Boletín Oficial de la República Argentina del 17/12/2010 - Primera Sección

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Viernes 17 de diciembre de 2010
Que el suscripto es competente para dictar el presente acto administrativo en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº 1067 de fecha 31 de agosto de 2005 y por las Resoluciones Nros. 9 de fecha 11 de enero de 2007 y 40 de fecha 25 de enero de 2007, ambas del entonces MINISTERIO DE
ECONOMIA Y PRODUCCION.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA OFICINA NACIONAL
DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO
RESUELVE:
Artículo 1º Apruébanse las compensaciones solicitadas por la firma S. PETRI S.R.LClave Unica de Identificación Tributaria C.U.I.T.
Nº 30-70967491-5, Clave Bancaria Uniforme C.B.U. Nº 011032102003210012978-1, de la Localidad de POZO DE MOLLE, Provincia de CORDOBA, correspondientes a los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2009, las que ascienden a la
18

BOLETIN OFICIAL Nº 32.050

antes citadas, a los establecimientos que se dediquen al engorde del ganado bovino a corral FeedLots, destinados exclusivamente a la alimentación a base de granos de maíz y otros componentes del ganado bovino para su posterior faena y comercialización en el mercado interno, ya sea de propia producción, compra o que brinde servicio a terceros y a los terceros contratantes del servicio de hotelería en dichos establecimientos, respecto de la hacienda de su propiedad cuyo destino original de exportación finalmente fue destinada al mercado interno.

suma total de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL QUINIENTOS
OCHENTA CON SETENTA Y OCHO CENTAVOS
$1.492.580.78, por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.
Art. 2º Autorízase el pago de las compensaciones consignadas al beneficiario mencionado en el Artículo 1º, el que asciende a la suma total de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL QUINIENTOS
OCHENTA CON SETENTA Y OCHO CENTAVOS
$1.492.580.78.

Que por la mencionada Resolución Nº1378/07 y sus modificatorias, se fijaron los parámetros para la determinación y pago de las compensaciones correspondientes.
Que, en ese contexto, la firma DONADIO OSCAR D. Y DONADIO OMAR ENRIQUE, Clave Unica de Identificación Tributaria C.U.I.T. Nº30-62630117-3, Clave Bancaria Uniforme C.B.U. Nº014038150162300020217-6, de la Localidad de Tres Arroyos, Provincia de Buenos Aires, solicita compensaciones por los animales extraídos con destino a faena durante los meses de marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre y octubre de 2009.

Art. 3º El gasto que demande la implementación de lo establecido por el Artículo 2º de la presente medida, será atendido mediante la cuenta habilitada a tal efecto, con cargo al Crédito Vigente de la Entidad 611 - ONCCA, Programa 16 Fuente de Financiamiento 11 - Tesoro Nacional.

Que el Area de Compensaciones de Feed-Lots de la citada Oficina Nacional evaluó las solicitudes presentadas por dicha firma y procedió a efectuar la liquidación de las compensaciones requeridas de acuerdo a la normativa vigente, conforme surge del informe técnico obrante a fojas 1/3.
Que la Coordinación de Compensaciones de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO intervino favorablemente.

Art. 4º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Juan M. Campillo.
% 18 %

Que, en consecuencia, resulta procedente aprobar las compensaciones solicitadas, autorizándose el pago de las mismas.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO ha tomado la intervención que le compete.

% 18 %
Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario
Que el suscripto es competente para dictar el presente acto administrativo en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº1067 de fecha 31 de agosto de 2005 y por las Resoluciones Nros. 9 de fecha 11 de enero de 2007 y 40 de fecha 25 de enero de 2007, ambas del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

PRODUCCION DE GANADO BOVINO
Resolución 5668/2010
Autorízase el pago de compensaciones.

Por ello, Bs. As., 13/12/2010
VISTO el Expediente NºS01:0368982/2010 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, y CONSIDERANDO:
Que por la Resolución Nº9 de fecha 11 de enero de 2007 del entonces MINISTERIO DE
ECONOMIA Y PRODUCCION se creó un mecanismo destinado a otorgar compensaciones al consumo interno a través de los industriales y operadores que vendan en el mercado interno productos derivados del trigo, maíz, girasol y soja.
Que por la Resolución Nº40 de fecha 25 de enero de 2007 del citado Ministerio se facultó a la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO a establecer los mecanismos de eficiencia en el uso de los granos destinados a la alimentación de las distintas especies animales y a definir las clasificaciones de las mismas cuya producción será objeto de compensación atendiendo a las particularidades de las distintas cadenas productivas involucradas.
Que por la Resolución Nº1378 de fecha 23 de febrero de 2007, modificada por las Resoluciones Nros. 4668 de fecha 4 de octubre de 2007 y 1164 de fecha 4 de febrero de 2009, todas de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, se incorporó al mecanismo implementado por la Resolución Nº9/07 y su complementaría Nº40/07

