Boletín Oficial de la República Argentina del 28/09/2010 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Martes 28 de setiembre de 2010
% 15 %
Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario
PRODUCCION DE GANADO
BOVINO
Resolución 3671/2010
Autorízase el pago de compensaciones.
Bs. As., 22/9/2010
VISTO el Expediente Nº S01:0120827/2010 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, y CONSIDERANDO:
Que por la Resolución Nº9 de fecha 11 de enero de 2007, del entonces MINISTERIO
DE ECONOMIA Y PRODUCCION se creó un mecanismo destinado a otorgar compensaciones al consumo interno a través de los industriales y operadores que vendan en el mercado interno productos derivados del trigo, maíz, girasol y soja.
Que por la Resolución Nº 40 de fecha 25
de enero del 2007 del ex MINISTERIO DE
ECONOMIA Y PRODUCCION, se facultó expresamente a la OFICINA NACIONAL DE
CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, a establecer los mecanismos de eficiencia en el uso de los granos destinados a la alimentación de distintas especies animales y a definir las clasificaciones de las mismas cuya producción será objeto de compensación.
Que mediante Resolución Nº1378 de fecha 23 de febrero de 2007, modificada por las Resoluciones Nros. 4668 de fecha 4 de octubre de 2007 y 1164 de fecha 4 de febrero de 2009, todas de la citada Oficina Nacional, se incorporó al mecanismo implementado por la mencionada Resolución Nº9/07
y su complementaria Nº 40/07, a los establecimientos que se dedican al engorde del ganado bovino a corral Feed Lots con alimentación a base de granos de maíz y otros componentes, para su posterior faena y comercialización exclusivamente en el mercado interno, ya sea de propia producción, compra o que brinde servicios a terceros.
Que mediante la referida Resolución Nº 1378/07 y sus modificatorias se fijaron los parámetros para la determinación y pago de las correspondientes compensaciones.
Que en tal marco se presentaron las solicitudes de la firma S. PETRI S.R.LNº30-70967491-5, Clave Bancaria Uniforme C.B.U. Nº 0110321020032100129781, sita en la localidad de POZO DEL MOLLE provincia de CORDOBA, la que se dedica al engorde del ganado bovino a corral Feed Lots con alimentación a base de granos de maíz y otros componentes, para su posterior faena y comercialización exclusivamente en el mercado interno, ya sea de propia producción, compra o que brinde servicios a terceros.
Que las solicitudes presentadas fueron sujetas a análisis por el Area de Compensaciones de la citada Oficina Nacional de acuerdo a la normativa vigente, conforme surge del informe técnico obrantes a fojas 1/3.
Que en tal sentido, la Coordinación de Compensaciones manifiesta que corresponde aprobar el monto del beneficio solicitado, conforme lo verificado en el informe técnico obrante a fojas 179/180.
Que a su vez, conforme surge de la constancia emitida por la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS obrante a fojas 142/143 de las presentes actuaciones, la firma S. PETRI S.R.L. registra deuda con ese Organismo al día 25 veinticinco de agosto de 2010, en relación con las obligaciones tributarias emergentes del ejercicio de su actividad.
Que dicho informe tiene una validez de 30
TREINTA días corridos a partir del día de su emisión inclusive.
Que en ese marco, por Artículo 1º de la Resolución Conjunta General Nº 2588 y 3198 de fecha 7 de abril de 2009 de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS
PUBLICOS y de la OFICINA NACIONAL DE
CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO,
respectivamente, se establece que: Los contribuyentes y/o responsables que registren deudas líquidas y exigibles correspondientes a obligaciones impositivas y/o recursos de la seguridad social cuya aplicación, percepción y control se encuentre a cargo de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS
PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, a fin de obtener el pago de aportes no reintegrables y/o compensaciones, podrán optar por cancelar dichas deudas tributarias a través del procedimiento que se establece por la presente norma conjunta.

PRODUCCION DE GANADO BOVINO
Resolución 3670/2010
Autorízase el pago de compensaciones.
Bs. As., 22/9/2010
VISTO el Expediente NºS01:0312167/2010 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, y CONSIDERANDO:
Que por la Resolución Nº9 de fecha 11 de enero de 2007 del entonces MINISTERIO DE
ECONOMIA Y PRODUCCION se creó un mecanismo destinado a otorgar compensaciones al consumo interno a través de los industriales y operadores que vendan en el mercado interno productos derivados del trigo, maíz, girasol y soja.
Que por la Resolución Nº40 de fecha 25 de enero de 2007 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION se facultó a la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL
AGROPECUARIO, a establecer los mecanismos de eficiencia en el uso de los granos destinados a la alimentación de las distintas especies animales y a definir las clasificaciones de las mismas cuya producción será objeto de compensación.

Que en consecuencia, corresponde proceder a autorizar el pago de la compensación solicitada una vez efectuada la deducción mencionada en el párrafo anterior.

Que mediante Resolución Nº1378 de fecha 23 de febrero de 2007, modificada por las Resoluciones Nros. 4668 de fecha 4 de octubre de 2007 y 1164 de fecha 4 de febrero de 2009, todas de la citada Oficina Nacional, se incorporó al mecanismo implementado por la mencionada Resolución Nº9/07 y su complementaria Nº40/07, a los establecimientos que se dedican al engorde del ganado bovino a corral Feed Lots con alimentación a base de granos de maíz y otros componentes, para su posterior faena y comercialización exclusivamente en el mercado interno, ya sea de propia producción, compra o que brinde servicios a terceros.

Que la Coordinación del Area de Compensaciones de la OFICINA NACIONAL DE
CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO
intervino favorablemente a fojas 179/180.
Que la Coordinación Legal y Técnica de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO ha intervenido en el marco de su competencia.

