Boletín Oficial de la República Argentina del 07/01/2015 - Primera Sección

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Primera Sección
Miércoles 7 de enero de 2015

Que los integrantes del Comité de Selección han actuado en un todo de acuerdo con lo dispuesto por el Decreto N2.098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, y con los procedimientos de selección establecidos por la Resolución de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N39/10 y sus modificatorias.
Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N1.297 del 26 de noviembre de 2013, se aprobó el Orden de Mérito Definitivo para TRES 3 cargos del Agrupamiento Profesional, Nivel C, Profesional en Gestión Territorial de Políticas de Trabajo de la Delegación Regional Mendoza de la Dirección Regional Cuyo de la Dirección Nacional de Relaciones Federales dependiente de la SECRETARIA DE TRABAJO del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL, conforme lo consignado en el Anexo que forma parte integrante de dicha resolución.
Que por el artículo 31 del Anexo al Decreto N2.098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, se establece que el personal que accediera a un nivel escalafonario superior dentro de su agrupamiento de conformidad con lo dispuesto en el referido artículo, continuará con su carrera a partir del Grado y Tramo equivalente al alcanzado en su nivel anterior, fijando a ese efecto la modalidad para su asignación.
Que por el artículo 128 del Anexo al Decreto N 2.098/08 y sus modificatorios, se establece que en el supuesto del trabajador que por al menos TRES 3 ejercicios presupuestarios se desempeñara como personal no permanente, mediante contratos o designaciones transitorias vigentes al momento de su inscripción en un proceso de selección, prestando servicios tanto equivalentes equiparados al mismo nivel, como superiores equiparados a un nivel superior, a los del cargo para el que se postula ocupar, el órgano selector podrá recomendar su incorporación en el Grado escalafonario que resulte de la aplicación de la proporción dispuesta en el inciso a del referido artículo 31, a razón de UN 1 Grado escalafonario por cada DOS 2 Grados de equiparación reconocidos en dichos contratos o designaciones transitorias, y si se verificara el supuesto respectivo, con más lo resultante de la aplicación de lo dispuesto en el inciso c del citado artículo.
Que por el Acta N49 del 26 de noviembre de 2.013, el Comité de Selección N1, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 31 y 128 del Anexo al Decreto N2.098/08 y sus modificatorios, recomienda incorporar los postulantes referidos en el ANEXO de la presente medida en los Grados del Nivel escalafonario de los cargos concursados que allí se determinan.
Que las designaciones en los cargos aludidos no constituyen asignación de recurso extraordinario alguno.
Que mediante el Decreto N491 del 12 de marzo de 2002 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta Permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, del artículo 1 del Decreto N491/02, y de los artículos 7 y 10 de la Ley N26.895.

LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1 Exceptúase al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, al solo efecto de posibilitar la cobertura de los cargos vacantes financiados cuyo detalle obran en el ANEXO del presente Decreto, de lo dispuesto por el artículo 7 de la Ley N26.895.
Art. 2 Desígnense a las personas que se mencionan en el ANEXO que forma parte integrante del presente Decreto, en el Agrupamiento, Tramo, Nivel y Grado escalafonario correspondiente al Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL
DE EMPLEO PUBLICO SINEP homologado por el Decreto N2.098/08 y sus modificatorios, y en la Dependencia del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL que se determina.
Art. 3 El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 75 - MINISTERIO
DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.
Art. 4 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Jorge M. Capitanich. Carlos A. Tomada.
ANEXO

AGRUPAMIENTO

DECISIONES
ADMINISTRATIVAS

MINISTERIO DESALUD
Decisión Administrativa 1181/2014
Decisión Administrativa N 1108/2014.
Modificación.

Bs. As., 30/12/2014
VISTO el Expediente N52.954/14 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y CONSIDERANDO:
Que dichas actuaciones dieron lugar a la Decisión Administrativa N1108 de fecha 11 de diciembre de 2014, por la cual se dispuso la participación del MINISTERIO
DE SALUD en el apoyo del tratamiento a realizarse en el BETTER BEING HOSPITAL de la CIUDAD DE BANGKOK, REINO
DE TAILANDIA, desde el 15 de diciembre de 2014 al 15 de enero de 2015, del paciente Matías Maximiliano RAMÍREZ
PESCE, DNI N 44.038.245, quien padece desde su nacimiento de Encefalopatía Crónica No Evolutiva, con secuelas motoras de Tetraparesia Distónica Mixta, con Hipotonía de cuello, tronco y miembros superiores e inferiores.
Que por el artículo 4 de la mencionada decisión administrativa se autorizó al MINISTERIO DE SALUD a arbitrar los medios para financiar el traslado ida y vuelta a BUENOS AIRES-BANGKOK-BUENOS
AIRES, para el menor Matías Maximiliano RAMÍREZ PESCE DNI N44.038.245
y su madre Da. Silvia Marcela PESCE
DNI N 18.359.819 por un importe de DOLARES ESTADOUNIDENSES OCHO
MIL SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO
U$S8.774.-.

