Boletín Oficial de la República Argentina del 15/07/2011 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Viernes 15 de julio de 2011

BOLETIN OFICIAL Nº 32.192

63

ARTICULO 2º La Gerencia de Autorizaciones y Registros tomará nota de lo dispuesto en el artículo anterior.

ARTICULO 2º La Gerencia de Autorizaciones y Registros tomará nota de lo dispuesto en el artículo anterior.

ARTICULO 3º Regístrese, notifíquese en el domicilio constituido ante el Registro de Productores Asesores de Seguros, en ROBERTO ORTIZ Nº932 C.P. 3100 PARANA ENTRE RIOS, y publíquese en el Boletín Oficial.

ARTICULO 3º Regístrese, notifíquese en el domicilio constituido ante el Registro de Productores Asesores de Seguros, sito en GENERAL MUNILLA Nº1169 P.B. 2 C.P. 1708 - MORON
- BUENOS AIRES, y publíquese en el Boletín Oficial.

Fdo.: FRANCISCO DURAÑONA, Superintendente de Seguros.
NOTA: La versión completa de la presente Resolución se puede consultar en Avda. Julio A.
Roca 721 de esta Ciudad de Buenos Aires.
e. 15/07/2011 Nº86473/11 v. 15/07/2011

Fdo.: FRANCISCO DURAÑONA, Superintendente de Seguros.
NOTA: La versión completa de la presente Resolución se puede consultar en Avda. Julio A.
Roca 721 de esta Ciudad de Buenos Aires.
e. 15/07/2011 Nº86471/11 v. 15/07/2011

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION
RESOLUCION Nº35.924 DEL 11 JUL. 2011

EXPEDIENTE Nº 51.172 PRESUNTAS INFRACCIONES DEL P.A.S. SR. MARTIN GABRIEL
COUTO MATRICULA Nº58.212 A LAS LEYES Nº20.091 Y 22.400.
SINTESIS:
VISTO Y CONSIDERANDO
EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS
RESUELVE:
ARTICULO 1º Levantar las medidas adoptadas respecto del productor asesor de seguros Sr.
Martín Gabriel COUTO matrícula Nº58.212, por los artículos primero y segundo de la Resolución Nº33.441 de fecha 19 de setiembre de 2008 obrante a fojas 12 a 14.
ARTICULO 2º La Gerencia de Autorizaciones y Registros tomará nota de lo dispuesto en el artículo anterior.
ARTICULO 3º Regístrese, notifíquese en el domicilio constituido ante el Registro de Productores Asesores de Seguros, sito en PARANA 736, 5º 2º C.P. 1017 - CABA, y publíquese en el Boletín Oficial.
Fdo.: FRANCISCO DURAÑONA, Superintendente de Seguros.
NOTA: La versión completa de la presente Resolución se puede consultar en Avda. Julio A.
Roca 721 de esta Ciudad de Buenos Aires.
e. 15/07/2011 Nº86476/11 v. 15/07/2011

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION
RESOLUCION Nº35.921 DEL 11 JUL. 2011
EXPEDIENTE Nº52.213 - PRESUNTAS INFRACCIONES DE LA P.A.S. SRA. MARIA JULIETA
MARTINEZ MATRICULA Nº64.978 A LAS LEYES Nº20.091 Y 22.400
SINTESIS:
VISTO Y CONSIDERANDO
EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS
RESUELVE:
ARTICULO 1º Levantar las medidas adoptadas respecto de la productora asesora de seguros Sra. María Julieta MARTINEZ matrícula Nº64.978, por los artículos primero y segundo de la Resolución Nº34.020 de fecha 29 de mayo de 2009 obrante a fs.7/9.
ARTICULO 2º La Gerencia de Autorizaciones y Registros tomará nota de lo dispuesto en el artículo anterior.
ARTICULO 3º Regístrese, notifíquese en el domicilio constituido ante el Registro de Productores Asesores de Seguros, sito en Feliciano Chiclana 2620 C.P. 1678 - CASEROS - BUENOS
AIRES y publíquese en el Boletín Oficial.
Fdo.: FRANCISCO DURAÑONA, Superintendente de Seguros.