Que mediante la referida Resolución Nº1378/07 y sus modificatorias se fijaron los parámetros para la determinación y pago de las correspondientes compensaciones.
Que en tal marco se presentó la solicitud del productor que se dedica al engorde del ganado bovino a corral Feed Lots con alimentación a base de granos de maíz y otros componentes, para su posterior faena y comercialización exclusivamente en el mercado interno, ya sea de propia producción, compra o que brinde servicios a terceros, cuyo Nombre o Razón Social, Expediente, Clave Unica de Identificación Tributaria C.U.I.T. y Clave Bancaria Uniforme C.B.U. se detallan en el Anexo que forma parte de la presente resolución.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para dictar el presente acto administrativo en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº1067
de fecha 31 de agosto de 2005 y por las Resoluciones Nros. 9 de fecha 11 de enero de 2007, 40 de fecha 25 de enero de 2007, ambas del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION, y por la Resolución Conjunta Nº2588 y Nº3198 de fecha 7 de abril de 2009 de la ADMINISTRACION FEDERAL DE
INGRESOS PUBLICOS y de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, respectivamente.

Que la solicitud presentada por la firma LOS POTRERILLOS S.A. C.U.I.T. Nº30-709556734 fue liquidada de conformidad con lo establecido en la citada Resolución Nº1378/07 y sus modificatorias.
Que el Area de Compensaciones de la citada Oficina Nacional evaluó las presentaciones efectuadas de acuerdo a la normativa vigente, conforme surge del informe técnico obrante a fojas 1/3.
Que asimismo, la Coordinación del Area de Compensaciones de la OFICINA NACIONAL
DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO intervino favorablemente a fojas 35/36.
Que en el presente caso no resulta ser de aplicación la Resolución Nº145 de fecha 7 de septiembre de 2007 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, por tratarse de establecimientos de engorde de ganado bovino a corral Feed Lots.

Por ello,
Que la Coordinación Legal y Técnica de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, ha tomado la intervención que le compete.

EL PRESIDENTE
DE LA OFICINA NACIONAL
DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO
RESUELVE:

Art. 2º Autorízase la emisión del Volante Electrónico de Pago V.E.P. a favor de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS por la suma de PESOS CUARENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON CUARENTA Y TRES CENTAVOS $47.255,43 en concepto de saldos adeudados por obligaciones impositivas y/o previsionales del contribuyente S. PETRI S.R.L.
Art. 3º Cumplido lo dispuesto por el artículo precedente, autorízase el pago del remanente de la compensación consignada, a la firma S. PETRI S.R.LNº0110321020032100129781, el que asciende a la suma total de PESOS SESENTA Y OCHO
MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON
SESENTA Y DOS CENTAVOS $68.255,62.
Art. 4º El gasto que demande la implementación de lo establecido en el Artículo 3º de la presente medida será atendido mediante la cuenta habilitada a tal efecto, con cargo al Crédito Vigente de la Entidad 611-ONCCA, Programa 16 Fuente de Financiamiento 11 - Tesoro Nacional.
Art. 5º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Juan M. Campillo.
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Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario
Que en el citado caso se encuentra la firma solicitante, y habiendo ejercido la opción prevista en la citada Resolución Conjunta, según consta a fojas 144, corresponde proceder a la cancelación de la deuda tributaria existente por la suma de PESOS CUARENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON CUARENTA Y TRES CENTAVOS $47.255,43.

Artículo 1º Apruébase la compensación solicitada por la firma S. PETRI S.R.LNº011032102003210012978-1, correspondiente a los periodos de octubre, noviembre y diciembre de 2008, la que asciende a la suma total de PESOS
CIENTO QUINCE MIL QUINIENTOS ONCE CON
CINCO CENTAVOS $ 115.511,05, por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.

BOLETIN OFICIAL Nº 31.996

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para dictar el presente acto administrativo en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº1067 de fecha 31 de agosto de 2005, por las Resoluciones Nros. 9 de fecha 11 de enero de 2007 y 40 de fecha 25 de enero de 2007 ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO
RESUELVE:
Artículo 1º Apruébase la compensación solicitada por el productor que se dedica al engorde del ganado bovino a corral Feed Lots, que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución, la que asciende a la suma total de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS SETENTA MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON SETENTA Y NUEVE CENTAVOS
$1.470.257,79, por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.
Art. 2º Autorízase el pago de la compensación consignada al beneficiario mencionado en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, el que asciende a la suma total de PESOS
UN MILLON CUATROCIENTOS SETENTA MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON SETENTA Y NUEVE CENTAVOS $1.470.257,79.
Art. 3º El gasto que demande la implementación de lo establecido por el Artículo 2º de la presente medida, será atendido mediante la cuenta habilitada a tal efecto, con cargo al Crédito Vigente de la Entidad 611-ONCCA, Programa 16, Fuente de Financiamiento 11 - Tesoro Nacional.
Art. 4º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Juan M. Campillo.
ANEXO
PAGO COMPENSACION A ENGORDADORES DE GANADO BOVINO A CORRAL FEED LOTS S01:0312167/2010

EXPEDIENTE

RAZON SOCIAL

C.U.I.T.

C.B.U.

1

41369301119

LOS POTRERILLOS S.A.

30-70955673-4

01403716 01701300655516

TOTAL

Período 2009

Establecimiento
Noviembre
Localidad
Provincia
$1.470.257,79

GRAL. LAS HERAS

BS.AS.

$1.470.257,79

% 15 %

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Boletín Oficial de la República Argentina del 28/09/2010 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date28/09/2010

Page count60

Edition count9389

First edition02/01/1989

Last issue07/07/2024

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