Boletín Oficial de la República Argentina del 06/04/2009 - Primera Sección

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Primera Sección
Lunes 6 de abril de 2009

Cont. Púb. ANA MARIA BRANA, Directora, Dirección de Análisis de Fiscalización Especializada.
e. 06/04/2009 Nº23770/09 v. 06/04/2009

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS METROPOLITANAS
Disposición Nº15/2009
Comisión Evaluadora. Designación de miembros.
Bs. As., 27/3/2009
VISTO la Actuación SIGEA Nº12207-222-2008 y las Disposiciones Nº297/03 AFIP y 332/07
AFIP, Régimen General para Contrataciones de Bienes, Servicios y Obras Públicas, y CONSIDERANDO:
Que por la Disposición Nº297/03 AFIP fue aprobado el Régimen General para Contrataciones de Bienes, Servicios y Obras Públicas de la AFIP.
Que en el Artículo 48 de la mencionada Disposición se determina la integración y funcionamiento de la Comisión Evaluadora.
Que según el artículo 2º de la Disposición Nº332/07 AFIP, la designación de los miembros de las áreas descentralizadas, será efectuada por el Subdirector General del área en la que funciona la respectiva Comisión Evaluadora.
Que por Disposición Nº 26/2006 SDG OAM, se designaron los miembros integrantes de la Comisión Evaluadora de la Dirección Aduana de Ezeiza, siendo necesario proceder a su reelección y nueva designación de otros integrantes, según nómina que obra como Anexo I, en los términos del artículo 6º de la Disposición Nº366/03 AFIP
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por la Disp. Nº297/2003 AFIP.
Por ello, EL SUBDIRECTOR GENERAL
DE LA SUBDIRECCION GENERAL
DE OPERACIONES ADUANERAS METROPOLITANAS
D I S P O N E:
ARTICULO 1º Designar como miembros integrantes de la Comisión Evaluadora instituida por el Artículo 48 de la Disposición Nº297/03 AFIP, en jurisdicción de la Dirección Aduana de Ezeiza, a los funcionarios que se detallan en el Anexo I de la presente.
ARTICULO 2º Dejar sin efecto la Disposición Nº026/06 SDG OAM.
ARTICULO 3º Regístrese. Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial. Notifíquese, dése conocimiento a la Dirección de Logística a sus efectos y archívese. DANIEL
SANTANNA, Subdirector General de la Subdirección General de Operaciones Aduaneras Metropolitanas.
ANEXO I DE LA DISPOSICION Nº 15/09 SDG OAM
COMISION EVALUADORA
DIRECCION ADUANA DE EZEIZA
APELLIDO Y NOMBRE

LEGAJO Nº
CARACTER

Dra. Graciela Inés KRENZ

17639-7

PRESIDENTE

Dr. Hugo VALLE

17842-0

1ER. VOCAL TITULAR

Cdora. Marisa DE MOURA

26727-9

2DO. VOCAL TITULAR

Ing. Marcelo IACOBACCIO

28284-7

1ER. VOCAL SUPLENTE

Ing. Victor ANDRES

29260-5

2DO. VOCAL SUPLENTE
e. 06/04/2009 Nº23369/09 v. 06/04/2009

ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución Nº180/2009
ACTA Nº1040
Expediente ENRE Nº 23.080/07
Bs. As., 18/3/2009

El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Sancionar a la Distribuidora EDENOR S.A. por el incumplimiento de sus obligaciones respecto del relevamiento y procesamiento de los datos que permiten evaluar la Calidad del Producto Técnico - Nivel de Tensión - del semestre 22 de control de la Etapa 2 período comprendido entre los meses de marzo de 2007 y agosto de 2007, de acuerdo a lo previsto en el punto 5.5.1 del Subanexo 4 del Contrato
BOLETIN OFICIAL Nº 31.628

