Boletín Oficial de la República Argentina del 25/07/2013 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Jueves 25 de julio de 2013

Primera Sección
sobre la margen derecha del Río Paraná, a la altura del km. CUATROCIENTOS CUARENTA Y UNO
CON CIEN 441,100, en la localidad de San Lorenzo, Provincia de Santa Fe, solicitada por el Sr. Alberto José GUALTIERI CUIT Nº20-14438803-9, por el término de TREINTA 30 días corridos, a contar desde el vencimiento del plazo conferido por Resolución Nº229/2013 SDG OAI, con igual carácter e idéntico alcance.
ARTICULO 2 Regístrese, comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Tome conocimiento la Dirección Regional Aduanera Rosario. Remítase a la Aduana de San Lorenzo para su conocimiento y notificación. CESAR E. BALCEDA, Subdirector General, Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.
e. 25/07/2013 Nº56373/13 v. 25/07/2013

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR
Resolución Nº246/2013
Prórroga habilitación provisoria zona operativa aduanera muelle Puerto DEL GUAZÚ
SA. Aduana de Gualeguaychú.
Bs. As., 5/7/2013
VISTO la Actuación SIGEA Nº12492-252-2007/160 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y CONSIDERANDO:
Que por la citada actuación la firma DEL GUAZU S.A. CUIT Nº3070832657-3 solicita una prórroga de la habilitación aduanera otorgada mediante Resolución Nº231/2013 SDG OAI para realizar operaciones aduaneras en el muelle correspondiente al puerto particular de esa empresa, ubicado sobre la margen izquierda del Río Paraná Guazú, a la altura del Kilómetro CIENTO SETENTA Y OCHO 178, en la localidad de Villa Paranacito, Provincia de Entre Ríos, en jurisdicción de la Aduana de Gualeguaychú.
Que se encuentra acreditada en la Actuación SIGEA Nº12492-252-2007 que la habilitación definitiva del citado puerto en el marco de la Ley Nº24.093 tramita ante la Secretaría de Transporte por Expediente NºS01:0100283/2006.
Que han tomado la intervención que les compete las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Planificación y Coordinación Técnico Institucional. Que en función de lo expuesto, resulta procedente autorizar la prórroga de la habilitación oportunamente concedida, con carácter provisorio y por el término de TREINTA 30 días corridos a contar desde el vencimiento del plazo establecido en la Resolución Nº231/2013 SDG OAI.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 1 de la Disposición 360/11 AFIP.
Por ello, EL SUBDIRECTOR GENERAL
DE LA SUBDIRECCION GENERAL
DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR
RESUELVE:
ARTICULO 1 Prorróguese la habilitación de la zona operativa aduanera en el muelle del puerto de la firma DEL GUAZÚ S.A. CUIT Nº30-70832657-3, ubicado sobre la margen izquierda del Río Paraná Guazú, a la altura del kilómetro CIENTO SETENTA Y OCHO 178, en la localidad de Villa Paranacito, Provincia de Entre Ríos, en jurisdicción de la Aduana de Gualeguaychú, por el término de TREINTA 30 días corridos, a contar desde el vencimiento del plazo establecido en la Resolución Nº231/2013 SDG OAI, con igual carácter e idéntico alcance.
ARTICULO 2 Regístrese, comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Tome conocimiento la Dirección Regional Aduanera La Plata. Remítanse los presentes a la Aduana de Gualeguaychú para su conocimiento y notificación. CESAR E. BALCEDA, Subdirector General, Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.
e. 25/07/2013 Nº56374/13 v. 25/07/2013

