Boletín Oficial de la República Argentina del 31/03/2016 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Jueves 31 de marzo de 2016

DECISIONES
ADMINISTRATIVAS

ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA NACIONAL
Decisión Administrativa 252/2016
Relevamiento de Equipamientos Tecnológicos, Redes de Comunicaciones y Datos y Estructuras de Funcionamiento en Centro de Procesamiento de Datos.

Bs. As., 30/03/2016
VISTO el Expediente N4681/2016 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley de Ministerios texto ordenado por Decreto N438 del 12 de marzo de 1992 y sus modificatorias, los Decretos Nros. 856 de fecha 22 de julio de 1998, 13
de fecha 10 de diciembre de 2015, 151 de fecha 17 de diciembre de 2015, la Resolución de la entonces SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS N280 de fecha 16 de noviembre de 2015, y CONSIDERANDO:
Que por la modificación de la Ley de Ministerios mencionada en el Visto, la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS tiene asignadas atribuciones de coordinación y contralor de las actividades de los diferentes Ministerios, realizando su programación y control estratégico, a fin de obtener coherencia en el accionar de la administración e incrementar su eficacia.
Que asimismo la normativa mencionada establece que corresponde a la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS intervenir en los planes de acción de las sociedades del Estado, entidades autárquicas, organismos descentralizados o desconcentrados.
Que a su vez, compete al MINISTERIO
DE MODERNIZACION entender en el perfeccionamiento de la organización y funcionamiento de la Administración Pública Nacional Central y Descentralizada, procurando optimizar y coordinar los recursos técnicos con que cuenta, como así también intervenir en la definición de estrategias y estándares sobre tecnología de la información, comunicaciones asociadas y otros sistemas electrónicos de tratamiento de la información, y en el desarrollo de sistemas tecnológicos con alcance transversal o comunes a los organismos y entes de la Administración Pública Nacional, Centralizada y Descentralizada.
Que, por el artículo 5 del Decreto N856
de fecha 22 de julio de 1998 se establece que los organismos de la Administración Nacional, tanto Centralizada como Descentralizada, deben suministrar a la entonces SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN
PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS, para su intervención y opinión, toda la información relativa a sus proyectos de adquisición o arrendamientos de bienes y servicios de carácter informático y sus comunicaciones asociadas, antes de proceder a la respectiva convocatoria a presentar ofertas y con una antelación que permita su adecuada evaluación, quedando solo excluidos de dicha intervención las contrataciones de los conceptos detallados en el Anexo al mencionado artículo y pudiendo dicho órgano ampliar o restringir el enunciado de los mismos.
Que, a su turno, la Resolución de la entonces SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
N280 de fecha 16 de noviembre de 2015
determinó los elementos exentos de esa intervención.
Que por medio del artículo 1 del Decreto N 151 del 17 de diciembre de 2015 se
transfirió la entonces SECRETARÍA DE GABINETE de la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS a excepción de la SUBSECRETARÍA PARA LA REFORMA INSTITUCIONAL Y FORTALECIMIENTO DE LA DEMOCRACIA al MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN y, a su turno, por Decreto N13 de fecha 5 de enero de 2016 se determinaron los objetivos de la SUBSECRETARÍA DE
TECNOLOGÍA Y CIBERSEGURIDAD en el ámbito del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, la que dirige y supervisa el accionar de la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN ONTI.
Que de lo expuesto resulta ser que la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍA Y CIBERSEGURIDAD del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ha sucedido a la ex SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS en la función que le asignaba el citado artículo 5 del Decreto N856 de fecha 22 de julio de 1998.
Que en virtud del marco normativo descripto y a los fines de sistematizar y optimizar los procesos de incorporación de los bienes y servicios de carácter informático y sus comunicaciones asociadas, resulta obligatoria la intervención de la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍA Y CIBERSEGURIDAD a efectos de que emita el dictamen técnico correspondiente.
Que ha tomado la intervención que le compete, el Servicio Jurídico competente del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN.
Que la presente medida se dicta de acuerdo con las facultades conferidas por el artículo 100 inciso 1 de la CONSTITUCIÓN
NACIONAL.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1 Instrúyese al MINISTERIO DE
MODERNIZACIÓN a realizar un relevamiento de los equipamientos tecnológicos, de las redes de comunicaciones y datos y de las estructuras de funcionamiento existentes en centros de procesamiento de datos de cada Ministerio de la Administración Pública Nacional, sus organismos descentralizados y desconcentrados, y entidades y sociedades que se desarrollan bajo su órbita, estableciendo el criterio de prioridades a los efectos de la programación y alcance del mismo.
El relevamiento deberá permitir:
a Evaluar y diagnosticar el estado general de las áreas de tecnología y sistemas de las distintas dependencias y organismos de la Administración Pública Nacional.
b Tomar conocimiento de la situación actual de los controles generales de las áreas de tecnología informática, la eficiencia en la utilización de los recursos y el grado de impacto de los mismos sobre la operación.
c Identificar los principales riesgos existentes vinculados con la tecnología informática que da soporte a los aplicativos críticos de los organismos alcanzados.
d Tomar conocimiento de todo aquel aspecto que el MINISTERIO DE MODERNIZACION
considere relevante y necesario evaluar para la elaboración de un plan de acción.
Art. 2 En base al relevamiento efectuado, el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN presentará a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, una propuesta de plan integral orientada a un mejor aprovechamiento de los recursos involucrados, basada en un criterio de reducción de costos, mayor eficiencia y seguridad de las operaciones. El plan integral incluirá:
a Recomendaciones para cada debilidad detectada, identificando los beneficios de las mismas.
b Normas y mejores prácticas a las cuales alinear los cambios propuestos.

