Boletín Oficial de la República Argentina del 10/12/2012 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Lunes 10 de diciembre de 2012

ANEXO II
Escala de Básicos y Adicionales del C.C.T. 36/75 - F.A.T.L. y F. - F.A.C.E.
Acta Acuerdo 24/05/12
Con vigencia a partir del 1ro. de Julio de 2012
CAT

SUELDO BASICO

BONIFICACIONES
OFICIO

TECNICA

ADMINISTRATIVA

OPERACIONES

JERARQUICA

FUNCIONAL

1

2160,90

2

2170,18

3

2175,35

$ 139,42

4

2181,98

$ 139,42

$ 89,37

$ 89,37

5

2189,22

$ 185,90

$ 128,70

$ 128,70

$ 232,37

6

2195,40

$ 232,37

$ 278,85

$ 185,90

$ 128,70

$ 232,37

7

2202,75

$ 278,85

$ 278,85

$ 185,90

$ 185,90

$ 278,85

8

2210,31

$ 278,85

$ 325,32

$ 232,37

$ 185,90

$ 371,80

9

2218,17

$ 325,32

$ 325,32

$ 232,37

$ 232,37

$ 441,51

10

2225,62

$ 325,32

$ 371,80

$ 278,85

$ 232,37

$ 511,22

11

2234,36

$ 371,80

$ 371,80

$ 278,85

$ 278,85

$ 580,93

12

2262,93

$ 438,83

$ 438,83

$ 357,05

$ 357,05

$ 660,03

13

2332,33

$ 481,73

$ 587,19

$ 435,48

$ 435,48

$ 749,85

$ 1.063,55

14

2434,02

$ 637,69

$ 814,87

$ 587,19

$ 587,19

$ 851,96

$ 1.337,51

15

2556,19

$ 793,20

$ 1.043,45

$ 737,34

$ 737,34

$ 957,20

$ 1.571,20

16

2657,34

$ 1.062,66

$ 1.946,15

17

2782,61

$ 1.168,12

$ 2.437,04

18

2887,71

$ 1.273,59

$ 2.881,44

$ 64,35
$ 89,37

$ 89,37

BOLETIN OFICIAL Nº 32.539
BONIF. ANTIGEDAD

$ 64,17

SUMA FIJA

$ 740,27

GUARDERIA

$ 446,02

QUEBRANTO CAJA

$ 170,79

BONIFICACION CHOFER

$ 48,80

GASTO REP. VENT.

$ 122,00

GASTO REP. F. LOCAL

$ 170,79

GASTOS DE COMIDA

$ 48,80

REFRIGERIO

$ 146,40

GAS

$ 193,49

USO DE BICICLETA

$ 146,40

MOVILIDAD

$ 122,00
TITULOS

INC. 1 ap. A

$ 1.854,58

INC. 1 ap. B

$ 1.298,28

INC. 1 ap. C

$ 927,17

INC. 1 ap. D

$ 360,86

INC. 2 ap. A

$ 497,74

INC. 2 ap. B

$ 360,86

INC. 3 ap. A

$ 497,74

INC. 3 ap. B

$ 360,86

INC. 4 ap. A

$ 279,13

INC. 5 ap. A

$ 360,86

INC. 5 ap. B

$ 208,37

INC. 6 ap. A

$ 288,15
$ 208,37

BONIF. ANTIGEDAD

$ 58,76

INC. 6 ap. B

SUMA FIJA

$ 677,90

INC. 7 ap. A

$ 98,57

GUARDERIA

$ 408,44

INC. 7 ap. B

$ 144,93

QUEBRANTO CAJA

$ 156,41

INC. 7 ap. C

$ 226,67

BONIFICACION CHOFER

$ 44,69

GASTO REP. VENT.

$ 111,72

GASTO REP. F. LOCAL

$ 156,41

GASTOS DE COMIDA

$ 44,69

REFRIGERIO

$ 134,06

GAS

$ 177,18

USO DE BICICLETA

$ 134,06

MOVILIDAD

$ 111,72

Suplemento de Antigedad: el 5% desde los 10 hasta 24 años de antig. y luego el 15% a partir de 25 años de antig. sobre toda la remuneración el 5% desde los 10 hasta 21 años de antig. y luego el 15% a partir de 22 años de antig. sobre toda la remuneración, para el caso de la mujer Art. 69-70-72: 5% sobre toda la remuneración Art. 50: 28% + 13% acumulativo 44,64% sobre toda la remuneración
TITULOS
INC. 1 ap. A

