Boletín Oficial de la República Argentina del 11/05/2017 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Jueves 11 de mayo de 2017

Primera Sección
BOLETÍN OFICIAL Nº 33.622

7

MINISTERIO DESEGURIDAD

MINISTERIO DESEGURIDAD

Resolución 387-E/2017

Resolución 420-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 26/04/2017

Ciudad de Buenos Aires, 06/05/2017

VISTO el Expediente EX-2016-03464860-APN-SECCPJMPYLMSG
del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, y la Ley N26.375, las Resoluciones M.J.y D.H. N1552 del 24 de agosto de 2012, N2318
del 5 de noviembre de 2012 y N2313 del 13 de noviembre de 2015, la Resolución Conjunta M.J.y D.H. N445 y M.S. N271 del 1 de julio de 2016 y la Resolución RESOL-2017-160 -APN-SECCPJMPYL160
-APN-SECCPJMPYLMSG del registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, y
VISTO el Expediente EX-2017-002979025- APN-DRHDYMEMSG del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, los Decretos Nros. 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios y 1.165 de fecha 11 de noviembre de 2016,y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N26.375 se creó un FONDO DE RECOMPENSAS, en jurisdicción del entonces MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, actual MINISTERIO DE JUSTICIA
Y DERECHOS HUMANOS, destinado a abonar una compensación dineraria a aquellas personas que brinden a la UNIDAD ESPECIAL
PARA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA, o a otra dependencia que la autoridad de aplicación determine, datos útiles mediante informes, testimonios, documentación y todo otro elemento o referencia fidedigna y/o fehaciente, cuando resultasen determinantes para la detención de personas buscadas por la justicia que registren orden judicial de captura o búsqueda de paradero, en causas penales en las que se investiguen delitos de lesa humanidad.
Que el artículo 6 de la mencionada Ley permite prorrogar o restablecer el ofrecimiento de recompensas que hubiesen sido dispuestas por resolución.
Que mediante la Resolución N2017-160 -APN-MSG del 1 de marzo del corriente año se restablecieron en su vigencia por el término de DOCE 12 meses, a partir del dictado de la medida, las recompensas ofrecidas a través de las Resoluciones M.J. y D.H. Nros. 361 del 26 de marzo de 2013, 754 del 20 de mayo de 2013, 692 del 17 de mayo de 2013, 1013 del 13 de junio de 2014, 1023 del 30 de mayo de 2013, 1107
del 5 de julio de 2013, 1108 del 25 de julio de 2013, 1099 del 05 de julio de 2013, 1103 del 05 de julio de 2013, 1104 del 05 de julio de 2013, 1096
del 05 de julio de 2013, 1105 del 05 de julio de 2013, 1014 del 13 de junio del 2014, 1677 del 13 de septiembre de 2013, 1678 del 13 de septiembre de 2013, 1909 del 7 de octubre de 2014, 2265 del 26 de octubre del 2012., 2461 del 03 de diciembre del 2013, 1728 del 12 de agosto del 2015, 1257 de 04 de agosto del 2014, 398 del 09 de septiembre del 2009, 1341 del 30 de julio del 2013, 449 del 04 de abril del 2011, 1376 del 27 de agosto del 2014, 1576 del 22 de agosto del 2012, 448 del 04 abril del 2011, y 1178 del 19 de agosto del 2011, que han sido restablecidas o prorrogadas en su vigencia a través de las Resoluciones M.J. y D.H.
Nros. 1556 del 24 de julio del 2015, 1081 del 15 de mayo de 2015, 1387
del 3 de julio de 2015, 1973 del 02 de octubre de 2015, 2386 del 30 de noviembre del 2015, 1743 del 14 de agosto del 2015, y 1728 del 12 de agosto del 2015.
Que es intención de esta Cartera publicar la mencionada Resolución en el Boletín Oficial de la República Argentina con el objeto de poner en conocimiento de la comunidad la vigencia de las recompensas oportunamente ofrecidas para los casos que la resolución contempla.
Que por un error material involuntario se omitió introducir el término publíquese en el artículo 6 de la misma.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley N26.375, a lo preceptuado en el Anexo I de la Resolución M.J. y D.H. N2318/12 y su modificatoria y por la Resolución Conjunta M.J y D.H. N445 y M.S. N271.
Por ello, LAMINISTRA DESEGURIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- Ordénase la publicación de la Resolución N 2017160 -APN-MSG que obra como ANEXO IF-2017-07335420- APNSECCPJMPYLMSG de la presente medida, en el Boletín Oficial de la República Argentina.
ARTÍCULO 2.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Patricia Bullrich.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n estea Resolución se publican en la edición web del BORA www.boletinoficial.gob.ar y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
e. 11/05/2017 N30688/17 v. 11/05/2017

