RESOLUCIÓN de 22 de marzo de 2004, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se certifica un captador solar, marca "Tech Solaire", modelo TS-10.000, fabricado por Tech Solaire.

Recibida en la Dirección General de Política Energética y Minas la

solicitud presentada por Tech Solaire, con domicilio social en C/ Oficios,

38, bis, 28760 de Tres Cantos, para la certificación de un captador solar,

fabricado por Tech Solaire, en su instalación industrial ubicada en

Colmenar Viejo (Madrid);

Resultando que por el interesado se ha presentado la documentación

exigida por la legislación vigente que afecta al producto cuya certificación

se solicita, y que el laboratorio Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial,

mediante dictamen técnico con clave CA/RPT/4451/001/INTA/04 , y la

entidad colaboradora Asistencia Técnica Industrial, S.A.E. (ATISAE), por

certificado de clave IA-04/1588/GC , han hecho constar respectivamente

que el tipo o modelo presentado cumple todas las especificaciones

actualmente establecidas por Orden de 28 de julio de 1.980 sobre exigencias

técnicas de los paneles solares,

Esta Dirección General, de acuerdo con lo establecido en la referida

disposición ha resuelto certificar el citado producto, con la contraseña

de certificación NPS-1104 , y con fecha de caducidad el día 22 de marzo

de 2007 , definiendo como características técnicas del modelo o tipo

certificado las que se indican a continuación, debiendo el interesado presentar,

en su caso, el certificado de conformidad de la producción antes del 22

de marzo de 2007.

Esta certificación se efectúa en relación con la disposición que se cita

y por tanto el producto deberá cumplir cualquier otro Reglamento o

disposición que le sea aplicable.

El incumplimiento de cualquiera de las condiciones fundamentales en

las que se basa la concesión de esta certificación dará lugar a la suspensión

cautelar automática de la misma, independientemente de su posterior

anulación, en su caso, y sin perjuicio de las responsabilidades legales que

de ello pudieran derivarse.

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe

interponer, potestativamente, el recurso de reposición en el plazo de un mes

contado desde el día siguiente al de notificación de esta Resolución, ante

el Secretario de Estado de Economía, Desarrollo Industrial y de la Pequeña

y Mediana Empresa, previo al contencioso-administrativo, conforme a lo

previsto en el artículo 116.1 de la Ley 4/1999 de 14 de enero, que modifica

la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Marca: "Tech Solaire".

Modelo: TS-10.000.

Características:

Material absorbente: Cobre.

Tratamiento superficial: Imprimación y pintura negra mate.

Superficie útil: No suministrada por el fabricante.

Lo que se comunica a los efectos oportunos.

Madrid, 22 de marzo de 2004.-La Directora General, Carmen Becerril

Martínez.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 92 del Viernes 16 de Abril de 2004. Otras disposiciones, Ministerio De Economía.

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