$ 1.698,34

INC. 1 ap. B

$ 1.188,90

INC. 1 ap. C

$ 849,06

INC. 1 ap. D

$ 330,46

INC. 2 ap. A

$ 455,81

INC. 2 ap. B

$ 330,46

INC. 3 ap. A

$ 455,81

INC. 3 ap. B

$ 330,46

INC. 4 ap. A

$ 255,61

INC. 5 ap. A

$ 330,46

INC. 5 ap. B

$ 190,81

INC. 6 ap. A

$ 263,88

INC. 6 ap. B

$ 190,81

INC. 7 ap. A

$ 90,27

INC. 7 ap. B

$ 132,72

INC. 7 ap. C

$ 207,57

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución Nº 1708/2012
Registro N 1393/2012
Bs. As., 29/10/2012
VISTO el Expediente N 1.479.579/11 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO
Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N 14.250 t.o. 2004, la Ley Nº 20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias, y
Suplemento de Antigedad: el 5% desde los 10 hasta 24 años de antig. y luego el 15% a partir de 25 años de antig. sobre toda la remuneración el 5% desde los 10 hasta 21 años de antig. y luego el 15% a partir de 22 años de antig. sobre toda la remuneración, para el caso de la mujer Art. 69-70-72: 5% sobre toda la remuneración
ANEXO III
Escala de Básicos y Adicionales del C.C.T. 36/75 - F.A.T.L. y F. - F.A.C.E.
Acta Acuerdo 24/05/12
Con vigencia a partir del 1ro. de Septiembre de 2012
SUELDO BASICO
TECNICA

ADMINISTRATIVA

OPERACIONES

JERARQUICA

1

2359,70

2

2369,84

3

2375,48

$ 152,25

4

2382,72

$ 152,25

$ 97,60

$ 97,60

5

2390,63

$ 203,00

$ 140,54

$ 140,54

$ 253,75

6

2397,38

$ 253,75

$ 304,50

$ 203,00

$ 140,54

$ 253,75

7

2405,40

$ 304,50

$ 304,50

$ 203,00

$ 203,00

$ 304,50

8

2413,66

$ 304,50

$ 355,25

$ 253,75

$ 203,00

$ 406,00

FUNCIONAL

$ 70,27
$ 97,60

Que a fojas 41/43 de las actuaciones citadas en el Visto, obra el Acuerdo celebrado entre la ASOCIACION SEÑALEROS FERROVIARIOS ARGENTINOS ASFA, por la parte gremial y la empresa METROVIAS SOCIEDAD ANONIMA, por el sector empleador, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N 14.250 t.o. 2004.

Que los agentes negociales han acreditado su personería y facultades para negociar colectivamente con las constancias glosadas a los presentes actuados.
Que el ámbito de aplicación del texto convencional concertado, se circunscribe a la estricta correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector empresarial firmante, y la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

BONIFICACIONES
OFICIO

CONSIDERANDO:

Que las partes han acordado sustancialmente nuevas escalas salariales para todo los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo N 1165/10 E, instrumento del que los agentes negociales resultan partes signatarias.

Art. 50: 28% + 13% acumulativo 44,64% sobre toda la remuneración
CAT

50

Que los Delegados de Personal han ejercido la representación prevista por el Artículo 17 de la Ley N 14.250 t.o. 2004.
Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren los principios, derechos y garantías contenidos en el marco normativo, comúnmente denominado orden público laboral.

$ 97,60

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N 14.250 t.o. 2004.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

9

2422,24

$ 355,25

$ 355,25

$ 253,75

$ 253,75

$ 482,13

10

2430,38

$ 355,25

$ 406,00

$ 304,50

$ 253,75

$ 558,25

11

2439,92

$ 406,00

$ 406,00

$ 304,50

$ 304,50

$ 634,38

12

2471,12

$ 479,20

$ 479,20

$ 389,90

$ 389,90

$ 720,75

13

2546,91

$ 526,05

$ 641,21

$ 475,54

$ 475,54

$ 818,84

$ 1.161,40

14

2657,95

$ 696,35

$ 889,84

$ 641,21

$ 641,21

$ 930,34

$ 1.460,56

15

2791,36

$ 866,17

$ 1.139,44

$ 805,17

$ 805,17

$ 1.045,26

$ 1.715,75

16

2901,82

$ 1.160,43

$ 2.125,19

17

3038,61

$ 1.275.59

$ 2.661,25

18

3153,38

$ 1.390,75

$ 3.146,53

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que posteriormente corresponde remitir las actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la procedencia de efectuar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de conformidad con lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N
20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N 900/95.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 10/12/2012 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date10/12/2012

Page count52

Edition count9418

First edition02/01/1989

Last issue05/08/2024

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