Boletín Oficial de la República Argentina del 10/08/2009 - Primera Sección

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Primera Sección
Lunes 10 de agosto de 2009
Por ello,
BOLETIN OFICIAL Nº 31.712

3

Que el entonces ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS ETOSS actuó conforme a derecho y dentro del marco de su competencia, no apareciendo su conducta como irracional que acarree la tacha de ilegitimidad y determine su revisión en la alzada, la cual debe limitarse únicamente al análisis de la legalidad del acto y no a cuestiones de oportunidad, mérito y conveniencia.

LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Danse por designados con carácter transitorio por el término de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles a partir de la fecha que en cada caso se indica a los agentes consignados en la planilla que como Anexo I forma parte integrante del presente decreto, de acuerdo con el detalle obrante en la misma, autorizándose el correspondiente pago de Función Ejecutiva del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO SINEP, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por Decreto Nº2098/08, con carácter de excepción a lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley Nº26.422. En el caso exclusivo del Licenciado D. Germán Ulises ARRIBAS su designación se efectúa con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del Título II Capítulo III del Decreto citado precedentemente.
Art. 2º Los cargos involucrados deberán ser cubiertos conforme los sistemas de selección vigentes y requisitos según lo establecido, respectivamente en el artículo 120 y en el Título II, Capítulos III, IV y VIII previstos por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por Decreto Nº2098/08 dentro del plazo de CIENTO OCHENTA 180 días hábiles contados a partir de la fecha de su designación.
Art. 3º El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios para el ejercicio de la Jurisdicción de origen.
Art. 4º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Aníbal D. Fernández.
ANEXO I
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Que en el Anexo al Artículo 1º del Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003, entre los objetivos de la SUBSECRETARIA DE RECURSOS HIDRICOS dependiente de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, se establece que la citada Subsecretaría, ejerce las facultades inherentes a la Autoridad de Aplicación del Contrato de Concesión del Servicio Público de Agua Potable y Desages Cloacales celebrado con la ex Concesionaria AGUAS
ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA, habiendo tomado la intervención que le compete.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y
SERVICIOS ha tornado la intervención de su competencia.
Que el presente se dicta en el marco de lo dispuesto por el Artículo 99, Inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, el Artículo 94 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto Nº1759/72 T.O. 1991 y el Artículo 68 del Anexo I del Decreto Nº999 de fecha 18 de junio de 1992.
Por ello, LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Recházase el recurso de alzada interpuesto en subsidio del de reconsideración por la ex Concesionaria AGUAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA contra la Resolución Nº187
de fecha 30 de agosto de 2006 del entonces ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS ETOSS.
Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. FERNANDEZ DE KIRCHNER. Julio M. De Vido.

SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA
APELLIDO Y NOMBRES

DNI Nº
NIVEL
GRADO

NIVEL
FE

FUNCION

ALTA

ARRIBAS, Germán Ulises
23.848.997

A0

I

Director General Técnico Administrativo
20/07/2009

BRUNO, Gabriel Alfredo
21.445.112

B0

II

Director de Presupuesto, Compras y Contrataciones
17/07/2009

SERVICIOS PUBLICOS
Decreto 1041/2009
Recházase un recurso interpuesto contra la Resolución N 187/06 del entonces Ente Tripartito de Obras y Servicios Sanitarios ETOSS.

