Boletín Oficial de la República Argentina del 07/09/2012 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Viernes 7 de septiembre de 2012

Primera Sección
BOLETIN OFICIAL Nº 32.476

Que aquellos establecimientos que, por distintas razones, no transmitan los certificados de tránsito en el momento que egresa el producto o de su recepción, deberán enviar un SMS a este Organismo tanto al inicio como al finalizar el traslado del producto.

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ANEXO A LA RESOLUCION NºC. 40/12

Que ante la necesidad de resguardar la calidad y cantidad del producto que se traslada, es conveniente delimitar la vigencia de los certificados de tránsito en función de la distancia a recorrer durante el movimiento del producto.
Que Subgerencia de Asuntos Jurídicos del INV, ha tomado la intervención de su competencia.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Leyes Nros. 14.878, 24.566 y el Decreto Nº1306/08.
EL PRESIDENTE
DEL INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA
RESUELVE:
1 Apruébese el Diagrama de Impresión del CERTIFICADO DE TRANSITO, que como Anexo forma parte de la presente resolución.
2 A partir del 1 de octubre de 2012, todo producto amparado por la Ley Nacional de Alcoholes Nº 24.566 o su reglamentación, que circule a granel y que no cuente con el Sistema de Seguimiento Satelital establecido por la Resolución NºC. 4 de fecha 13 de febrero de 2012, deberá estar amparado por el correspondiente Certificado de Tránsito aprobado por la presente norma.
3 El mencionado certificado será conformado en línea a través del actual sistema informático por el establecimiento remitente, y podrá ser utilizado hasta las VEINTICUATRO 24 horas del día hábil inmediato posterior del día en que fue transmitido.
El certificado impreso en original tendrá validez para un solo viaje y servirá para acreditar la circulación del producto hasta su destino, debiendo ser rubricado por el responsable del establecimiento remitente y por el conductor de la unidad de transporte, dato que deberá coincidir con el consignado en el mismo.
La vigencia será desde la fecha y hora en que egresa el producto del establecimiento remitente, hasta la fecha y hora de llegada al receptor, período que no podrá superar VEINTICUATRO 24 horas para empresas ubicadas en una misma provincia y de SETENTA Y DOS 72 horas cuando estén ubicadas en distintas provincias.
Cuando por alguna razón el establecimiento remitente no utilice el certificado de tránsito emitido, podrá solicitar en línea la anulación del mismo.
Cada certificado poseerá un Número de Identificación SMS, el cual estará compuesto por el número de tránsito vinculado a dígitos verificadores. Este número de identificación se utilizará para efectuar la debida comunicación a través del mensaje de texto al momento del egreso o ingreso del producto.
4 En caso de que el establecimiento remitente no pueda transmitir en tiempo real el egreso del producto, deberá generar a través del sistema en línea el Certificado de Tránsito sin consignar la fecha y hora de salida, pero está obligado a enviar un mensaje de Texto tipo SMS a este Organismo cuando egresa el producto en concepto de Inicio del Viaje.
5 Aceptado el producto de conformidad por el establecimiento receptor, el ingreso quedará acreditado, cuando el responsable del mismo estampe su firma en el lugar destinado a tal fin en certificado de tránsito y registre su recepción en forma inmediata en el sistema en línea. En caso de que el establecimiento no utilice esta modalidad, deberá enviar al INV un SMS en concepto de Fin del Viaje.

e. 07/09/2012 Nº91844/12 v. 07/09/2012

6 Ante cualquier circunstancia que impida la continuidad del viaje, accidente, derrame del producto o deba reingresar, el establecimiento remitente está obligado a efectuar el envío de un mensaje de texto al INV utilizando la opción: Inv espacio Número de Identificación SMS espacio E
Emergencia del viaje.

Para esta circunstancia la dependencia del Organismo interviniente procederá a realizar las verificaciones correspondientes.

En cumplimiento del artículo 32 del Decreto Nº2183/91, se comunica a terceros interesados la solicitud de inscripción en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, de la creación fitogenética de soja Glycine max L. Merr. de nombre NS 2632 obtenida por Nidera S.A.