EL PRESIDENTE
DE LA OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO
RESUELVE:
Artículo 1º Apruébanse las compensaciones solicitadas por la firma DONADIO OSCAR D.
Y DONADIO OMAR ENRIQUE, Clave Unica de Identificación Tributaria C.U.I.T. Nº30-62630117-3, Clave Bancaria Uniforme C.B.U. Nº014038150162300020217-6, de la Localidad de Tres Arroyos, Provincia de Buenos Aires, las que ascienden a la suma total de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS
SETENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON OCHENTA Y OCHO CENTAVOS
$1.373.659,88, por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.
Art. 2º Autorízase el pago de las compensaciones consignadas al beneficiario mencionado en el Anexo que forma parte de la presente, el que asciende a la suma total de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS SETENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON OCHENTA
Y OCHO CENTAVOS $1.373.659,88.
Art. 3º El gasto que demande la implementación de lo establecido por el Artículo 2º de la presente medida, será atendido mediante la cuenta habilitada a tal efecto, con cargo al Crédito Vigente de la Entidad 611 - ONCCA, Programa 16 Fuente de Financiamiento 11 - Tesoro Nacional.
Art. 4º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Juan M. Campillo.

ANEXO
PAGO COMPENSACION A ENGORDADORES DE GANADO BOVINO A CORRAL FEED LOTS S01-0368982/2010

EXPEDIENTE

RAZON SOCIAL

C.U.I.T.

C.B.U.

DONADIO
1

22501287031

OSCAR D Y
DONADIO OMAR

30-62630117-3

Establecimiento
2009
marzo
abril
mayo
junio
julio
agosto
septiembre
octubre
111.098,45

130.425,04

175.688,69

223.504,88

187.335,69

194.803,24

178.861,13

171.942,76

014038150162300020217-6

Localidad
Provincia
TRES ARRO-

BUENOS

YOS

AIRES

ENRIQUE
TOTAL

1.373.659,88

% 18 %

% 18 %
Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario
PRODUCCION DE GRANOS Y OLEAGINOSAS
Resolución 5654/2010
Autorízase el pago de compensaciones.
Bs. As., 10/12/2010
VISTO el Expediente NºS01:0383738/2010 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, y CONSIDERANDO:
Que por la Resolución Conjunta Nº57 y Nº106 de fecha 1 de marzo de 2010 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA y del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
FINANZAS PUBLICAS, respectivamente, se creó un régimen de compensación para los pequeños y medianos productores de trigo y de maíz cuya producción no hubiera superado las OCHOCIENTAS TONELADAS 800 t anuales de trigo y las UN MIL DOSCIENTAS
CUARENTA TONELADAS 1240 t anuales de maíz, para el ciclo cosecha 2009/2010.

Que por la Resolución Nº1213 de fecha 19 de abril de 2010 de la OFICINA NACIONAL DE
CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, en virtud de lo dispuesto por el Artículo 5º de la Resolución Conjunta Nº57 y Nº106/10 antes citada, se reglamentó el precitado régimen compensatorio para la producción de trigo, estableciéndose los requisitos a cumplimentar para acceder al beneficio y el procedimiento a seguir por los productores para cancelar las deudas líquidas y exigibles con la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
PUBLICAS, por impuestos, aportes y contribuciones a la seguridad social, con el monto a percibir por la compensación.
Que, en ese marco, el productor HEGI HUGO RUBEN, Clave Unica de Identificación Tributaria C.U.I.T. Nº 20-08625541-4, Clave Bancaria Uniforme C.B.U.
Nº 285032173009401655406-1, de la Localidad de SAIRA, Provincia de CORDOBA, solicita compensación por el trigo de su producción comercializado en el mercado interno.
Que cabe señalar que, conforme surge de la constancia DETALLE DE INCUMPLIMIENTOS
Res. Conjunta 57/2010 M.A.G. y P. y 106/2010 M.E.F.P., aprobada por la Resolución General Nº2824 de fecha 30 de abril de 2010 de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, presentada por el productor antes mencionado, éste registra deuda líquida y exigible con la Administración Federal por la suma de PESOS QUINCE CON NOVENTA CENTAVOS $15,90, habiendo prestado expresa conformidad para que la misma sea deducida del monto a percibir por la compensación.

About this edition

Boletín Oficial de la República Argentina del 17/12/2010 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date17/12/2010

Page count92

Edition count9389

First edition02/01/1989

Last issue07/07/2024

Download this edition

Other editions

<<<Diciembre 2010>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
262728293031