NOTA: La versión completa de la presente Resolución se puede consultar en Avda. Julio A.
Roca 721 de esta Ciudad de Buenos Aires.
e. 15/07/2011 Nº86470/11 v. 15/07/2011

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION
RESOLUCION N 35.922 DEL 11 JUL. 2011

EXPEDIENTE Nº 55.201 PRESUNTAS INFRACCIONES DEL P.A.S. SR. JUAN ALBERTO
MALTO MATRICULA Nº66.113 A LAS LEYES Nº20.091 Y 22.400.
SINTESIS:
VISTO Y CONSIDERANDO
EL SUPERINTENDENTE
DE SEGUROS
RESUELVE:
ARTICULO 1º Levantar las medidas adoptadas respecto del productor asesor de seguros Sr. Juan Alberto MALTO matrícula Nº66.113, por los artículos primero y segundo de la Resolución Nº35.815 de fecha 19 de mayo de 2011 obrante a fojas 12 a 14.

MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y
SERVICIOS
SECRETARIA DE TRANSPORTE
SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES
Disposición Nº57/2011
Bs. As., 9/6/2011
VISTO el Expediente Nº554-000148/1997 del Registro del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y
OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y CONSIDERANDO
Que en el Expediente citado en el Visto, la Firma YPF SOCIEDAD ANONIMA solicitó el 27 de enero de 1997 la habilitación portuaria, en los términos del Artículo 9º de la Ley Nº24.093, del denominado PONTON TERMINAL FORMOSA, ubicado en la margen derecha del Río PARAGUAY en las inmediaciones de la Ciudad de FORMOSA, Provincia de FORMOSA.
Que la Ley Nº 24.093 de Actividades Portuarias y su reglamentación aprobada por Decreto Nº769 de fecha 19 de abril de 1993, establecen las pautas a que deben ajustarse, en todos los casos, la habilitación por parte del PODER EJECUTIVO NACIONAL de todos los puertos comerciales o industriales que involucren al comercio internacional o interprovincial.
Que esta SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES dependiente de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y
SERVICIOS como Autoridad de Aplicación en virtud del Artículo 22 del Decreto Nº769/93 requirió la presentación de la documentación necesaria, como así también la regularización de las observaciones y objeciones efectuadas por los organismos nacionales competentes, en virtud de lo previsto por el Artículo 6º de la Ley Nº24.093 y el Artículo 6º, última parte, del Decreto Nº769/93.
Que la firma YPF SOCIEDAD ANONIMA solicitó el desistimiento del trámite de habilitación del puerto denominado PONTON TERMINAL FORMOSA en razón de la desafectación transitoria de las operaciones en el mismo y hasta tanto se defina su continuidad.
Que en virtud de lo expresado corresponde dictar el acto administrativo por el que se desestime el pedido de habilitación portuaria interpuesto oportunamente en los términos de la Ley Nº24.093
con encuadre legal en el artículo 67 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto Nº1759/72 T.O. 1991.
Que la DIRECCION NACIONAL DE PUERTOS, dependiente de la SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, ha elaborado el informe técnico correspondiente.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA
LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que el suscripto está facultado para el dictado de la presente medida, en virtud de las competencias atribuidas en el Artículo 22 del Decreto Nº769/93 y el Decreto Nº1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.
Por ello, EL SUBSECRETARIO
DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES
DISPONE:
ARTICULO 1º Desestímase el pedido de habilitación formulado por la Firma YPF SOCIEDAD
ANONIMA, en relación con el Puerto denominado PONTON TERMINAL FORMOSA, ubicado en la margen derecha del Río PARAGUAY en las inmediaciones de la Ciudad de FORMOSA, Provincia de FORMOSA, en razón de los fundamentos expresados en los considerandos de la presente medida.
ARTICULO 2º Notifíquese a la Firma YPF SOCIEDAD ANONIMA y dése conocimiento a sus efectos, a la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA dependiente del MINISTERIO DE SEGURIDAD, al SERVICIO DE HIDROGRAFIA NAVAL dependiente del MINISTERIO DE DEFENSA y a la DIRECCION
GENERAL DE ADUANAS dependiente de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad descentralizada en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.
ARTICULO 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. RICARDO LUJAN, Subsecretario de Puertos y Vías Navegables.
e. 15/07/2011 Nº85218/11 v. 15/07/2011

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Boletín Oficial de la República Argentina del 15/07/2011 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date15/07/2011

Page count64

Edition count9411

First edition02/01/1989

Last issue29/07/2024

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