Boletín Oficial de la República Argentina del 18/09/2008 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Jueves 18 de setiembre de 2008

Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario
PRODUCCION DE GRANOS Y OLEAGINOSAS

BOLETIN OFICIAL Nº 31.492
EMPRESA

CBU

8


CUIT/CUIL

4

20-12202407-6

BERTONE RICARDO LUIS

020035260100000016320-1

Monto 1.785,00

5

30-70786505-5

BORDA BOSSANA ALDO Y BORDA BOSSANA ALDO

388015052100005650904-4

1.529,17
2.792,25

ALEJANDRO

Resolución 4039/2008
Autorízase el pago de compensaciones solicitadas en el marco del mecanismo creado mediante la Resolución N 9/2007 del Ministerio de Economía y Producción.

6

20-06441705-4

CASTELLARO, CESAR PEDRO

388015051000005338304-5

7

20-23206369-7

CAVALLO CESAR IVAN

020039841100000046088-0

9.032,93

8

20-11309608-0

DE BIAGGIO, GERARDO JUAN

285039343000000003618-7

26.587,15

9

20-06418813-6

DURBANO, EMILSO JOSE

011046713004670015209-7

12.334,83

10

30-70907253-2

EL RODEO S.H. DE BIANCHET SERGIO DANIEL Y

011030122003010024371-9

228,48
3.116,43

Bs. As., 15/9/2008

BRUNETTO ZULMA VIC

VISTO el Expediente NºS01:0366483/2008 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y CONSIDERANDO:
Que por la Resolución Nº9 de fecha 11 de enero de 2007 del MINISTERIO DE ECONOMIA
Y PRODUCCION se creó un mecanismo destinado a otorgar compensaciones al consumo interno a través de los industriales y operadores que vendan en el mercado interno productos derivados del trigo, maíz, girasol y soja.
Que mediante Resolución Nº378 de fecha 17 de enero de 2007, modificada por las Resoluciones Nros. 674 de fecha 24 de enero de 2007, 11 de fecha 9 de marzo de 2007, 339
de fecha 10 de abril de 2007 y 3043 de fecha 21 de agosto de 2008, todas de la OFICINA
NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, se estableció el procedimiento para la determinación de la compensación para la industrialización de trigo destinado al mercado interno implementado por la citada Resolución Nº9/07.
Que la referida Resolución Nº378/07 y sus modificatorias, fijaron los parámetros para la determinación y pago de las correspondientes compensaciones.
Que resultan beneficiarios los molinos harineros, usuarios de molienda de trigo y productores de trigo.
Que en tal marco se presentaron las solicitudes por los productores de trigo a través de los molinos, cuyos Nombres o Razón Social, Expedientes, Clave Unica de Identificación Tributaria C.U.I.T. y Clave Bancaria Uniforme C.B.U. se detallan en el Anexo que forma parte de la presente resolución.
Que las solicitudes presentadas que se detallan en el mencionado Anexo, fueron liquidadas de conformidad con lo establecido en la citada Resolución Nº378/07 y sus modificatorias.
Que el Area de Compensaciones de la citada Oficina Nacional evaluó las presentaciones efectuadas de acuerdo a la normativa vigente, conforme surge de los informes técnicos obrantes a fojas 3/5.

11

20-17916816-3

FENOGLIO, RAUL FERNANDO

020035261100000045443-0

12

20-08391794-7

FERRERO, HECTOR JOSE

388013901000009575600-1

697,00

13

27-13538390-8

GARCIA MARIA DEL ROCIO

072021642000000105811-8

1.143,97

14

20-06423133-3

GAVIGLIO, ELEUTERIO ANTONIO LU

388089334000003398809-2

2.601,00

15

30-60146359-4

GUSMAR SOCIEDAD ANONIMA

007010952000000057151-1

18.254,26

16

30-54551592-6

INSTITUCION SALESIANA NUESTRA SEÑORA DEL ROSARIO

007007572000000552533-9

16.154,08

17

30-71010271-2

LA MARIA URBANA S.R.L.

