Boletín Oficial de la República Argentina del 17/11/2010 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Miércoles 17 de noviembre de 2010

Primera Sección
% 7 %

MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y
SERVICIOS
Decisión Administrativa 785/2010
Danse por aprobadas enmiendas a contrataciones.

Bs. As., 11/11/2010

BOLETIN OFICIAL Nº 32.030

7

Art. 3º El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios del MINISTERIO DE
PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, aprobados para el corriente Ejercicio por la Ley Nº26.546 y distribuidos por la Decisión Administrativa Nº2 de fecha 11 de enero de 2010.
Art. 4º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Aníbal D. Fernández. Julio M. de Vido.
ANEXO I

VISTO el Expediente Nº S01:0238489/2010 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, la Ley Nº26.546, los Decretos Nros. 2345 de fecha 30 de diciembre de 2008, 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 601 de fecha 11 de abril de 2002, 577 de fecha 7 de agosto de 2003, 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003 y 1248 de fecha 14 de setiembre de 2009, la Decisión Administrativa Nº2 de fecha 11 de enero de 2010, la Resolución Nº37 de fecha 1 de setiembre de 2009 de la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS, y CONSIDERANDO:
Que por las actuaciones mencionadas en el Visto tramita la propuesta de excepción a las prescripciones del Artículo 7º del Anexo I del Decreto Nº2345 de fecha 30 de diciembre de 2008, para la persona mencionada en el ANEXO I que integra la presente medida, formulada por la SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y CONTROL
DE GESTION dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.
Que diversas dependencias del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION
PUBLICA Y SERVICIOS han elevado las propuestas de enmiendas de las contrataciones de las personas que se detallan en los ANEXOS I a III que integran la presente medida, cuyas prestaciones resultan indispensables para el debido cumplimiento de los diversos objetivos asignados a las distintas dependencias.
Que las personas mencionadas en los ANEXOS I a III que forman parte integrante de la presente medida se encuentran exceptuadas del cumplimiento a lo establecido en el Artículo 6º del Decreto Nº601 de fecha 11 de abril de 2002, reglamentario del Decreto Nº491 de fecha 12 de marzo de 2002, por no existir reingreso en la Administración Pública Nacional.
Que se ha dado cumplimiento a la reglamentación de la SECRETARIA de la GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS establecida mediante la Resolución Nº37 de fecha 1 de setiembre de 2009.
Que por el Artículo 7º del Anexo I del Decreto Nº2345 de fecha 30 de diciembre de 2008
se autorizó al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, con carácter de excepción, mediante decisión fundada y a requerimiento del titular de la jurisdicción o entidad respectiva, a disponer la contratación de consultores que posean una especialidad de reclutamiento crítico en el mercado laboral, que no reúnan alguno de los requisitos específicos establecidos para la función.
Que por el Artículo 1º del Decreto Nº577 de fecha 7 de agosto de 2003, modificado en último término por el Decreto Nº1248 de fecha 14 de setiembre de 2009, se estableció que toda contratación será aprobada por el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente superior a la suma de PESOS CINCO MIL SETECIENTOS $5.700.-.
Que en las enmiendas de las contrataciones propiciadas en los ANEXOS I a III que integran la presente medida se configura el supuesto previsto en la norma precedentemente citada, por lo que corresponde al suscripto disponer su aprobación.
Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, aprobado para el corriente Ejercicio por la Ley Nº26.546 y distribuido por la Decisión Administrativa Nº2 de fecha 11 de enero de 2010, a fin de atender el gasto resultante de las enmiendas de las contrataciones alcanzadas por la presente medida.
Que la DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS dependiente de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y NORMALIZACION PATRIMONIAL de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, ha tomado la intervención que le compete en orden a lo dispuesto por el Artículo 8º del Decreto Nº1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y
SERVICIOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, por el Artículo 7º del Anexo I del Decreto Nº2345 de fecha 30 de diciembre de 2008 y por el Artículo 1º del Decreto Nº577 de fecha 7 de agosto de 2003, modificado en último término por el Decreto Nº1248 de fecha 14 de setiembre de 2009.
Por ello, EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Exceptúase al MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS de lo dispuesto por el Artículo 7º del Anexo I del Decreto Nº2345 de fecha 30 de diciembre de 2008, al solo efecto de posibilitar la enmienda de la contratación de la persona que se detalla en el ANEXO I que forma parte integrante de la presente medida.
Art. 2º Danse por aprobadas las enmiendas de las contrataciones de locación de servicios, encuadradas en las previsiones del Decreto Nº2345 de fecha 30 de diciembre de 2008, entre el MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y las personas que se detallan en los ANEXOS I a III que forman parte integrante de la presente medida, de conformidad con el período, monto mensual, función y rango que en cada caso se indica, en el marco de los contratos individuales del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y
SERVICIOS.

ANEXO II

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Boletín Oficial de la República Argentina del 17/11/2010 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date17/11/2010

Page count76

Edition count9393

First edition02/01/1989

Last issue11/07/2024

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