RESOLUCIÓN de 28 de febrero de 2002, de la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI), por la que se aprueba la convocatoria específica de ayudas para el Programa Iberoamericano de Formación en colaboración con el Ministerio del Interior, para el año 2002.

En cumplimiento de los programas y actividades de cooperación que

desarrolla este organismo en el ámbito de la cooperación educativa,

cultural, científica y técnica con los países de Iberoamérica, corresponde

proceder a la convocatoria del Programa de Formación en colaboración

con el Ministerio del Interior, para el año 2002.

En su virtud, y de acuerdo con lo dispuesto en el punto 1 del apartado

cuarto de la Orden de 26 de marzo de 1992 ("Boletín Oficial del Estado"

de 11 de abril) por la que se establecen las bases para la concesión de

becas y ayudas de la Agencia Española de Cooperación Internacional, y

de lo establecido en la Resolución de 29 de diciembre de 2000 ("Boletín

Oficial del Estado" de 12 de febrero de 2001) de delegación de competencias,

esta Presidencia ha resuelto, previo informe de la Abogacía del Estado

del Ministerio de Asuntos Exteriores:

Primero.-Realizar la convocatoria específica de 56 ayudas dentro del

Programa de Formación en colaboración con el Ministerio del Interior ;

ordenar su publicación en el "Boletín Oficial del Estado", así como su

exposición en los tablones de anuncios de las representaciones

diplomáticas y Oficinas Técnicas de Cooperación de España en los países incluidos

en el ámbito de la misma.

Segundo. Objeto y finalidad.

1. El objeto de esta convocatoria es subvencionar la participación

de funcionarios de policía y de los cuerpos de bomberos de países

iberoamericanos en los cursos que aparecen en el anexo I de la presente

convocatoria, durante el año 2002.

2. La finalidad es la formación de recursos técnicos especializados,

en el marco de la prioridad sectorial "Inversión en el ser humano", del

Plan Director de la Cooperación Española 2001-2004 (aprobado en el

Consejo de Ministros de 24 de noviembre de 2000), para elevar su nivel de

conocimientos y cualificaciones, tanto en el ámbito de la defensa de los

derechos humanos y el fortalecimiento de la democracia y la paz, como

en el de la atención a las situaciones de emergencia creadas por catástrofes

naturales.

Tercero. Prioridades geográficas.

1. Serán considerados prioritarios los países programa

iberoamericanos, así calificados en el Plan Director de la Cooperación

Española 2001-2004.

Cuarto. Requisitos de los solicitantes.

1. Ser nacional de cualquiera de los siguientes países: Argentina,

Bolivia, Belice, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador,

Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República

Dominicana, Uruguay o Venezuela.

2. Desarrollar la actividad profesional requerida para cada uno de

los cursos, tal y como aparece en el anexo I.

3. Tener conocimientos suficientes de español, en el caso de que éste

no sea su lengua materna.

4. Poseer aptitud psico-física para la realización del curso solicitado,

y no padecer enfermedades infecto-contagiosas ni tropicales.

5. Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones

tributarias y frente a la Seguridad Social españolas, si las tuviera.

Quinto. Instancia y documentación.-Los aspirantes a participar en

alguno de los cursos que se ofertan en el anexo I deberán aportar la

siguiente documentación:

1. Instancia: Se formalizará por duplicado el impreso normalizado

que figura como anexo II.

2. Documentación:

a) Currículum vitae.

b) Documento que acredite ser nacional de cualquier país

iberoamericano reseñado en el apartado cuarto.

c) Copia del título de la categoría o empleo profesional.

d) Breve exposición de las razones que motivan la solicitud de la

beca y del impacto que la formación que reciba tendrá en el medio en

que se inserta el candidato.

e) Carta de presentación de la institución a que pertenezca, con

autorización para asistir al curso solicitado.

f) Certificado médico de no padecer enfermedades infecto-contagiosas

ni tropicales, extendido en un plazo anterior no superior a un mes.

g) Certificado de conocimiento del español, en el caso de que el

solicitante no tenga éste como lengua materna.

h) Dos fotografías tamaño carnet con el nombre y apellidos al dorso.

i) Justificante de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus

obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social españolas, si las

tuviera, o declaración expresa y responsable de no tener obligación alguna

al respecto (anexo III).

Todos los documentos se acompañarán, en su caso, de su

correspondiente traducción al español.

