Boletín Oficial de la República Argentina del 13/09/2016 - Primera Sección

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Martes 13 de septiembre de 2016

12

BOLETÍN OFICIAL Nº 33.460

PRESIDENCIA DELANACIÓN

ANEXO I
Conformación, Responsabilidades, y Funcionamiento del Comité PREVAC

AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

1. Integración.

Resolución 451/2016

El Comité PREVAC estará integrado por los expertos de los Organismos y áreas que se enuncian a continuación, pudiéndose ampliar o reducir la convocatoria de acuerdo con las Recomendaciones de Seguridad Operacional RSO a analizar en cada reunión:

Buenos Aires, 24/08/2016

b. Dirección Nacional de Investigación de Accidentes de la JIAAC.

VISTO, la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N24.804, su Decreto Reglamentario N1390/98, el Procedimiento interno de esta ARN G-Clase II y III-02 Revisión 4 Gestión de Permisos Individuales para Personal de Instalaciones Radiactivas Clase II, los trámites de solicitud de permisos individuales referidos en el Anexo a la presente Resolución, lo actuado por la GERENCIA
SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS y lo recomendado por el CONSEJO
ASESOR EN APLICACIONES DE RADIOISÓTOPOS Y RADIACIONES IONIZANTES CAAR, y
c. Dirección Nacional de Control de Gestión y Desarrollo de la JIAAC.

CONSIDERANDO:

d. Servicio Meteorológico Nacional.

Que conforme lo establecido en el Artículo 9 Inciso a de la Ley N24.804, toda persona física o jurídica para desarrollar una actividad nuclear en la República Argentina, deberá ajustarse a las regulaciones que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR ARN en el ámbito de su competencia y solicitar el otorgamiento de la licencia, permiso o autorización respectiva que lo habilite para su ejercicio. Asimismo, la referida Ley en su Artículo 16 Inciso c establece que es facultad de la ARN otorgar, suspender y revocar licencias, permisos o autorizaciones para los usuarios de material radiactivo.

a. Departamento Vigilancia del Sistema de Seguridad Operacional de la Unidad de Planificación y Control de Gestión de la ANAC.

e. Dirección General Legal, Técnica y Administrativa de la ANAC.
f. Dirección Gral. de infraestructura y servicios aeroportuarios de la ANAC.
g. Dirección Nacional de Inspección de Navegación Aérea de la ANAC.
h. Dirección Nacional de Seguridad Operacional de la ANAC.
i. Dirección Nacional de Transporte Aéreo de la ANAC.

Que las personas individualizadas en el listado que se incluye como Anexo a la presente Resolución, presentaron el formulario de solicitud de permiso individual para el uso de radioisótopos o radiaciones ionizantes.
Que la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS y la SUBGERENCIA
CONTROL DE APLICACIONES INDUSTRIALES, han verificado que se hayan dado cumplimiento a los procedimientos regulatorios previstos para la tramitación de las solicitudes mencionadas, y que los solicitantes poseen la formación, la capacitación y el entrenamiento requeridos para la obtención o renovación de los citados permisos.

j. Unidad de Relaciones Institucionales de la ANAC.
2. Responsabilidades Será responsabilidad del Comité de PREVAC:
a. El análisis integral de las Recomendaciones de Seguridad Operacional RSO, preliminares o definitivas con el objeto de corroborar si:
- Tienen relación directa con un hecho que tiene incidencia en la seguridad operacional.
- La información expresada es precisa e incuestionable.
- Son resultado de un adecuado análisis.
- Su destinataria es la entidad adecuada y/o competente para llevar cada una de ellas a cabo.

Que el CONSEJO ASESOR EN APLICACIONES DE RADIOISÓTOPOS Y RADIACIONES IONIZANTES CAAR en su Reunión N05/2016 - Listado 854 - Aplicaciones Industriales, recomendó dar curso favorable a los trámites de solicitud referidos.
Que los solicitantes han dado cumplimiento a los requisitos necesarios a fines de la obtención o renovación de los permisos solicitados.
Que la GERENCIA ASUNTOS JURÍDICOS y la GERENCIA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y RECURSOS de esta ARN han tomado en el trámite la intervención que les compete.

