediciones3378

Primera edición02/07/2010

Ultima edición04/07/2024

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