Boletín Oficial de la República Argentina del 03/04/2009 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Viernes 3 de abril de 2009

BOLETIN OFICIAL Nº 31.627

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S.A.F.J.P. en lo atinente a la designación y relaciones con el personal, compras y contrataciones y su financiamiento.
ARTICULO 2º Adoptar el Reglamento Interno para el Personal aprobado por Disposición Interna de la S.A.F.J.P. Nº57 de fecha 26 de febrero de 1999 y su reglamentación, el que será aplicable exclusivamente para el personal médico, técnico, auxiliar y administrativo que se desempeña en las Comisiones Médicas y Comisión Médica Central que fuera transferido a la S.R.T., en virtud de lo dispuesto por el artículo 15 de la Ley Nº26.425.
ARTICULO 3º Adoptar el Régimen de Compras y Contrataciones aprobado por Disposición S.A.F.J.P. Nº1 de fecha 10 de febrero de 2003 y su reglamentación, el que será aplicable exclusivamente para las compras y contrataciones que realice la S.R.T. vinculadas con las Comisiones Médicas y Comisión Médica Central.
ARTICULO 4º La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTICULO 5º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dr. JUAN H. GONZALEZ GAVIOLA, Superintendente de Riesgos del Trabajo.
e. 03/04/2009 Nº23334/09 v. 03/04/2009

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION
Resolución Nº33.880 del 26 mar 2009
EXPTE. Nº33.678. TRANSAMERICA OCCIDENTAL LIFE INSURANCE COMPANY.
SINTESIS:
VISTO Y CONSIDERANDO EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS
RESUELVE:
ARTICULO 1º Cancelar la inscripción de TRANSAMERICA OCCIDENTAL LIFE INSURANCE
COMPANY en el Registro de Entidades de Seguros y Reaseguros, entidad inscripta bajo el número 653 seiscientos cincuenta y tres.
ARTICULO 2º Comuníquese, notifíquese, expídase testimonio de la presente resolución y publíquese en el Boletín Oficial. Firmado: GUSTAVO MEDONE, Superintendente de Seguros.
La versión completa de la presente resolución se puede obtener en julio A. Roca 721 Planta Baja - Capital Federal.
e. 03/04/2009 Nº22721/09 v. 03/04/2009

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS
SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION
Resolución Nº33.381/2009
Bs. As., 27/3/2009
VISTO la Comunicación A 3473 del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA de fecha 9/02/02 y las Resoluciones Nº28.581 de fecha 11 de febrero de 2002 y Nº29.260 de fecha 15
de mayo de 2003, y CONSIDERANDO:

e. 03/04/2009 Nº22900/09 v. 03/04/2009

MINISTERIO DE SALUD
SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS

Que la Comunicación A 3473 del BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
estableció regulaciones en materia de operaciones de comercio exterior de bienes y servicios a liquidarse por el Mercado Libre de Cambios;
Que en virtud de ello este Organismo estableció las pautas a cumplir por las entidades aseguradoras para la intervención de este Organismo con el fin de efectuar el trámite para el pago de primas por reaseguros al exterior;
Que atento el tiempo transcurrido y teniendo en cuenta la experiencia recogida desde el dictado de estas normas, resulta conveniente proceder a su actualización;
Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 67 de la Ley Nº20.091;

Resolución Nº45/2009
Bs. As., 27/3/2009
VISTO el expediente Nº 1-2002-4300005153/08-5 del registro del SERVICIO NACIONAL
DE REHABILITACION; y, CONSIDERANDO:
Que, por la mencionada actuación el SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACION tramita la Licitación Pública Nº08/08, con el objeto de contratar servicio de limpieza por un período de DOCE 12 meses, contados a partir de la notificación de la Orden de Compra.
Que, el procedimiento y los Pliegos fueron autorizados mediante Resolución Nº 197 de la SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS de fecha 24 de noviembre de 2008 fs. 31/33 conforme lo establecido en el Artículo 11, apartados a y b del Decreto Nº1023/01 y modificatorios.

Por ello;
EL SUPERINTENDENTE
DE SEGUROS
RESUELVE:
ARTICULO 1º Reemplázase el formulario ANEXO I de la Resolución Nº28.581 por el modelo que se acompaña.
ARTICULO 2º Reemplázase el punto 5 del artículo 3º de la Resolución Nº 29.260 por el siguiente:
5. Las solicitudes deberán presentarse mediante nota de la aseguradora referenciada a Pago de Primas por Reaseguros al Exterior - Resolución Nº28581.
ARTICULO 3º Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial. GUSTAVO
MEDONE, Superintendente de Seguros.

Que se dio cumplimiento al Artículo 32 del Decreto mencionado, en lo atinente a la difusión de la convocatoria en el sitio de Internet de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES
fs.114/115 y a la publicación por DOS 2 días en el Boletín Oficial de la República Argentina fs.120/121.
Que se cursaron invitaciones a la Cámara que nuclea a las empresas del ramo, a empresas proveedoras del Organismo y a otras a las que se consideró conveniente invitar, según reza el Artículo 14 del Decreto Nº436/01 fs.143/169.
Que, se dio intervención a la GERENCIA NORMATIVA y PROYECTOS ESPECIALES DE
LA SINDICATURA GENERAL DE LA NACION fs.122/142, en cumplimiento de lo establecido en el Artículo 3º de la Resolución Nº 79/05 - S.G.N., a fin de someter la citada Licitación al control del Sistema de Precios Testigo, en razón de superar el monto estimado, el límite establecido en el Artículo 3º de la Resolución mencionada, sin haberse recibido respuesta alguna de la citada GERENCIA.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 03/04/2009 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date03/04/2009

Page count88

Edition count9421

First edition02/01/1989

Last issue08/08/2024

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