Boletín Oficial de la República Argentina del 09/01/2015 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Viernes 9 de enero de 2015

se abonen como consecuencia del presente acuerdo. En este supuesto ambas partes se reunirán para estudiar y conformar los nuevos salarios.
CUARTA: Ambas partes en forma conjunta presentarán el presente acuerdo ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, a los fines de su homologación.
QUINTA: Sin perjuicio de ello lo aquí pactado será considerado de cumplimiento inmediato dentro del marco del Art. N1197 del Código Civil atento que se trata de un Convenio Colectivo de Empresa.
No siendo para más, leída y ratificada la presente, las partes firman al pie en señal de plena conformidad cinco 5 ejemplares de un mismo tenor y a iguales efectos en lugar y fecha indicados al comienzo del presente.

BOLETIN OFICIAL Nº 33.046

63

MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL
SECRETARÍA DETRABAJO
Resolución 2247/2014
Bs. As., 21/11/2014

VISTO el Expediente N1.612.272/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO
Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N14.250 t.o. 2004, la Ley N20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias, y CONSIDERANDO:

ANEXO C

Que a fojas 2/4 del Expediente N 1.638.417/14 agregado a fojas 12 del principal, obra el Acuerdo celebrado por la UNIÓN TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES
U.T.E.D.Y.C., por la parte gremial, y la ASOCIACIÓN BANCARIA SOCIEDAD DE EMPLEADOS
DE BANCO, por el sector empleador, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N14.250 t.o. 2004.

Artículo N31 - Escala de Sueldos y Jornales C.C.T. N3/89
Carraro Argentina S.A.
VIGENCIA 01/07/2014 al 30/09/2014

Que bajo dicho acuerdo las precitadas partes pactaron condiciones salariales en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N1158/10 E, conforme surge de los términos y contenido del texto.
Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo se corresponde con la actividad principal de la parte empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.
Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el acuerdo alcanzado, se procederá a remitir a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el pertinente Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el artículo 245 de la Ley N20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N14.250 t.o. 2004.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado acuerdo.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N900/95.
Por ello, LA SECRETARIA
DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1 Declárase homologado el Acuerdo celebrado por la UNIÓN TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES U.T.E.D.Y.C., por la parte gremial y la ASOCIACIÓN
BANCARIA SOCIEDAD DE EMPLEADOS DE BANCO, por el sector empleador, obrante a fojas 2/4
del Expediente N1.638.417/14 agregado a fojas 12 del principal, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N14.250 t.o. 2004.
ARTÍCULO 2 Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registros, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 2/4 del Expediente N 1.638.417/14 agregado a fojas 12 del principal.

VIGENCIA 01/07/2014 al 30/09/2014

ARTÍCULO 3 Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de las escalas salariales que por este acto se homologan y de conformidad a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley N20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias.
Finalmente procédase a la guarda del presente legajo, conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa N1158/10 E.
ARTÍCULO 4 Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley N14.250 t.o. 2004.
ARTÍCULO 5 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente N1.612.272/14
Buenos Aires, 25 de Noviembre de 2014
De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST N2247/14 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/4 del expediente N1.638.417/14 agregado como fojas 12 al expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1807/14. VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 14 del mes de Julio de 2014, se reúnen en representación de la UNIÓN DE TRABAJADORES DE ENTIDADES DEPORTIVAS Y CIVILES
U.T.E.D.Y.C. los señores Carlos Bonjour, Secretario General Nacional, Gustavo Padin, Secretario Gremial Nacional, Marcel Carretero, Subsecretaria Gremial Nacional, Marcelo Rodriguez y representación de las Seccionales Punilla y la delegada gremial Cristina Hernandez, todos constituyendo domicilio especial en Alberti 646 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el sector gremial;
y por la parte empleadora lo hacen los señores Sergio Palazzo Secretario General, Cristina Maino Pro Secretaria de Finanzas y Patricia Rinaldi Pro Secretaria de Administración de la ASOCIACIÓN BANCARIA SEB, constituyendo domicilio especial en la calle Sarmiento N341 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 09/01/2015 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date09/01/2015

Page count72

Edition count9394

First edition02/01/1989

Last issue12/07/2024

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