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Visto el expediente de indulto de don José Villar Pindo, con los informes
del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la
Audiencia Provincial, Sección número 7, de Madrid, en sentencia de fecha 1 de
octubre de 1999, como autor de un delito contra la salud pública, a la
pena de tres años de prisión y multa de 1.000.000 de pesetas, por hechos
cometidos en el año 1999, a propuesta del Ministro de Justicia y previa
deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 18 de marzo
de 2004,
Vengo en conmutar a don José Villar Pindo la pena privativa de libertad
impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva
a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación
de este real decreto.
Dado en Madrid, a 18 de marzo de 2004.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
JOSÉ MARÍA MICHAVILA NÚÑEZ
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 96 del Martes 20 de Abril de 2004. Otras disposiciones, Ministerio De Justicia.