CONSIDERANDO:
Que mediante las actuaciones citadas en el VISTO, tramitan las prórrogas de diversas designaciones transitorias efectuadas en distintas áreas de la jurisdicción.
Que por razones de índole operativa no se ha podido tramitar el proceso de selección para la cobertura del cargo en cuestión.
Que mediante el Decreto N 1.165/16, se facultó a los Ministros, Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, y autoridades máximas de organismos descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas por el Presidente de la Nación o el Jefe de Gabinete de Ministros, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas prórrogas.
Que, asimismo, por el Decreto citado precedentemente se estableció que el acto administrativo que disponga la prórroga deberá comunicarse al MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN dentro de los CINCO 5 días de dictado el acto que lo disponga.
Que la presente medida no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que existe crédito suficiente en el presupuesto de la Jurisdicción para hacer frente al gasto que demande la medida que se propicia.
Que ha tomado intervención la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS
JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE SEGURIDAD.
Que la suscripta es competente para el dictado de la presente medida en virtud del artículo 1 del Decreto N1.165/16.
Por ello, LAMINISTRA DESEGURIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- Prorróganse, a partir del 24 de mayo de 2016 fecha de sus vencimientos y por el término de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida, las designaciones transitorias de los agentes consignados en la planilla que, como ANEXO GDE IF-2017-08082035-APN-JGAMSG, forma parte integrante de la presente, en los cargos de la planta permanente del MINISTERIO DE SEGURIDAD, niveles, grados y funciones, conforme allí se detallan y que fueran prorrogadas en último término por el Decreto N1800 de fecha 31 de agosto de 2015.
ARTÍCULO 2.- Prorrógase, a partir del 19 de mayo de 2016 fecha de su vencimiento y por el término de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida, la designación transitoria oportunamente dispuesta por el Decreto N1755 de fecha 26 de agosto de 2015, de Doña Mabel Kimberly MAMANI LAURA D.N.I.
N93.877.981 en UN 1 cargo Nivel E - Grado 0 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO
PÚBLICO SI.N.E.P., homologado por el Decreto N2.098/08, sus modificatorios y complementarios, correspondiente a la planta permanente del MINISTERIO DE SEGURIDAD para cumplir funciones como AUXILIAR ADMINISTRATIVA, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos de acceso al Nivel E, establecidos en el artículo 14 del citado Convenio.
ARTÍCULO 3.- En ningún caso los vencimientos de las prórrogas de las designaciones transitorias involucradas en la presente medida podrán exceder el 31 de octubre de 2017, estableciendo que aquellas cuyos vencimientos superen dicho límite temporal se tendrán como vencidas el 31 de octubre de 2017.
ARTÍCULO 4.- Instrúyese a la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA a fin que, de conformidad con el artículo 1 del Decreto 1.165/16, comunique el presente acto administrativo al MINISTERIO DE
MODERNIZACIÓN dentro de los CINCO 5 días de dictado el mismo.
ARTÍCULO 5.- Los cargos involucrados en la presente medida deberán ser cubiertos conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III y IV, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO SI.N.E.P., homologado por el Decreto N 2.098/08, sus modificatorios y complementarios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 11/05/2017 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date11/05/2017

Page count58

Edition count9392

First edition02/01/1989

Last issue10/07/2024

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