7 No será considerado como válido ningún mensaje de texto enviado al INV y que éste haya devuelto a su emisor un mensaje de error. El número de teléfono del celular del cual se envía el SMS
de cada operación, quedará registrado en la base de datos de este Organismo para cualquier efecto posterior.
8 Cuando por razones de logística y/o técnicas el traslado original deba ser desviado hacia otro destino, el establecimiento remitente está obligado a efectuar el envío de un mensaje de texto al INV utilizando la opción: Inv espacio Número de Identificación SMS espacio D Desvío del viaje, indicando además el número de inscripción del nuevo receptor identificándose éste con mayúscula o minúscula, sin espacio y sin guiones.
Para este caso también en forma inmediata deberá comunicar a la Delegación interviniente del INV el nuevo destino del producto, a través del medio de comunicación más apropiado a su alcance.
9 Cuando el traslado de productos se realice a un establecimiento no inscripto ante el INV, el remitente deberá efectuar las comunicaciones de egreso e ingreso, esta última una vez descargado el producto en destino.
10. Los SMS serán enviados cuando corresponda al Número Telefónico del INV: 26100, según el siguiente detalle:
a Inv espacio Número de Identificación SMS espacio I Inicio del viaje.
b Inv espacio Número de Identificación SMS espacio F Fin del viaje.
c Inv espacio Número de Identificación SMS espacio E Emergencia del viaje.
d Inv espacio Número de Identificación SMS espacio D Desvió del viaje.
11. Los responsables del establecimiento receptor, deberán conservar los certificados en su poder por el término de CINCO 5 años.
12. La transgresiones al presente régimen serán consideras como infracción al Artículo 29
incisos d y f de la Ley Nº24.566, según corresponda.
13. Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y cumplido, archívese. C.P.N. GUILLERMO D. GARCIA, Presidente, Instituto Nacional de Vitivinicultura.

MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA
INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS

Solicitante: Nidera S.A.
Representante legal: Ing. Agr. Pablo Bergadá/Sr. Rubén Barreiro.
Patrocinante: Ing. Agr. Rodolfo Rossi.
Fundamentación de novedad: NS 2632 es un cultivar transgénico tolerante al herbicida glifosato porque contiene el gen CP4 EPSPS. NS 2632 se asemeja a NIDERA A 3520 RG en color de flor, color de pubescencia, color y tono de vaina, color del hilo de la semilla y racción a peroxidasa, siendo su principal diferencia el comportamiento frente a Phytophtora megasperma var sojae razas 1, 3 y 4
siendo NS 2632 susceptible a las razas 1, 3 y 4 mientras que NIDERA A 3520 RG es resistente a las mencionadas razas.
Fecha de verificación de la estabilidad: 30/04/2009 - VENADO TUERTO, SANTA FE
Se recibirán las impugnaciones que se presenten dentro de los TREINTA 30 días de aparecido este aviso.
Ing. Agr. RAIMUNDO LAVIGNOLLE, a/c Dirección de Registro de Variedades, Instituto Nacional de Semillas, Res. INASE Nº2/2012.
e. 07/09/2012 Nº92468/12 v. 07/09/2012

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL
El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en Av.
Belgrano 1656, CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, NOTIFICA a las siguientes entidades:
SOCIEDAD ITALIANA DE SOCORROS MUTUOS XX DE SEPTIEMBRE Expte.: 290/2006, Matrícula: BA 230, Prov.: 1664/12 ASOCIACION MUTUAL DE PENSIONADOS, JUBILADOS Y TERCERA EDAD AMOR Expte.: 348/2005 Matrícula: CF 1688 Prov.: 1676/12 ASOCIACION MUTUAL
FEDERAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA Expte.: 1058/2005, Matrícula: CF 1701, Prov.: 1677/12
ASOCIACION MUTUAL DE VENDEDORES, AGENTES, PROMOTORES, REPRESENTANTES, PUBLICISTAS Y CORREDORES Expte.: 1235/2005, Matrícula: BA1552, Prov.: 1678/12 ASOCIACION
MUTUAL PERSONAL DE LA COMPAÑIA JUAN MINETTI E HIJOS LIMITADA SOCIEDAD ANONIMA
Expte.: 172/2005 Matrícula: Salta 24, Providencia: 1680/12 ASOCIACION MUTUAL DE EMPLEA-

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TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date07/09/2012

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