El impreso de solicitud debe ser cumplimentado en su totalidad.

La documentación que se reciba no incluirá documentos originales

o que consideren irrepetibles y que les puedan ser necesarios, pudiendo

ser fotocopias legalizadas o compulsadas, previo cotejo con el original,

por las Embajadas, Consulados u Oficinas Técnicas de Cooperación de

España, en que se presente la solicitud.

Sexto. Presentación de solicitudes.

1. Las solicitudes deberán ser presentadas en las sedes de las

Embajadas, Consulados u Oficinas Técnicas de Cooperación de España en los

países a los que se extiende el ámbito de aplicación de la presente

convocatoria, o en cualesquiera otros Registros y oficinas de los previstos

en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992.

Séptimo. Plazos de presentación y subsanación de errores.

1. El plazo de presentación finalizará a las doce horas (hora local)

del día 10 de abril de 2002, para el XIII Curso de Observadores Policiales

para Misiones de Mantenimiento de Paz de Naciones Unidas, y del día

17 de mayo de 2002, para el II Curso de Técnicas de Intervención y

Salvamento en Catástrofes.

2. Una vez cerrado el plazo de admisión de solicitudes, se hará pública

en el tablón de anuncios de cada Embajada de España la lista de las

solicitudes completas e incompletas presentadas en el país

correspondiente, dentro de los dos días siguientes a la fecha del cierre de la convocatoria,

dando un plazo de diez días para completar su expediente y subsanar

las deficiencias observadas. Paralelamente se requerirá directamente a

los interesados la subsanación de los errores observados.

3. Las unidades receptoras de las solicitudes levantarán acta de las

actuaciones efectuadas, que será remitida, junto con los expedientes

presentados, a la sede central de la AECI en Madrid.

Octavo. Dotación e imputación presupuestaria.

1. Las ayudas serán financiadas con cargo a la aplicación

12.103.134A.486.06 del ejercicio presupuestario de la AECI de 2002, por

un importe de 107.152 euros (ciento siete mil ciento cincuenta y dos euros).

Noveno. Instrucción del procedimiento y criterios de valoración.

1. La concesión de las ayudas se efectuará mediante un régimen de

concurrencia competitiva.

2. La evaluación de las solicitudes será realizada por una Comisión

evaluadora, que actuará como órgano instructor. Estará presidida por el

Director general de Cooperación con Iberoamérica de la AECI. El Secretario

general de la Agencia Española de Cooperación Internacional nombrará

el Vicepresidente y los cuatro Vocales que formarán parte de la misma:

Dos técnicos de la Agencia Española de Cooperación Internacional y dos

técnicos del Ministerio del Interior, a propuesta de éste.

3. En la evaluación serán tenidos en consideración, por orden de

importancia, los siguientes criterios:

Méritos y experiencia profesional.

Posibilidad de replicación de los conocimientos adquiridos, en función

del nivel jerárquico del puesto que desempeña el candidato.

4. La Comisión evaluadora formulará la propuesta de resolución de

concesión de las ayudas, en un periodo máximo de un mes, contado a

partir del término del plazo de presentación de las solicitudes, con

indicación de los candidatos más idóneos y sus suplentes.

Décimo. Resolución y publicación.-Vista la propuesta, el Secretario

general de la Agencia Española de Cooperación Internacional, por

delegación del Presidente, dictará la correspondiente resolución de concesión,

en el plazo de cincuenta días, contado a partir del término del plazo de

presentación de las solicitudes, que será notificada a las representaciones

diplomáticas y consulares de España y unidades de cooperación en los

países del ámbito de esta convocatoria, a los efectos de notificación a

los interesados y a la Dirección de la institución o instituciones policiales

correspondientes, para su debido conocimiento.

La Resolución de concesión de las ayudas será oportunamente

publicada en el "Boletín Oficial del Estado" y en la página web de la AECI

(www.aeci.es). La relación de beneficiarios será, asimismo, incluida en

el resumen trimestral que la AECI publica en el "Boletín Oficial del Estado",

conforme a lo establecido en el apartado tercero de la Orden 26 de marzo

de 1992. La relación de ayudas concedidas y solicitudes denegadas, será

expuesta en los tablones de anuncios de las representaciones diplomáticas

y consulares y en las Oficinas Técnicas de Cooperación de España en

los países incluidos en el ámbito de esta convocatoria, así como en el

tablón de anuncios de la Agencia Española de Cooperación Internacional

(avenida Reyes Católicos, número 4, 28040 Madrid).