BOLETIN OFICIAL Nº 33.347

c Descripción de desvíos respecto a las mejores prácticas y riesgos asociados.
d Plan de propuestas global a corto y mediano plazo.
e Todo otro aspecto que sea necesario mencionar a los fines de otorgar una mayor eficiencia al plan de acción que se proponga.
Art. 3 Establécese que toda dependencia requirente de bienes o servicios de carácter informático y sus comunicaciones asociadas conforme a los términos del artículo 1 de la presente, deberá dar intervención obligatoria de la SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍA Y
CIBERSEGURIDAD del MINISTERIO DE MODERNIZACION, a efectos de que emita el correspondiente dictamen, en el marco del Decreto N856 del 22 de Julio de 1998 y normas complementarias.
Art. 4 Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Marcos Peña. Andrés H. Ibarra.

JEFATURA DEGABINETE
DEMINISTROS
Decisión Administrativa 255/2016
Designación en la Dirección General Técnico Administrativa.

Bs. As., 30/03/2016
VISTO el Expediente N CUDAP: EXP-JGM
0006441/2016 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley N27.198, el Decreto N227 del 20 de enero de 2016 y lo solicitado por la DIRECCIÓN
GENERAL TÉCNICO ADMINISTRATIVA de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN
ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE
RELACIONES PARLAMENTARIAS Y ADMINISTRACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto, tramita la designación transitoria por el término de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles como Coordinador de Seguridad de la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICO
ADMINISTRATIVA de la SUBSECRETARÍA
DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE RELACIONES PARLAMENTARIAS Y ADMINISTRACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, del Doctor D. Luis María Marcelo PATTI.
Que por la Ley N27.198 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016.
Que el artículo 7 de la mencionada ley establece que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes y financiados existentes a la fecha de su sanción, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros.
Que mediante el Decreto N227 del 20 de enero de 2016 se estableció entre otras cuestiones, que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de rango y jerarquía inferior a Subsecretario, que corresponda a cargos de la dotación de su planta permanente y transitoria y cargos extraescalafonarios, correspondiente a los cargos vacantes y financiados con la correspondiente partida presupuestaria de conformidad a las estructuras jurisdiccionales aprobadas será efectuada por el señor Jefe de Gabinete de Ministros, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que en la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE RELACIONES PARLAMENTARIAS Y ADMINISTRACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, se en-

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cuentra vacante y financiado un cargo Nivel B - Grado 0 de Coordinador de Seguridad con Función Ejecutiva Nivel IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO
SINEP, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, cuya cobertura se impone con cierta inmediatez, frente a la necesidad de cumplir en tiempo y forma las exigencias del servicio.
Que en función de lo citado precedentemente resulta necesario designar al Doctor D. Luis María Marcelo PATTI en el cargo de Coordinador de Seguridad de la DIRECCION GENERAL TÉCNICO ADMINISTRATIVA de la SUBSECRETARIA DE
COORDINACION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE RELACIONES PARLAMENTARIAS Y ADMINISTRACIÓN de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL DE
ASUNTOS JURIDICOS de la SUBSECRETARIA DE ASUNTOS LEGALES de la SECRETARIA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes de los artículos 100, inciso 3, de la CONSTITUCION
NACIONAL, 7 de la Ley N27.198 y 1 del Decreto N227/16.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1 Desígnase, con carácter transitorio, por el término de CIENTO OCHENTA
180 días hábiles a partir del dictado de la presente medida, en un cargo Nivel B - Grado 0
como Coordinador de Seguridad de la DIRECCION GENERAL TECNICO ADMINISTRATIVA
de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION
ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE RELACIONES PARLAMENTARIAS Y ADMINISTRACION de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, al Doctor D. Luis María Marcelo PATTI D.N.I. N 20.665.255, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO
PUBLICO SINEP aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N2098 del 3 de diciembre de 2008
y sus modificatorios con carácter de excepción a lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley N 27.198, y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14, Título II, Capítulo III del Convenio citado precedentemente.
Art. 2 El cargo involucrado en la presente medida deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII; y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N2098/08 y sus modificatorios dentro del plazo de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles contados a partir del dictado de la presente medida.
Art. 3 El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará con cargo a los créditos de las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS.
Art. 4 Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL
y archívese. Marcos Peña. Rogelio Frigerio.

MINISTERIO DECULTURA
Decisión Administrativa 254/2016
Designación.

Bs. As., 30/03/2016
VISTO el Expediente CUDAP N 770/16 del Registro del MINISTERIO DE CULTURA, la Ley N27.198, los Decretos Nros. 35 de

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Boletín Oficial de la República Argentina del 31/03/2016 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date31/03/2016

Page count56

Edition count9407

First edition02/01/1989

Last issue25/07/2024

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