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de Concesión con una multa de PESOS TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS
NOVENTA Y DOS CON 86/100 $345.292,86. 2.- La suma de PESOS TRESCIENTOS CUARENTA
Y CINCO MIL CIENTO NOVENTA Y CINCO CON 50/100 $345.195,50 correspondiente a la multa establecida en el ARTICULO 1 de este acto deberá ser depositada en el plazo de DIEZ 10 días hábiles administrativos en la cuenta abierta según la Resolución ENRE Nº171/2000 dictada el 15 de marzo de 2000, y acreditarlo oportunamente a los usuarios activos en los términos previstos en la citada Resolución, bajo apercibimiento de ejecución. 3.- La suma restante de PESOS NOVENTA Y SIETE CON
36/100 $97,36 correspondiente a la multa establecida en el ARTICULO 1 de este acto deberá ser depositada en el plazo de DIEZ 10 días hábiles administrativos en la cuenta corriente ENRE 50/652
Recaudadora Fondos de Terceros Nº2.915/89 del Banco de la Nación Argentina, Sucursal Plaza de Mayo, bajo apercibimiento de ejecución. 4.- EDENOR S.A. deberá entregar al ENRE, copia firmada por representante o apoderado de la Distribuidora, de la documentación de respaldo de los depósitos a que se refieren los ARTICULOS 2 y 3, dentro de los DOS 2 días hábiles administrativos contados a partir de efectuados los depósitos, bajo apercibimiento de ejecución. 5.- Sancionar a EDENOR S.A.
por las diferencias entre los cálculos realizados por la Distribuidora y el ENRE durante el semestre 22º de control de la Etapa 2 período comprendido entre los meses de marzo de 2007 y agosto de 2007, por un monto de PESOS DOSCIENTOS TRES MIL CIENTO SETENTA Y TRES CON 78/100
$203.173,78 proveniente de los usuarios medidos omitidos y/o donde difiere el valor de la bonificación calculada, que surge de los archivos denominados USUARIOS MEDIDOS CON DIF DE BONIFICACION SEM22.XLS, INFORME AFECTADOS OMITIDOS SEM22.XLS, e INFORME AFECTADOS
CON DIFERENCIAS BONIF SEM22 del soporte informático contenido en el Informe Técnico de fojas 330/344 del expediente del VISTO, con la modificación establecida en el ARTICULO 8 de este acto.
6.- En virtud de lo previsto en la Cláusula Quinta del ACTA ACUERDO suscripta por la UNIDAD DE
RENEGOCIACION Y ANALISIS DE CONTRATOS DE SERVICIOS PUBLICOS y EDENOR SA. y ratificada por el Decreto PEN Nº1957/2006 y lo señalado en los considerandos del presente acto, la Distribuidora deberá destinar los montos de las sanciones dispuestas en el ARTICULO 5 de este acto a la ejecución de inversiones adicionales a las previstas en el Anexo VI del Acta Acuerdo y en el Programa de Inversiones que la concesionaria presente en el marco de la REVISION TARIFARIA INTEGRAL, determinando a su criterio las que resulten prioritarias para la prestación del Servicio Público, debiendo informar sobre su elección dentro del plazo de QUINCE 15 días. Asimismo, dentro del plazo máximo de SESENTA 60 días de la conformidad notificada por el ENRE respecto de las obras seleccionadas por la Distribuidora, se deberá informar sobre la realización de las mismas respetando el formato previsto en el Anexo VII del Acta Acuerdo ratificada por el Decreto PEN Nº1957/2006, bajo apercibimiento de ejecución.7.- Lo dispuesto en el presente acto con relación al destino de las sanciones del ARTICULO
5, resulta de aplicación a las bonificaciones determinadas por la Distribuidora conforme lo previsto por la Resolución ENRE Nº63/2002 para el semestre 22º. 8.- EDENOR S.A. deberá adicionar a la sanción dispuesta en el ARTICULO 5, así como a las bonificaciones determinadas por la Distribuidora conforme lo previsto por la Resolución ENRE Nº63/2002 para el semestre 22º, el incremento dispuesto por el apartado 5.5 de la Cláusula Quinta del ACTA ACUERDO, para lo que deberá informar el valor del porcentaje de incremento considerado en la determinación de la sanción para cada tarifa, redondeado a DOS 2 decimales, dentro de los DIEZ 10 días hábiles administrativos contados a partir de notificada la presente. 9. Notifíquese a EDENOR S.A. con copia del Informe Técnico de fojas 330/344 y del soporte informático que acompaña al mismo, y hágasele saber que: a se le otorga vista del Expediente por única vez y por el término de DIEZ 10 días hábiles administrativos contados desde la notificación de este acto, b la presente Resolución es susceptible de ser recurrida en los plazos que se indican, los que se computarán a partir del día siguiente al último de la vista concedida: i por la vía del Recurso de Reconsideración conforme lo dispone el Artículo 84 del Reglamento de la Ley Nº19.549 de Procedimientos Administrativos aprobado mediante Decreto Nº1759/72 T.O. en 1991, dentro de los DIEZ
10 días hábiles administrativos, así como también, ii en forma subsidiaria, o alternativa, por la vía del Recurso de Alzada previsto en el Artículo 94 del citado Reglamento y en el Artículo 76 de la Ley Nº24.065, dentro de los QUINCE 15 días hábiles administrativos; y iii mediante el Recurso Directo por ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal previsto en el Artículo 81 de la Ley Nº24.065, dentro de los TREINTA 30 días hábiles judiciales, y c todo lo previsto en la presente Resolución es bajo apercibimiento de ejecución. Firmado: MARCELO BALDOMIR KIENER, Vocal Primero. LUIS MIGUEL BARLETTA, Vicepresidente. MARIO H. DE CASAS, Presidente.
e. 06/04/2009 Nº23330/09 v. 06/04/2009

ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución Nº181/2009
ACTA Nº1040
Expediente ENRE Nº20.627/07
Bs. As., 18/3/2009
El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.Aclarar que en el ARTICULO 3 de la Resolución ENRE Nº656/2008 la remuneración mensual de la DAG de LUJAN DE CUYO aprobada por Resolución ENRE Nº26/2005 es: PESOS SEIS MIL
OCHENTA Y DOS CON SESENTA Y TRES CENTESIMAS más IVA $6.082,63 + IVA más dólares estadounidenses QUINIENTOS OCHENTA Y OCHO más IVA u$S 588 + IVA. 2.- Rectificar el ARTICULO 11 de la Resolución ENRE Nº656/2008 y donde dice Establecer que la remuneración aprobada en los ARTICULOS 2 a 9 tendrá vigencia a partir del dictado de la presente Resolución deberá decir Establecer que la remuneración aprobada en los ARTICULOS 2 a 10 tendrá vigencia a partir del dictado de la presente Resolución. 3.- Notifiquese a DISTROCUYO S.A., a la SECRETARIA DE ENERGIA DE LA NACION, al MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA y SERVICIOS y a CAMMESA. Firmado: MARCELO BALDOMIR KIENER, Vocal Primero. LUIS MIGUEL BARLETTA, Vicepresidente. MARIO H. DE CASAS, Presidente.
e. 06/04/2009 Nº23329/09 v. 06/04/2009

ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución Nº182/2009
ACTA Nº1040
Expediente ENRE Nº28.033/08
Bs. As., 18/3/2009
El Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Dar a publicidad el pedido de Acceso a la Capacidad de Transporte, solicitado por la EMPRESA PROVINCIAL DE ENERGIA DE SANTA FE, requerido por ENERGIA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, consistente en el ingreso de una nueva Central de Generación Diesel compuesta por DOCE 12
unidades de 1,6 MW cada una, totalizando 19,2 MW, en la ET RAFAELA OESTE, PROVINCIA DE
SANTA FE. 2.-Solicitar a CAMMESA la publicación de un AVISO, así como publicar el mismo en la página Web del ENRE por el plazo de cinco 5 días a fin que quien lo considere procedente presente un proyecto alternativo de Acceso que produzca una optimización del funcionamiento técnico-económico del SADI, o presente observaciones u oposiciones sobre la base de la existencia de perjuicios para el mismo, procediendo en su caso de acuerdo a lo consignado en los Considerandos de la presente. En caso de que no hubiera ninguna presentación, vencido el plazo se considerará autorizado el Acceso solicitado. 3.- EPESF y ENARSA deberán acordar las condiciones en que se realizará la prestación de la Función Técnica de Transporte. 4.- Notifíquese a la EMPRESA PROVINCIAL DE
ENERGIA DE SANTA FE, a ENERGIA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, a CAMMESA y a las

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Boletín Oficial de la República Argentina del 06/04/2009 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date06/04/2009

Page count28

Edition count9407

First edition02/01/1989

Last issue25/07/2024

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