Undécimo. Obligaciones de los beneficiarios.

1. Realizar la actividad objeto de la ayuda en el plazo que se establece

para el desarrollo del curso.

2. Comunicar a la Dirección General de Cooperación con Iberoamérica

de la AECI o a la Embajada de España, en un plazo máximo de siete

días, contados a partir del día en que se comunica la concesión de la

ayuda, su aceptación expresa. De no aceptarse en el referido plazo, se

entenderá que renuncia a la misma, pudiendo concederse al suplente que

corresponda.

3. Residir en el centro donde se imparte el curso solicitado, durante

el período de la beca, y a no ausentarse del territorio nacional sin

comunicarlo previamente a la Dirección General de Cooperación con

Iberoamérica de la Agencia Española de Cooperación Internacional, indicando

las causas excepcionales que justifican la ausencia y el período que

comprende ; resolviendo la Agencia de forma justificada lo que proceda según

las circunstancias, en relación a la reducción, revocación y reintegro, en

su caso, de la ayuda.

4. Respetar en todo momento la normativa del centro que imparte

el curso.

5. Someterse a las actuaciones de comprobación y seguimiento de

la aplicación de la ayuda que puedan en cualquier momento practicar,

tanto el organismo concedente, como el Tribunal de Cuentas o la

Intervención General de la Administración del Estado.

6. Comunicar a la AECI la obtención de ayudas para la misma

finalidad, de cualquier procedencia.

8. El incumplimiento de cualquiera de estas cláusulas podrá ser

motivo de revocación de la ayuda.

9. Los candidatos, al solicitar estas ayudas, se entiende que aceptan

en todos sus términos las bases de la presente convocatoria, así como

el fallo de la Comisión evaluadora y la Resolución de la Agencia Española

de Cooperación Internacional, sin perjuicio del derecho a la fiscalización

judicial.

Duodécimo. Pago de las ayudas.

1. La ayuda a cargo de la AECI cubrirá los siguientes conceptos:

Para los participantes en los dos cursos:

Pasaje aéreo, en clase turista, desde la ciudad capital del país de origen

hasta Madrid (España) y viceversa, que será facilitado por la AECI a los

beneficiarios.

Seguro de asistencia médica primaria, no farmacéutico. El seguro será

contratado directamente por la AECI de acuerdo con la normativa vigente.

Para los participantes en el II Curso "Técnicas de Intervención y

Salvamento en Catástrofes":

Asignación económica de 21 euros (veintiún euros) diarios, para gastos

de alimentación y de bolsillo. El importe de dicha asignación será el

resultado de multiplicar la cantidad indicada por los días de duración del curso,

más dos días antes del inicio y otros dos después de su finalización.

2. La asignación económica, que está exenta del Impuesto sobre la

Renta de las Personas Físicas en virtud de lo dispuesto en la letra i)

del apartado 1 del artículo 13 de la Ley 41/1998, de 9 de diciembre, será

abonada a los beneficiarios al comienzo de cada curso mediante talón

bancario nominativo.

3. El Ministerio del Interior se hará cargo del alojamiento en los

respectivos centros de los participantes en los dos cursos y de la manutención

de los alumnos del XIII Curso de Observadores Policiales para Misiones

de Mantenimiento de la Paz de Naciones Unidas.

Decimotercero. Justificación y reintegro.

1. El régimen de ayudas de la presente convocatoria queda sujeto

a la justificación de la actividad promocionada, en los términos que

aparecen en el apartado siguiente, así como a las obligaciones de reintegro

y al régimen sancionador cuando proceda, conforme al Real

Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, y al texto refundido de la Ley General

Presupuestaria aprobado por Real Decreto Legislativo 1091/1988, así como

a la Orden de 26 de marzo de 1992, parcialmente modificada por la de

21 de enero de 1997, reguladoras del procedimiento general de concesión

de becas y ayudas por parte de la Agencia Española de Cooperación

Internacional, y demás normas reguladoras de las subvenciones y ayudas

públicas, que regirán en lo no expresamente previsto en la convocatoria.

