Boletín Oficial de la República Argentina del 24/02/2014 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Lunes 24 de febrero de 2014

de 2013, y que en razón de dicha prórroga y por única vez, la EMPRESA, abonó con carácter no remunerativo la suma de $1.200,00.-, para compensar los aumentos de los meses de marzo y de abril de 2013.
TERCERA
De acuerdo a lo expuesto y para los meses de mayo, junio, julio y agosto de 2013, la escala salarial se encuentra compuesta por:
Básico Remunerativo $5.500,00
Presentismo $900,00
Adicional no remunerativo $600,00
Total $7.000,00
Para los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2013, la escala salarial se encuentra compuesta por:
Básico Remunerativo $6.000,00
Presentismo $900,00
Adicional no remunerativo $500,00
Total $7.400,00
Para los meses de enero, febrero y marzo de 2014, la escala salarial se encuentra compuesta por:
Básico Remunerativo $6.500,00
Presentismo $1.000,00
Adicional no remunerativo $500,00
Total $8.000,00
CUARTA
A su vez, las PARTES acuerdan establecer para todos los beneficiarios del presente acuerdo salarial un aporte solidario obligatorio equivalente al uno por ciento 1% de la remuneración integral mensual, a partir de la vigencia de las nuevas escalas por la contraprestación del servicio que los trabajadores han recibido de la organización sindical. Esta cuota extraordinaria de solidaridad se practicará de acuerdo a lo establecido en el artículo 37 de la ley 23.551 y del artículo 9 de la Ley 14.250. Este aporte estará destinado, entre otros fines, a cubrir los gastos ya realizados y a realizar en la gestión, representación y concertación de convenios y acuerdos colectivos, al desarrollo de la acción social y a obtener mayores beneficios para todos los trabajadores, como por ejemplo mejoras en el sistema de obras sociales, ayuda familiar primaria, cursos de formación y capacitación, la constitución de equipos sindicales y técnicos que posibiliten el desarrollo solidario de los beneficios convencionales, posibilitando una mejor calidad de vida para los trabajadores y su grupo familiar, y cuanto otro acto de acción de carácter sindical genere beneficios especiales para ellos. Los trabajadores afiliados a la U.T.A. compensarán este aporte con la cuota sindical que abonan. Los empleadores actuarán como agente de retención del aporte solidario de todos los trabajadores no afiliados en los términos del artículo 38 de la ley 23.551 y realizarán el depósito correspondiente en forma mensual, en la cuenta especial que la U.T.A. oportunamente les comunicará.
Esta cláusula tendrá vigencia hasta la renovación de este acuerdo, por el restablecimiento de las nuevas escalas salariales. El pago de este aporte solidario deberá abonarse hasta el 15 del mes siguiente al correspondiente al pago de las remuneraciones por parte de los empleadores. La mora en el pago se producirá automáticamente, utilizándose para el cobro judicial las mismas normas y procedimientos que rigen para el cobro de los aportes y contribuciones de la Ley 23.660.
Adhieren en todos sus términos al presente las empresas Alto Nivel Rosario S.A. con domicilio en legal en San Lorenzo Nº1076, oficina 9 de la Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, CUIT Nº3068920739-8 representada por su presidente Sr. Miguel Angel Pablo Canton DNI Nº12.804.888 y G&M
Transfer S.R.L. con domicilio en Moreno 3239, Ciudad de Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires, CUIT
30-69002975-4 representada por su socio gerente Sr. Martín Diego Mac Guire, DNI Nº20.762.314 en lo relativo a los servicios que prestan desde y hacia los aeropuertos de Ezeiza y Aeroparque.
Todos los firmantes han acreditado oportunamente la representatividad que invocan.
En este Acto y en presencia del Funcionario actuante del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, las partes solicitan la homologación del presente.
En el lugar y fecha indicados se firman seis ejemplares del mismo tenor y a un solo efecto.
Expediente Nº1551629/13
En la Ciudad Autónoma de Buenos Ares, a los 16 días de julio de 2013, siendo las 15.00 horas, comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, Dirección de Negociación Colectiva, ante el Secretario de Conciliación, Lic.
Sebastián KOUTSOVITIS; en representación de la empresa ALTO NIVEL ROSARIO S.A. lo hace el señor Miguel Angel CANTON MI 12.804.888, presidente. Declarado abierto el acto por el funcionario actuante, se le concede el uso de la palabra a la parte empleadora quien manifiesta: que nombra como paritario al señor Arnaldo Alberto SESAREGO MI 04.402.691. Concedida el uso de la palabra a la parte compareciente quien manifiesta: que viene a esta Autoridad de Aplicación a ratificar y adherir al acuerdo arribado en forma privada de fecha 11/07/13. El mismo consta de 4 fojas agregado al principal a fojas 24/27. En este mismo acto se solicita la homologación del mismo. No siendo para más, a las 15.30 horas, se da por finalizado el acto firmando los comparecientes al pie de la presente, previa lectura, para constancia y ratificación de su manifestación, ante mí que CERTIFICO.
Expediente Nº1551629/13
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 18 días de julio de 2013, siendo las 17.00 horas, comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, Dirección de Negociación Colectiva, ante el Secretario de Conciliación, Lic. Sebastián KOUTSOVITIS; en representación de la empresa G & M TRANSFER S.R.L. lo hace el señor Juan Martín LILLI MI 20.416.889, apoderado quien acredita copia de poder.
Declarado abierto el acto por el funcionario actuante, se le concede el uso de la palabra a la parte empleadora quien manifiesta: que nombra como paritario al señor Juan Martín LILLI MI 20.416.889.
Concedida el uso de la palabra a la parte compareciente quien manifiesta: que viene a esta Autoridad de Aplicación a ratificar y adherir al acuerdo arribado en forma privada de fecha 11/07/13. El mismo consta de 4 fojas agregado al principal a fojas 24/27. En este mismo acto se solicita la homologación del mismo.
No siendo para más, a las 17.15 horas, se da por finalizado el acto firmando los comparecientes al pie de la presente, previa lectura, para constancia y ratificación de su manifestación, ante mí que CERTIFICO.

BOLETIN OFICIAL Nº 32.834

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Boletín Oficial de la República Argentina del 24/02/2014 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date24/02/2014

Page count48

Edition count9389

First edition02/01/1989

Last issue07/07/2024

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