Boletín Oficial de la República Argentina del 30/01/2012 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Lunes 30 de enero de 2012

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del Artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº20.744 t.o. 1976, y sus modificatorias, y en la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº11 del 6 de enero de 2006.

BOLETIN OFICIAL Nº 32.328

Por ello, LA DIRECTORA NACIONAL
DE RELACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:

Por ello, LA DIRECTORA NACIONAL
DE RELACIONES DEL TRABAJO
DISPONE:
ARTICULO 1º Fíjanse el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio correspondiente al Acuerdo homologado por la Disposición de la DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO Nº398 del 6 de junio de 2011 y registrado bajo el Nº662/11, suscripto entre el SINDICATO OBREROS DE ESTACIONES DE SERVICIO, GARAGES, PLAYAS, Y LAVADEROS AUTOMATICOS SANTA FE y la FEDERACION ARGENTINA DE EXPENDEDORES DE NAFTA
DEL INTERIOR, conforme con el detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 2º Regístrese la presente Disposición en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, gírese al Departamento Coordinación de esta Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado por este acto.
ARTICULO 3º Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4º Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias; posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 1º Fíjanse los importes promedio de las remuneraciones y los topes indemnizatorios correspondientes al Acuerdo homologado por la Disposición de la DIRECCION NACIONAL DE
RELACIONES DEL TRABAJO Nº342 del 12 de julio de 2010 y registrado bajo el Nº935/10, suscripto entre el SINDICATO GRAN BUENOS AIRES DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS y la empresa AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANONIMA, conforme con el detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.
ARTICULO 2º Regístrese la presente Disposición en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, gírese al Departamento Coordinación de esta Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registren los importes promedio de las remuneraciones y de los topes indemnizatorios fijados por este acto.
ARTICULO 3º Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
ARTICULO 4º Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las partes signatarias; posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo.
ARTICULO 5º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dra. SILVIA SQUIRE DE PUIG MORENO, Directora Nacional de Relaciones del Trabajo;
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

ARTICULO 5º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dra. SILVIA SQUIRE DE PUIG MORENO, Directora Nacional de Relaciones del Trabajo;
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

ANEXO
Expediente Nº1.393.740/10

ANEXO
Expediente Nº549.005/11

PARTES SIGNATARIAS
SINDICATO OBREROS DE ESTACIONES
DE SERVICIO, GARAGES, PLAYAS Y
LAVADEROS AUTOMATICOS SANTA FE
C/
FEDERACION ARGENTINA DE
EXPENDEDORES DE NAFTA DEL
INTERIOR

FECHA DE
ENTRADA EN
VIGENCIA
01/05/2011
01/07/2011
01/08/2011

BASE PROMEDIO

TOPE
INDEMNIZATORIO

$3.457,54
$3.737,08
$4.064,15

$10.372,62
$11.211,24
$12.192,45

47

PARTES SIGNATARIAS
SINDICATO GRAN BUENOS AIRES
DE TRABAJADORES DE OBRAS
SANITARIAS
C/
AGUA Y SANEAMIENTOS
ARGENTINOS SOCIEDAD ANONIMA

FECHA DE
BASE
TOPE
ENTRADA EN
PROMEDIO
INDEMNIZATORIO
VIGENCIA
Personal encuadrado en el CCT Nº798/06 E
01/07/2010
$7.491,30
$22.473,90
Personal perteneciente a las Empresas Contratistas Res. S.S.R.L. 67/06
01/07/2010
$3.024,30
$9.072,90

CCT Nº798/06 E

Expediente Nº1.393.740/10
Buenos Aires, 10 de enero de 2012

CCT Nº345/02

Expediente Nº549.005/11
Buenos Aires, 10 de enero de 2012
De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT Nº3/12, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 50/12 T.
VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO
Disposición Nº4/2012
Tope Nº48/2012
Bs. As., 5/1/2012

VISTO el Expediente Nº1.393.740/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº14.250 t.o. 2004, la Ley Nº20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias, la Disposición de la DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO Nº342 del 12 de julio de 2010, y CONSIDERANDO:
Que a fojas 4/6 del Expediente Nº 1.393.740/10, obran las escalas salariales pactadas entre el SINDICATO GRAN BUENOS AIRES DE TRABAJADORES DE OBRAS SANITARIAS y la empresa AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANONIMA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Empresa Nº798/06 E, conforme con lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº14.250 t.o. 2004.
Que las escalas precitadas forman parte del Acuerdo homologado por la Disposición D.N.R.T.
Nº342/10 y registrado bajo el Nº935/10, conforme surge de fojas 13/14 y 17, respectivamente.
Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias, le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las remuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables al cálculo de la indemnización que les corresponde a los trabajadores en casos de extinción injustificada del contrato de trabajo.
Que, de conformidad con la citada norma legal, los topes indemnizatorios que se fijan por la presente se determinaron triplicando los importes promedio mensuales de las remuneraciones de las escalas salariales y sus respectivos rubros conexos considerados.
Que a fojas 31/36, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo dependiente de la SECRETARIA DE TRABAJO por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo de la base promedio mensual y del tope indemnizatorio objeto de la presente, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del Artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº20.744 t.o. 1976 y sus modificatorias, y en la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº11 del 6 de enero de 2006.

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT Nº4/12, se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 48/12 T.
VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 30/01/2012 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date30/01/2012

Page count48

Edition count9420

First edition02/01/1989

Last issue07/08/2024

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