Estas ayudas son incompatibles con cualquier otra, con la misma

finalidad, con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, no pudiendo

el importe de la ayuda concedida al amparo de la presente convocatoria,

aisladamente o en concurrencia con otras, superar el coste de la actividad

a desarrollar por el beneficiario. La percepción simultánea de becas o

ayudas de diversa procedencia podrá determinar la modificación o incluso

la revocación de la resolución de concesión de la ayuda.

2. Las ayudas concedidas por la Agencia Española de Cooperación

Internacional serán justificadas, en plazo máximo de tres meses, contados

a partir de la finalización de la actividad, del siguiente modo:

Gastos de pasaje y seguro: Mediante las facturas emitidas por las

empresas contratadas por la Agencia Española de Cooperación Internacional

para la prestación de dichos servicios. A estas facturas habrá de adjuntarse

certificado emitido por la unidad responsable de cada curso, acreditando

la realización y aprovechamiento de los mismos por parte de los

seleccionados.

Asignación económica: Mediante recibos de las cantidades asignadas,

rubricados por los beneficiarios, acompañados de un certificado emitido

por la unidad responsable de cada uno de los cursos, acreditando el pago

por parte de los alumnos del alojamiento y manutención, a los centros

donde se han impartido.

Decimocuarto. Disposiciones finales.

1. Corresponde al Secretario general de la Agencia Española de

Cooperación Internacional, por delegación del Presidente, dictar cuantas

normas sean precisas para la interpretación, desarrollo y ejecución de la

presente convocatoria.

2. La presente Resolución y la de concesión de las ayudas, que ponen

fin a la vía administrativa, podrán ser recurridas ante los Juzgados

Centrales de lo Contencioso-Administrativo, mediante la interposición de

recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados

desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo establecido

en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.

Potestativamente se podrá interponer contra dichas Resoluciones, en el plazo

de un mes, recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo,

ante el órgano que dicta la resolución, conforme a lo establecido en el

artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la

Ley 4/1999, de 13 de enero ("Boletín Oficial del Estado" del 14).

Madrid, 28 de febrero de 2002.-El Presidente, P. D. (Resolución de

29 de diciembre de 2000, "Boletín Oficial del Estado" de 12 de febrero

de 2001), el Secretario general, Rafael Rodríguez-Ponga y Salamanca.

Ilmos. Sres. Director general de Cooperación con Iberoamérica y

Vicesecretaria general de la AECI.

ANEXO I

XIII Curso de Observadores Policiales para Misiones

de Mantenimiento de la Paz de Naciones Unidas

Coordinación general:

Ministerio del Interior. Gabinete de Coordinación y Estudios de la

Secretaría de Estado de Seguridad. Jefe del Área de Cooperación Policial

Internacional. Don José Bernardo Monje Prado. Teléfono: (34) 91 537 20 92/93.

Fax: (34) 91 537 19 44 y 91 537 20 64. Correo electrónico: jbmUses.mir.es

Unidad de planificación y programación del curso:

Centro de Actualización y Especialización de la División de Formación

y Perfeccionamiento. Dirección General de la Policía. Director: Don Felipe

Hernández Díaz. Comisario del Cuerpo Nacional de Policía. Teléfono: (34)

91 322 76 88. Fax: (34) 91 322 76 19. Correo electrónico: jfelipeUdgp.mir.es

Coordinador:

Inspector Jefe: Don Antonio Martínez de la Casa y Morón. Jefe de

Estudios del Centro de Actualización y Especialización. División de

Formación y Perfeccionamiento de la Dirección General de la Policía.

Teléfono: (34) 91 322 76 90. Fax: (34) 91 322 76 19. Correo electrónico:

manogalUdgp.mir.es

Lugar de realización:

Centro de Formación de la Dirección General de la Policía. Carretera

de Madrid, kilómetro 109. 05080 Ávila. Teléfono: (34) 920 35 42 00. Fax:

(34) 920 25 43 89. Director del centro: Comisario del Cuerpo Nacional

de Policía don Francisco Marcelino Pérez Pérez.

Objetivos:

El curso pretende conseguir, entre otros, los siguientes objetivos:

Dar a conocer la estructura organizativa y funciones de las Naciones

Unidas, así como las tareas específicas del Policía adscrito a Misiones

de Paz de esta organización.

Sensibilizar acerca de la importancia del respeto y salvaguardia de

los derechos humanos.