BOLETIN OFICIAL Nº 32.687

18

CONSIDERANDO:
Que por la citada actuación la firma NOBLE Argentina Sociedad Anónima CUIT Nº 3070779108-6, solicita una prórroga de la habilitación provisoria otorgada por la Resolución Nº232/2013 SDG OAI para realizar operaciones aduaneras en el Muelle Flotante de su propiedad, ubicado en la margen derecha del Río Coronda, a la altura de la progresiva Km. CUATROCIENTOS
SESENTA Y TRES CON CUARENTA 463,40 en la localidad de Timbúes, Provincia de Santa Fe, jurisdicción de la Aduana de San Lorenzo.
Que se encuentra acreditada en la Actuación SIGEA Nº12509-72-2010 que la habilitación definitiva del citado puerto en el marco de la Ley Nº24.093 tramita ante la Secretaría de Transporte por Expediente NºS01:0261920/2009.
Que han tomado la intervención que les compete las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Planificación y Coordinación Técnico Institucional.
Que en función de lo expuesto, resulta procedente autorizar la prórroga de la habilitación oportunamente otorgada, con carácter provisorio y por el término de TREINTA 30 días corridos, a contar desde el vencimiento del plazo establecido por la Resolución Nº232/2013
SDG OAI.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 1 de la Disposición Nº360/11 AFIP.
Por ello, EL SUBDIRECTOR GENERAL
DE LA SUBDIRECCION GENERAL
DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR
RESUELVE:
ARTICULO 1 Prorróguese la habilitación de la zona operativa aduanera en el muelle flotante de la firma NOBLE Argentina S.A. CUIT Nº 30-70779108-6, ubicado en la margen derecha del Río Coronda, a la altura de la progresiva Km. CUATROCIENTOS SESENTA Y TRES
CON CUARENTA 463,40, en la localidad de Timbúes, Provincia de Santa Fe, jurisdicción de la Aduana de San Lorenzo, por el término de TREINTA 30 días corridos, a contar desde el vencimiento del plazo conferido por Resolución Nº232/2013 SDG OAI, con igual carácter e idéntico alcance.
ARTICULO 2 Regístrese, comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Tome conocimiento la Dirección Regional Rosario. Remítanse los presentes a la Aduana de San Lorenzo para su conocimiento y notificación. CESAR E. BALCEDA, Subdirector General, Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.
e. 25/07/2013 Nº56383/13 v. 25/07/2013

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
COMUNICACION B 10.617. 02/07/2013. Ref.: Resolución MEyFP Nº256/13.
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS, A LAS CASAS, AGENCIAS Y OFICINAS DE CAMBIO:
Nos dirigimos a Uds. a efectos de comunicarles que por Resolución Nº256/13 del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, publicada en el Boletín Oficial el 13.06.2013, se suspendió por el plazo previsto en el Artículo 4 de la Ley Nº 26.860, la constitución del depósito nominativo, no transferible y no remunerado previsto en los incisos c y d del Artículo 4 del Decreto Nº616 del 9 de junio de 2005, por los ingresos de divisas de residentes que se registren en el mercado local de cambios en el marco de las normas previstas en la mencionada Ley.
Saludamos a Uds. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
JORGE L. RODRIGUEZ, Gerente Principal de Exterior y Cambios. JUAN I. BASCO, Subgerente General de Operaciones.
e. 25/07/2013 Nº54650/13 v. 25/07/2013

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
COMUNICACION B 10.618. 03/07/2013. Ref.: Valores presentes de títulos públicos y Préstamos Garantizados. Junio 2013.
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DIRECCION GENERAL DE ADUANAS
SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR
Resolución Nº247/2013
Prórroga habilitación provisoria zona operativa aduanera Muelle Flotante NOBLE Argentina S.A. Aduana de San Lorenzo.
Bs. As., 8/7/2013
VISTO la Actuación SIGEA Nº12509-72-2010/72 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles los valores presentes que en anexo se acompañan con el objeto de su utilización según los criterios de valuación previstos en las normas sobre Valuación de instrumentos de deuda del sector público no financiero y de regulación monetaria del Banco Central de la República Argentina.
Por otra parte, les señalamos que a los fines de la determinación de los resultados distribuibles sobre instrumentos sin cotización, de acuerdo con lo establecido en el segundo párrafo del punto 2.1.2. de la Sección 2. de las normas sobre Distribución de resultados, se utilizarán los valores presentes que se acompañan.
Saludamos a Uds. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
ENRIQUE C. MARTIN, Subgerente de Emisión de Normas. DARIO C. STEFANELLI, Gerente Principal de Emisión y Aplicaciones Normativas.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 25/07/2013 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date25/07/2013

Page count32

Edition count9392

First edition02/01/1989

Last issue10/07/2024

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