- Son factibles y realizables.

Que el Directorio la Autoridad Regulatoria Nuclear es competente para el dictado del presente acto, conforme lo establecen los Artículos 16 Inciso c y 22 de la Ley N24.804.

- Evitan el riesgo de ser resultar excesivamente prescriptivas.

Por ello, en su reunión de fecha 17 de agosto de 2016 Acta N33

- Se concentran en los resultados.

EL DIRECTORIO
DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
RESOLVIÓ:

- Son redactadas de forma tal que identifican claramente la deficiencia que originó el suceso, las medidas a adoptar y el resultado que de estas se espera.
b. La evaluación del impacto de las RSO en relación con cuestiones políticas, económico-financieras u operacionales.
c. La sugerencia de aceptación, ampliación o rechazo de las recomendaciones de acuerdo a los fundamentos de los expertos intervinientes.
d. El seguimiento del grado de cumplimiento de cada una de ellas por parte de las autoridades de fiscalización correspondientes al aspecto de las RSO en cuestión.
e. La evaluación del grado de respuesta obtenido, a través de los informes de las autoridades de fiscalización correspondientes al aspecto de las RSO en cuestión.
f. La confección de informes de seguimiento periódicos.

ARTÍCULO 1 Otorgar los permisos individuales correspondientes a la Reunión del CAAR N05/2016
- Listado 854 - Aplicaciones Industriales, que se incluye en el Anexo a la presente Resolución.
ARTÍCULO 2 Comuníquese a la SECRETARÍA GENERAL, a la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA FÍSICA Y SALVAGUARDIAS. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina, publíquese en el Boletín de este organismo y archívese en el REGISTRO CENTRAL. Ing. NÉSTOR ALEJANDRO MASRIERA, Presidente del Directorio.
ACTA N854/2016
Expediente N

Propósito
Actuación N

CIMA ERIC

9.0.2-USO DE FUENTES RADIACTIVAS
DE MEDICIÓN INDUSTRIAL

01

07659-IN

FERNANDEZ DARÍO

9.0.2-USO DE FUENTES RADIACTIVAS
DE MEDICIÓN INDUSTRIAL

01

07940-IN

Permisos Individuales Nuevos
g. Confección de un informe estadístico anual.
3.- Funcionamiento:
a. Las Recomendaciones de Seguridad Operacional RSO, que se reciban en esta Administración Nacional, serán remitidas al Departamento Vigilancia del Sistema de Seguridad Operacional de la Unidad de Planificación y Control de Gestión para su tratamiento y análisis.

07941-IN

PEREZ JOSÉ MARÍA

9.0.2-USO DE FUENTES RADIACTIVAS
DE MEDICIÓN INDUSTRIAL

01

07883-IN

QUICCHI LUIS ALBERTO

9.0.2-USO DE FUENTES RADIACTIVAS
DE MEDICIÓN INDUSTRIAL

01

07942-IN

VOOGT ROBERTO ENRIQUE

01

b. Una vez recibidas estas recomendaciones, Departamento Vigilancia del Sistema de Seguridad Operacional procederá a:

9.0.2-USO DE FUENTES RADIACTIVAS
DE MEDICIÓN INDUSTRIAL

07943-IN

ZACARÍAS SEBASTIÁN EDUARDO

9,0.2-USO DE FUENTES RADIACTIVAS
DE MEDICIÓN INDUSTRIAL

01

07944-IN

ZÁRATE DANIEL MARCELO

9.0.2-USO DE FUENTES RADIACTIVAS
DE MEDICIÓN INDUSTRIAL

01

GIOVANINI MAURO DAMIÁN

9.9-USO DE FUENTES
SELLADAS EN PERFILAJE
DE POZOS PETROLÍFEROS.

