Boletín Oficial de la República Argentina del 11/07/2017 - Segunda Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 33.663 - Segunda Sección
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Martes 11 de julio de 2017

que su Junta Electoral proclame ganadoras art. 44 siguientes y concordantes de la Ley 26571. Por ello, en consonancia con lo dictaminado por la Fiscalía y las normas citadas, RESUELVO: 1 Reconocer como alianza electoral transitoria de este Distrito de Río Negro a la denominada CAMBIEMOS RIO NEGRO en los términos del art. 10 de la Ley 23298, para intervenir en las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias a realizarse el próximo 13 de agosto y en los comicios nacionales a celebrarse el 22 de octubre, ambas del corriente año, con derecho al uso exclusivo del nombre y del emblema registrado. 2 Otorgar a la alianza electoral transitoria CAMBIEMOS RIO NEGRO el Nº504 conforme a lo dispuesto por la Acordada Extraordinaria Nº25/2001 de la Cámara Nacional Electoral. 3 Registrar como integrantes de esa alianza a los partidos PRO PROPUESTA
REPUBLICA Y UNION CIVICA RADICAL, ambos con personería jurídico política vigente en el Distrito Río Negro y de conformidad con el acuerdo aliancista celebrado fs. 1/22. 4 Registrar como apoderados comunes de la coalición y con sus respectivos domicilios electrónicos a los Sres. Ricardo Alberto Pridebailo y a Micaela Santolaria en representación del Pro Propuesta Republicana y a Sergio Gustavo Ceci y a Oscar Alfredo Machado en representación de la Unión Cívica Radical, debiendo necesariamente actuar al menos un apoderado de cada partido para los actos consignados en el punto 8 del acta constitutiva. 5 Registrar como responsable económico financiero de la alianza en los términos del art. 32 de la Ley 26571 a Juan Carlos Peña MI 16.352.556. 6 Registrar a los Sres. Juan Carlos Peña MI 16.352.556 y José Paniz MI 32.302.883 a los efectos prescriptos por el art. 31
de la Ley 26215, dando por cumplida la previsión del art. 15 del Decreto Nº 936/2010 comunicación de la designación de responsables económico-financieros, como mínimo, 10 diez días antes del inicio de la campaña electoral fijado para el 14/07/2017 según el art. 31 de la Ley 26571. 7 Tener por domicilio físico legal y central de la entidad en calle Alem Nº 42 de Viedma. 8 Registrar la designación de la Mesa Ejecutiva Provincial, como órgano de gobierno de la alianza, integrada por ocho 8 miembros y tres 3 suplentes y su actual composición con las siguientes autoridades todas afiliadas a los partidos coaligados: Titulares: Darío César Berardi MI 17.252.707, Carlos Daniel Toro MI 13.012.343, José Luis Foukes MI 13.012.343 y Miguel Ángel Martínez MI 23.710.889 en representación de la Unión Cívica Radical y los Sres. Enrique Braun de Corral MI 17.443.929, Sergio Javier Wisky MI 17.065.455, Anibal Antonio Tortoriello MI 12.979.035 y Gerardo Daniel González MI 17.061.681 en representación del Pro Propuesta Republicana, y Suplentes: Juan Carlos Valles MI 14.027.748 y Daniel Alberto Sartor MI
14.389.040 por la UCR y Ofelia Irene Stupenengo MI 17.770.174 por el Pro, a los efectos establecidos en el art. 32
de la Ley 23215 y 23 del Decreto Nº443/2011. Autorízase a la actuaria a expedir la pertinente certificación necesaria para la oportuna tramitación de la apertura de la cuenta y subcuentas bancarias en el Banco de la Nación Argentina.
9 Registrar la integración de su Junta Electoral con tres 3 miembros titulares, y tres 3 suplentes, en representación del Pro Propuesta Republicana Ofelia Irene Stupenengo MI N17.770.174 como miembro titular y Cristian Andrés Herrera MI N31.473.398 como suplente y en representación de la Unión Cívica Radical Sergio Gustavo Ceci MI
N18.277.214 y Adrián Torres MI N17.194.704 como miembros titulares y Víctor Hugo Medina MI N10.527.652 y Alberto Manuel Aicardi MI N8.341.989 como suplentes ver punto 14 del acta constitutiva y la demás información acerca de su funcionamiento exigida por el art. 2 del Decreto Nº443/2011, que se publicará en las tablillas de la Secretaría Electoral a los efectos contemplados en el art. 26 de la Ley 26571. 10 Tener presente el Reglamento Electoral Anexo II del acta constitutiva, que obra a fs. 17/21 y el sistema de distribución de los cargos de dos Diputados Nacionales art. 44 de la Ley Nº 26571. 11 Tener presente el acuerdo de distribución de aportes correspondientes al fondo partidario permanente y el acuerdo financiero, contenidos en los puntos 9, 10, 11 y 28
del acta constitutiva y del Acta complementaria de fs. 123 art. 10 incs. a y f de la Ley Nº23298, art. 9 de su decreto reglamentario Nº937/2010 y art. 11 de la Ley 26215. 12 Publicar la Plataforma Electoral de la alianza cuyo texto obra a fs. 8/16 a los efectos establecidos en el art. 22 de la ley 23298, en la página de Internet de la Secretaría Electoral Nacional en cumplimiento de las Acordadas Nºs 58/2002 y 101/07 CNE. 13 Registrar la designación de Iván Martín González Cortes MI 34.141.128 como responsable técnico de campaña de la alianza y de Ignacio Andrés Somorrostro Lazzarini MI 24.251.841 como representante tecnológico y la de sus respectivos alternos art.
5 bis del Decreto Nº937/2015 incorporado por el Decreto Nº776/2015. Comuníquese su registro a la Dirección Nacional Electoral a los efectos previstos en esa norma por oficio. 14 Expídase por Secretaría la pertinente certificación para la oportuna acreditación de la apertura de la cuenta bancaria, que el art. 32 de la Ley 26215, exige se abra en el Banco de la Nación Argentina, a nombre de la alianza y a la orden conjunta de los responsables económico financieros de campaña registrados en los términos del art. 31 de la misma ley, como también para el oportuno acatamiento de la comunicación que corresponde según lo preceptuado por el art. 23 del Decreto Nº443/2011, de la apertura de la o las subcuentas corrientes, para el depósito de los fondos de campaña y para impresión de boletas que en partes iguales la Junta Electoral deberá distribuir entre las listas de precandidatos que se oficialicen. 15 Tener por efectuado, en tiempo y forma, el pedido de reserva del color PANTONE 0131 C, PANTONE 116 C, PANTONE 7549 C, PANTONE 485 U, PANTONE 232 U, PANTONE 225 U, PANTONE 2738 C, PANTONE 308 U y PANTONE 637 U identificatorio de su emblema luciente a fs. 10 a los efectos establecidos en el art. 25 de la Ley Nº26571 y artículos 16, 17 y sigtes y concordantes del Decreto Nº443/2011. 16 Comunicar la presente resolución a la Cámara Nacional Electoral conforme a lo prescripto por el art. 14 in fine y el art. 39 de la ley 23298 y sus modificatorias, como también por el art. 6 incisos e y f de su decreto reglamentario Nº937/2010
-con las modificaciones introducidas por el Decreto Nº776/2015- para la actualización del Registro Nacional de Agrupaciones Políticas por oficio tradicional según lo establecido en la Acordada Extraordinaria Nº40/2013 CNE

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Boletín Oficial de la República Argentina del 11/07/2017 - Segunda Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

CountryArgentina

Date11/07/2017

Page count93

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First edition02/01/1989

Last issue12/07/2024

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