Boletín Oficial de la República Argentina del 16/07/2013 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Martes 16 de julio de 2013

trabajador por cada año de servicio, para todos los trabajadores ferroviarios representados por el gremio firmante.

CUARTA: Una vez que la Secretaría de Transporte del Ministerio del Interior y Transporte haya autorizado el presente acuerdo, las partes lo elevarán al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social solicitando su homologación.
En prueba de conformidad y previa lectura y ratificación, las partes firman la presente de conformidad en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.
Expediente Nº1.547.241/13
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los días 18 del mes de Enero 2013, siendo las 15:00
hs horas, comparece espontáneamente en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL, ante la Lic. Fiorella COSTA, Secretaria de Conciliación del Dpto. de Relaciones Laborales Nº3, el Sr. Marcelo GRAZIANO, D.N.I. Nº21.025.179, en representación de la EMPRESA UNIDAD
DE GESTION OPERATIVA MITRE SARMIENTO S.A.
Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante, la representación empresaria, manifiesta: Que viene en este acto a ratificar en un todo los términos y contenidos del Acta Acuerdo obrante a fs. 3/4 de las presentes actuaciones, solicitando se proceda a su homologación.

33

Por ello, LA DIRECTORA NACIONAL
DE RELACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:

SEGUNDA: Las partes realizarán los mayores esfuerzos para lograr mejorar la recaudación aplicando más y mejores controles en los sistemas disponibles.
TERCERA: Las partes evaluarán los avances y mejoras que se susciten en virtud de las disposiciones de la presente a fin de considerar los resultados y adoptar las medidas que logren una mejora continua para el sector.

BOLETIN OFICIAL Nº 32.680

ARTICULO 1 Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre el Sindicato la UNION
FERROVIARIA y la empresa ADMINISTRACION DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO A.D.I.F.S.E., conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº14.250 t.o. 2004 glosado a fojas 37/42 del Expediente Nº1.490.919/12.
ARTICULO 2 Regístrese la presente Disposición por la DIRECCION GENERAL DE REGISTROS, GESTION Y ARCHIVO DOCUMENTAL dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación registre el presente Acuerdo obrante a fojas 37/42 del Expediente Nº1.490.919/12.
ARTICULO 3 Remítase copia debidamente autenticada de la presente Disposición al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4 Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el proyecto de base promedio y tope indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias. Finalmente, procédase a la guarda del presente legajo.
ARTICULO 5 Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita del Acuerdo homologado, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5 de la Ley Nº14.250 t.o. 2004.

Con lo que se cerró el acto, siendo las 15.30 hs, labrándose la presente que leída es firmada de conformidad y para constancia, ante la actuante que CERTIFICA.

ARTICULO 6 Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dra. SILVIA SQUIRE DE PUIG MORENO, Directora Nacional de Relaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Expte. Nº1.547.241/13

Expediente Nº1.490.919/12

En la ciudad de Buenos Aires, a los 23 días del mes de Enero de dos mil trece, siendo las 15.00
horas, comparece espontáneamente en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD
SOCIAL, Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, ante mí, Lic. Fiorella COSTA, Secretaria de Relaciones Laborales del Departamento Nº3, el Sr. Enrique MAIGUA, en su carácter de Secretario General de la ASOCIACION DE SEÑALEROS FERROVIARIOS ARGENTINOS.

Buenos Aires, 26 de Junio de 2013

Declarado abierto el acto por la funcionaria actuante y concedida que le fue la palabra a la representación sindical, manifiesta: Que viene a ratificar en todas y cada una de sus partes los contenidos del Acta Acuerdo de fecha 10 de Octubre de 2012 de fs. 3/4 solicitando su homologación en los términos de ley.

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT Nº431/13 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 37/42 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 563/13. JORGE A. INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación D.N.R.T.
ANEXO 1
UNION FERROVIARIA - A.D.I.F.S.E.

Con lo que termino el acto, siendo las 15.30 horas, firmando el compareciente previa lectura y ratificación para constancia, ante mí que certifico.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO
Disposición Nº431/2013
Registro Nº563/2013

Bs. As., 24/6/2013
VISTO el Expediente Nº1.490.919/12 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº14.250 t.o. 2004 y la Ley Nº20.744 t.o. 1976 y sus modificaciones, y CONSIDERANDO:
Que a fojas 37/42 del Expediente Nº1.490.919/12 obra el Acuerdo celebrado entre la UNION
FERROVIARIA y la empresa ADMINISTRACION DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO A.D.I.F.S.E., conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº14.250 t.o. 2004.
Que a través del citado Acuerdo las partes convienen, sustancialmente, condiciones salariales, en los plazos, montos y demás condiciones allí pactadas.
Que el ámbito de aplicación personal y territorial del Acuerdo concertado se corresponde con la actividad de la empresa firmante y con la representatividad de la asociación sindical signataria, emergente de su personería gremial.
Que los agentes negociales han acreditado su personería y facultades para negociar colectivamente con las constancias glosadas a los presentes actuados.

ESCALAS SALARIALES AL 29/02/2012
CATEGORIA

SUELDO BASICO
2768
3383
3998
4428
4797
5043
5289
5597
3321
3998
4797
5105
5474
5904
6458
7134
7749
3629
4305
5289
5720
6273
6765
7196
7749
5966
7073
8364
8979

AUX. D
AUX. D1
AUX. C
AUX. C1
AUX. B
AUX. B1
AUX. A
AUX. A1
ADM. D
ADM. D1
ADM. C
ADM. C1
ADM. B
ADM. B1
ADM. A
ADM. A1
ADM. A0
TEC. D
TEC. D1
TEC. C
TEC. C1
TEC. B
TEC. B1
TEC. A
TEC. A1
PROF. D
PROF. D1
PROF. C
PROF. C1

Que los delegados de personal han ejercido la representación prevista por el Artículo 17 de la Ley Nº14.250 t.o. 2004 y se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº14.250 t.o.
2004.

VIATICO GRAL. $ 56,00 POR DIA

Que la Comisión Técnica Asesora de Política Salarial del Sector Público, no ha encontrado observaciones que formular a lo acordado por las partes, conforme surge del dictamen obrante a foja 44 de las actuaciones citadas en el Visto.

SALA MATERNAL: $ 500

ANTIGEDAD 1,3% EN ADIFSE

PRESENTISMO: 8% BASICO ESCALA MINIMA

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

ANEXO 2
UNION FERROVIARIA - A.D.I.F.S.E.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que una vez dictado el pertinente acto homologatorio, deberán remitirse las presentes actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la correspondencia de elaborar el proyecto de base promedio y tope Indemnizatorio para dar cumplimiento a lo prescripto en el Artículo 245 de la Ley Nº20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº900/95.

ESCALAS SALARIALES DEL 01/03/2012 AL 31/08/2012
CATEGORIA
AUX. D
AUX. D1
AUX. C
AUX. C1

SUELDO BASICO
3349
4093
4837
5358

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Boletín Oficial de la República Argentina del 16/07/2013 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date16/07/2013

Page count36

Edition count9419

First edition02/01/1989

Last issue06/08/2024

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