01

- Analizar las RSO recibidas a fin de determinar los integrantes del Comité de PREVAC que deberían participar en la reunión que las analizará.

07903-IN

- Convocar la reunión del Comité de PREVAC.
- Coordinar la reunión del citado comité, confeccionando un acta de lo actuado, en la que se registrará el listado de asistentes y conclusiones alcanzadas. El acta será rubricada por los participantes.
- Distribuir copia del acta a los organismos y dependencias involucradas.
c. El Comité de PREVAC procurará arribar a las conclusiones por consenso. Cuando ello no resultara posible, el acta que las contenga dejará constancia de las disidencias u abstenciones, si las hubiera.
d. Las autoridades de fiscalización correspondientes al aspecto de las RSO en cuestión tomarán nota de los hallazgos alcanzados por la RSO y las constataciones que se deben realizar oportunamente.
e. En caso que las autoridades de fiscalización correspondientes al aspecto de las RSO en cuestión observen incumplimiento de la RSO, confeccionarán un Acta de Constatación.

Expediente N

Permisos Individuales Renovados
Propósito
Actuación N
03

05636-IN

CAMPO SERGIO DARÍO

11-USO DE TRAZADORES
RADIACTIVOS EN APLICACIONES
INDUSTRIALES Y DE INVESTIGACIÓN

06488-IN

METZKE BIRGIT ASTRID

6.2.3-IMPORTACIÓN, EXPORTACIÓN
Y VENTA PARA GAMMAGRAFÍA
INDUSTRIAL

03

06488-IN

METZKE BIRGIT ASTRID

6.9-IMPORTACIÓN Y VENTA DE
MATERIAL RADIACTIVO A USUARIOS
AUTORIZADOS POR LA ARN

03

05546-IN

ANDRADA SERGIO RAÚL

9.0-OPERACIÓN DE EQUIPOS
DE GAMMAGRAFÍA INDUSTRIAL

03

04803-IN

GONZALEZ JOSE MARÍA

9.0-OPERACIÓN DE EQUIPOS
DE GAMMAGRAFÍA INDUSTRIAL

04
03

f. Las autoridades de fiscalización correspondientes al aspecto de las RSO en cuestión informarán al Departamento Vigilancia del Sistema de Seguridad Operacional de la Unidad de Planificación y Control de Gestión los resultados obtenidos a los efectos que resultaran pertinentes.

05735-IN

LEDESMA ROBERTO CEFERINO

9.0-OPERACIÓN DE EQUIPOS
DE GAMMAGRAFÍA INDUSTRIAL

06430-IN

MATILLA FABIÁN EDGARDO

9.0.2-USO DE FUENTES RADIACTIVAS
DE MEDICIÓN INDUSTRIAL

02

06493-IN

MARASTONI JUAN IGNACIO

02

g. El Departamento Vigilancia del Sistema de Seguridad Operacional informará estos resultados a la Dirección Nacional de Control de Gestión y Desarrollo de la JIAAC, y en su caso, evaluará la necesidad de convocar al Comité de PREVAC para realizar un análisis de riesgo de seguridad operacional del incumplimiento de la RSO y propondrá las medidas del caso a las autoridades competentes.

9.9-USO DE FUENTES
SELLADAS EN PERFILAJE
DE POZOS PETROLÍFEROS.

06601-IN

SUAREZ JUAN VICENTE

9.9-USO DE FUENTES
SELLADAS EN PERFILAJE
DE POZOS PETROLÍFEROS.

02

e. 13/09/2016 N66554/16 v. 13/09/2016

e. 13/09/2016 N66480/16 v. 13/09/2016

About this edition

Boletín Oficial de la República Argentina del 13/09/2016 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date13/09/2016

Page count44

Edition count9385

First edition02/01/1989

Last issue03/07/2024

Download this edition

Other editions

<<<Septiembre 2016>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
252627282930