NIVEL

TRAMO

GRADO

AGUILAR, Gabriel Marcelo
14.781.094

Profesional
C

General
2

TAMULA, Aldo Raúl
11.902.663

Profesional
C

General
4

SUAREZ, Martín Ariel
22.559.306

Profesional
C

General
3

CARGO
Profesional en Gestión Territorial de Políticas de Trabajo Profesional en Gestión Territorial de Políticas de Trabajo Profesional en Gestión Territorial de Políticas de Trabajo
Que la decisión se adopta con carácter único y excepcional, en mérito a la evaluación de razones urgentes y humanitarias.
Que procede el dictado del acto administrativo pertinente.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE
SALUD ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 100, inciso 1 de la CONSTITUCION
NACIONAL.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:

SECRETARIA DE TRABAJO
DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES FEDERALES
DIRECCION REGIONAL CUYO
M.l.

Que se hace necesario incluir en el traslado del menor Matías Maximiliano RAMÍREZ PESCE a su padre D. Juan Basilio RAMIREZ DNI N14.137.563.

Por ello,
APELLIDO
Y NOMBRE

BOLETIN OFICIAL Nº 33.044

LUGAR DE
PRESTACIÓN
DE SERVICIOS
Delegación Regional Mendoza
Delegación Regional Mendoza
Delegación Regional Mendoza

Artículo 1 Sustitúyese el artículo 4 de la Decisión Administrativa N 1108 de fecha 11 de diciembre de 2014 por el siguiente:
ARTÍCULO 4.- Autorízase al MINISTERIO DE
SALUD a arbitrar los medios para financiar el traslado ida y vuelta a BUENOS AIRESBANGKOK-BUENOS AIRES, para el menor Matías Maximiliano RAMÍREZ PESCE DNI
N 44.038.245, su madre Da. Silvia Marcela PESCE DNI N 18.359.819 y su padre D.
Juan Basilio RAMIREZ DNI N14.137.563 por un importe de DOLARES ESTADOUNIDENSES TRECE MIL CIENTO OCHENTA Y DOS
U$S13.182.-.
Art. 2 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Jorge M. Capitanich. Juan L.
Manzur.

5

JEFATURA DEGABINETE
DEMINISTROS
Decisión Administrativa 1164/2014
Dase por aprobada contratación en la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable.

Bs. As., 19/12/2014
VISTO el Expediente N CUDAP: EXP-JGM:
0008382/2014 del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y los Decretos Nros. 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios y 2345 de fecha 30 de diciembre de 2008
y sus modificatorios, y CONSIDERANDO:
Que en la SECRETARÍA DE AMBIENTE Y
DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
resulta indispensable aprobar la contratación de la consultora Da. Silvia Marcia RODRÍGUEZ D.N.I. N 11.354.598, en el marco del Decreto N 2345 de fecha 30 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, para dar continuidad al debido cumplimiento de los diversos objetivos asignados a la citada Secretaría.
Que la consultora propuesta reúne los requisitos de idoneidad necesarios para la realización de las tareas encomendadas por lo que se hace necesario exceptuarla de lo establecido en el artículo 7
del Anexo I del Decreto N2345/08 y sus modificatorios.
Que se ha dado cumplimiento a lo establecido en el artículo 6 del Decreto N 601 de fecha 11 de abril de 2002 y su modificatorio, reglamentario del Decreto N 491 de fecha 12 de marzo de 2002, acompañando a la presente la documentación detallada en la Circular de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN N 4 de fecha 15 de marzo de 2002.
Que la consultora de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1 de enero de 2014, por lo que procede aprobar su contratación con efectos a esa fecha.
Que previo a dar trámite a la presente contratación las áreas competentes de la Jurisdicción han verificado la respectiva disponibilidad de créditos presupuestarios.
Que la financiación del contrato que se aprueba por el presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios vigentes de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº26.895 - Servicio Administrativo Financiero Nº 317 de la SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO
PÚBLICO de la SUBSECRETARÍA DE
GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO dependiente de la SECRETARÍA DE GABINETE
Y COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la DIRECCIÓN GENERAL DE
ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta conforme a las atribuciones conferidas por el artículo 100, inciso 2, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, a tenor de lo establecido en el Decreto N577/03 y sus modificatorios y en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 7 del Anexo I
del Decreto N 2345/08 y sus modificatorios.

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CountryArgentina

Date07/01/2015

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