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Habiéndose declarado firmes en vía administrativa las sanciones
impuestas a Interbrokers Española de Valores, Agencia de Valores, S.A.,
y a los miembros de su Consejo de Administración, por la comisión de
una infracción muy grave tipificada en la letra q) del artículo 99 de la
Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, se procede a dar
publicidad, conforme a lo establecido en el último párrafo del artículo 102
de dicho texto legal, a las sanciones impuestas mediante Orden Ministerial
de fecha 27 de junio de 2003 que, tras la exposición de hechos y
fundamentos jurídicos, concluye con el siguiente fallo:
"Imponer a Interbrokers Española de Valores, Agencia de Valores, S.A.
por la comisión de una infracción muy grave de la letra q) del artículo 99
de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, por la realización
de actividades para las que no están autorizadas las Agencias de Valores,
sanción consistente en multa por importe de 61.900 euros (sesenta y un
mil novecientos euros), y sanción de Amonestación Pública con publicación
en el Boletín Oficial del Estado.
Imponer a don Antonio Torrella Rodón, como Presidente y Consejero
Delegado de Interbrokers Española de Valores, Agencia de Valores, S.A.
por la comisión de una infracción muy grave de la letra q) del artículo 99
de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, por la realización
de actividades para las que no están autorizadas las Agencias de Valores,
una sanción consistente en multa por importe de 30.000 euros (treinta
mil euros).
Imponer a don Alfonso Jiménez Fernández, como Consejero de
Interbrokers Española de Valores, Agencia de Valores, S.A. por la comisión
de una infracción muy grave de la letra q) del artículo 99 de la Ley 24/1988,
de 28 de julio, del Mercado de Valores, por la realización de actividades
para las que no están autorizadas las Agencias de Valores, una sanción
consistente en multa por importe de 6.000 euros (seis mil euros).
Imponer a don Ignacio Tamarit Torrella, como Consejero de
Interbrokers Española de Valores, Agencia de Valores, S.A. por la comisión de
una infracción muy grave de la letra q) del artículo 99 de la Ley 24/1988,
de 28 de julio, del Mercado de Valores, por la realización de actividades
para las que no están autorizadas las Agencias de Valores, una sanción
consistente en multa por importe de 6.000 euros (seis mil euros)."
Madrid, 12 de mayo de 2004.-El Presidente, Blas Calzada Terrados.
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 135 del Viernes 4 de Junio de 2004. Otras disposiciones, Comisión Nacional Del Mercado De Valores.