Bs. As., 5/8/2009
VISTO el Expediente Nº15.650/06 del Registro del entonces ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS ETOSS y los Decretos Nros. 999 de fecha 18 de junio de 1992, 787
de fecha 22 de abril de 1993, 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003, 303 de fecha 21 de marzo de 2006, y el Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto Nº1759/72
T.O. 1991, y CONSIDERANDO:
Que el representante de Ia empresa GALANTE DANTONIO SOCIEDAD ANONIMA efectuó, con relación al inmueble sito en la calle Juan Bautista Justo Nº1601 de la Localidad de BECCAR, Provincia de BUENOS AIRES, en sede del entonces ENTE TRIPARTITO DE
OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS ETOSS el reclamo Nº53.310 de fecha 20 de mayo de 2002 relativo a un error en la facturación efectuada por la ex Concesionaria AGUAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA al inmueble mencionado.
Que el entonces ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS consideró que el reclamo se efectuó en los términos del recurso directo, reglado por el Artículo 72 del Marco Regulatorio, aprobado por Decreto Nº999 de fecha 18 de junio de 1992 y concordante con el Artículo 56 del Reglamento del Usuario Resolución ETOSS Nº83 de fecha 10 de septiembre de 1998.
Que el Directorio del entonces ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS
ETOSS dictó la Resolución Nº 187 de fecha 30 de agosto de 2006 por la cual dispuso hacer lugar al recurso directo efectuado por el reclamante, ordenando a la ex Concesionaria AGUAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA devolver al usuario los montos correspondientes a los últimos CINCO 5 años período no alcanzado por la prescripción teniendo por fecha interruptiva la del primer reclamo ante la ex prestataria y hasta la fecha en que existió real medición de consumos en el inmueble, con más los intereses correspondientes y lo que resultase de la aplicación de la indemnización del Artículo 31 de la Ley de Defensa del Consumidor Nº24.240.
Que como consecuencia del dictado de la Resolución mencionada en el considerando anterior, la ex Concesionaria AGUAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA presentó con fecha 11 de octubre de 2006 un escrito a través del cual interpuso recurso de reconsideración y alzada en subsidio.
Que a través de la Resolución Nº394 de fecha 5 de diciembre de 2006, el entonces ENTE
TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS ETOSS resolvió rechazar el recurso de reconsideración interpuesto por la ex Concesionaria AGUAS ARGENTINAS SOCIEDAD
ANONIMA contra los términos de la Resolución ETOSS Nº187/2006.
Que la recurrente basó formalmente sus impugnaciones en lo dispuesto por los Artículos 68
del Marco Regulatorio aprobado por Decreto Nº999 de fecha 18 de junio de 1992 y 94 del Reglamento de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Nº1759/72 T.O. 1991.
Que analizadas en esta instancia administrativa la procedencia formal y los elementos de juicio contenidos en la causa se concluye que, resulta procedente sostener la legalidad y razonabilidad de la resolución impugnada.

ACUERDOS
Decreto 1042/2009
Homológase el Acta Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional de fecha 29 de mayo de 2009.

Bs. As., 5/8/2009
VISTO el Expediente Nº1.331.481/09 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto t.o.
2005 y sus modificatorias, la Ley Nº18.753, la Ley Nº24.185, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº25.164, la Ley Nº26.198, el Decreto Nº447 del 17 de marzo de 1993, el Decreto Nº911 del 18 de julio de 2006, el Decreto Nº115 del 17 de febrero de 2009, el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologado por el Decreto Nº214 del 27 de febrero de 2006, el Acta Acuerdo del 29 de mayo de 2009 de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional, y CONSIDERANDO:
Que por la mencionada Ley Nº24.185 se estableció el régimen aplicable a las negociaciones colectivas entre la Administración Pública Nacional y sus empleados.
Que en cumplimiento del mecanismo establecido por la Ley Nº24.185, se ha constituido la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional, homologado por el Decreto Nº214/06.
Que, las partes, en el marco previsto por el artículo 6º de la Ley Nº24.185, reglamentado por el artículo 5º del Decreto Nº447/93 y normas complementarias, acordaron incrementar a partir del 1º de junio de 2009 y del 1º de agosto de 2009 los montos de los beneficios previstos por los artículos 131 y 149 del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologado por el Decreto Nº214/06 y por los artículos 3º, 6º y 8º, en su inciso a, del Anexo III de la antedicha norma convencional homologado por el Decreto Nº911/06, concretado a través del Acta Acuerdo de fecha 29 de mayo de 2009 de la precitada Comisión Negociadora.
Que el mencionado Acuerdo cumple con los requisitos del artículo 11 de la Ley Nº24.185.
Que se han cumplimentado las intervenciones prescriptas por el artículo 79, segundo párrafo, del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional homologado por el Decreto Nº214/06.
Que la Comisión Técnica Asesora de Política Salarial del Sector Público ha emitido el correspondiente dictamen.
Que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención prevista en los artículos 7º, 10 y concordantes de la Ley Nº24.185.
Que en atención a las prescripciones del artículo 16 de la Ley Nº 26.198, tratándose de incrementos generados en acuerdo colectivo en el marco de la Ley Nº24.185 y habiéndose observado los requisitos y procedimientos que surgen de dicha norma y de la Ley Nº18.753, deben tenerse por cumplidas las disposiciones del artículo 62 de la Ley Nº11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto t.o. 2005 y sus modificatorias con la suscripción del Acta Acuerdo de fecha 29 de mayo de 2009 que dispone su vigencia a partir del 1º de junio de 2009 y del 1º de agosto de 2009.
Que mediante el Acta Acuerdo del 20 de mayo de 2009 celebrada en el MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL en el marco de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional, homologado por el Decreto Nº214/06, se establecieron las pautas para el incremento de las retribuciones del personal comprendido en el ámbito del citado Convenio Colectivo.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 10/08/2009 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date10/08/2009

Page count56

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First edition02/01/1989

Last issue06/07/2024

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