Profundizar sobre técnicas de negociación de conflictos y técnicas

didácticas utilizadas en la formación de adultos y de manejo de la tensión

y las relaciones personales.

Analizar la incidencia del marco geográfico, político y social en el

desarrollo de una Misión de Paz de Naciones Unidas.

Divulgar sistemas y técnicas de protección de personas y edificios,

así como procedimientos de planificación e implantación de dispositivos

de control de masas y de situaciones de crisis.

Dar a conocer técnicas de autoprotección y mantenimiento físico, así

como de manejo y mantenimiento de vehículos 4 ^ 4 y de medios de

comunicación.

Dirigido a:

Funcionarios de Policía que desarrollen actividad profesional en

institución pública con categoría/grado de Oficial en labores de ejecución.

Programa:

Módulo I: La ONU y las Misiones de Paz.

Módulo II: Entrenamiento personal, operativo y psicológico.

Módulo III: Procedimientos y técnicas operativo-policiales.

Módulo IV: Psicopedagogía aplicada.

Módulo V: Seminario relacionado con las operaciones de paz.

Módulo VI: Visitas a diversos centros policiales.

Diploma: El seguimiento a lo largo del curso servirá de base para la

evaluación del aprovechamiento del mismo, expidiéndose, en su caso, el

diploma correspondiente.

Fechas: Del 15 de junio al 15 de julio de 2002.

Número de participantes: 36.

II Curso de "Técnicas de Intervención y Salvamento en Catástrofes"

Coordinación general:

Ministerio del Interior. Dirección General de Protección Civil. Vocal

asesor: Don Carlos Dueñas Molina. Teléfono: (34) 91 537 33 03. Fax: (34)

91 562 89 41.

Unidad de planificación, programación e impartición del curso:

Escuela Nacional de Protección Civil. Director: Don Juan José Román

Fernández. Teléfono: (34) 91 537 30 86. Fax: (34) 91 537 32 79.

Coordinador:

Don Luis Guadaño Tajuelo. Teléfono: (34) 91 537 32 81. Fax: (34)

91 537 32 79.

Lugar de realización:

Escuela Nacional de Protección Civil. Camino de Salmedina, sin

número. Carretera de Valencia (A-3), kilómetro 19. 28529 Rivas-Vaciamadrid

(Madrid). España.

Objetivos:

Adquirir los conocimientos necesarios para evaluar los riesgos a los

que está sometida el área natural de actuación y prever los protocolos

de intervención para reducirlos.

Conocer los diferentes sistemas constructivos de edificaciones e

infraestructuras urbanas e interurbanas y de las redes de suministro de servicios

públicos.

Actualizar los conocimientos sobre nuevas técnicas de intervención

y salvamento en este tipo de siniestros.

Aprender a organizar, coordinar y utilizar el personal, los medios

terrestres, náuticos y aéreos que son necesarios en este tipo de intervenciones.

Estimular el intercambio de información y experiencias entre los

participantes en el ámbito de cooperación de los miembros de la Asociación

Iberoamericana de Protección Civil.

Dirigido a: Componentes de los Cuerpos de Bomberos de Latinoamérica,

con responsabilidad y mando.

Duración: Ciento cuarenta horas.

Horario: De lunes a viernes de nueve a catorce y de dieciséis a dieciocho

horas, durante cuatro semanas consecutivas.

Metodología: Eminentemente activa y participativa, con clases teóricas

complementadas con supuestos prácticos, simulacros y debates.

Programa:

Módulo 1: Las catástrofes: Definición y clasificación.

Módulo 2: Sistemas constructivos y redes de abastecimiento a

poblaciones.

Módulo 3: Principales lesiones producidas en los elementos

estructurales y de servicios.

Módulo 4: Organización de equipos y medios de intervención.

Módulo 5: Tácticas de intervención para el salvamento.

Módulo 6: Procedimientos de afianzamiento de estructuras y corte de

servicios.

Módulo 7: Normas de seguridad en la intervención.

Evaluación: Se realizarán evaluaciones de los conocimientos

adquiridos, expidiéndose el diploma acreditativo a los alumnos que las superen.

Fechas: Del 1 al 26 de octubre de 2002.

Número de participantes: 20.

SIGUEN ANEXOS (Ver imágenes páginas 11627 a 11630)

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 70 del Viernes 22 de Marzo de 2002. Otras disposiciones, Ministerio De Asuntos Exteriores.

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