011044422004440104108-4

11.096,90

18

30-51276973-6

LORENZATTI AGUSTIN Y EDEL

020035330100000003016-5

2.186,56

19

20-10234517-8

MAGGI, JOSE FRANCISCO

020038160100000011615-1

1.088,23

20

20-06558932-0

MALPIEDI, GERALDO JESUS

388004032010009102305-9

277,21

21

20-11298057-2

MALPIEDI, NORBERTO PACIFICO

388004032010009102403-8

1.017,28

22

30-68889889-3

MONDINO NORA DEL CARMEN Y CORONEL JUAN CARLOS

387009320080160003717-9

9.748,73

23

30-66819099-1

OLDANI OSCAR F OLDANI ENRI L Y OLDANI ARIEL O SH

285040053000000003075-2

1.160,51

24

20-18343571-0

PERRONE, JAVIER ALEJANDRO

020030760100000108612-9

3.034,50

25

30-68884587-0

PRIMO NELDO NESTOR. PRIMO NESTOR FABIAN Y PRIMO

388089023000005359609-8

3.725,55

RUBEN FERNA
26

30-70842586-5

RICCA MAXIMILIANO Y RICCA SEBASTIAN

072026142000000110336-8

1.045,50

27

20-11742155-5

SCHIFFO, ERIO LUIS

388013901000009533502-2

1.807,95

28

30-70839687-3

SERVAG SRL

330056671566000312408-8

1.394,32

29

30-70819878-8

SUCESION DE VIETTO AVELINO FORTUNATO, VIETTO

388013900010009869904-8

50.583,64

30

20-10904182-4

SUCESION DE ZARAZAGA LUIS MARIA GUILLERMO

285030954001700277986-1

1.300,50

31

23-06437262-9

TORASSA, OSCAR BARTOLO LORENZ

011046712004671204977-3

993,23

32

27-12554605-1

TORTOLO, NIDIA BEATRIZ

011046712004671095741-4

1.145,55

ROBERTO RAFAEL

33

20-06434303-4

TUNINETTI, UBALDO BARTOLOME

020036940100000004910-1

658,92

34

30-62770460-3

VIGNOLO HORACIO Y ALBERTO S H

011046712004671152581-2

1.601,53

35

20-06437878-4

VIGNOLO, JOSE FILIBERTO

388089023000005933707-1

9.028,85

36

30-66923174-8

VILOSIO CESAR BARTOLO Y VILOSIO JOSE LUIS

020038160100000013475-1

208.114,98

TOTAL ANEXO

208.114,98

Que asimismo, la Coordinación del Area de Compensaciones de la OFICINA NACIONAL
DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO intervino favorablemente a fojas 1.
Que en el presente caso no resulta ser de aplicación la Resolución Nº145 de fecha 7 de septiembre de 2007 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, por tratarse de productores de trigo.
Que la Coordinación Jurídica de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL
AGROPECUARIO no ha presentado objeciones a la continuación del trámite.
Que por ello resulta procedente aprobar las solicitudes correspondientes a las presentaciones que se detallan a fojas 42, que no han merecido observaciones.
Que, en consecuencia, corresponde proceder a autorizar el pago de las compensaciones solicitadas conforme los montos verificados en los informes técnicos mencionados y que se encuentran detallados en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida.
Que el suscripto es competente para dictar el presente acto administrativo en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº1067 de fecha 31 de agosto de 2005 y por la Resolución Nº9 de fecha 11 de enero de 2007 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO
RESUELVE:
Artículo 1º Apruébanse las compensaciones solicitadas por los productores de trigo que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución, las que ascienden a la suma total de PESOS DOSCIENTOS OCHO MIL CIENTO CATORCE CON NOVENTA Y OCHO
CENTAVOS $208.114,98, por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.
Art. 2º Autorízase el pago de las compensaciones consignadas individualmente a los beneficiarios mencionados en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, el que asciende a la suma total de PESOS DOSCIENTOS OCHO MIL CIENTO CATORCE CON NOVENTA Y OCHO
CENTAVOS $208.114,98, por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Ricardo Echegaray.
ANEXO

2.601,00

SUBTOTAL

Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario
PRODUCCION DE GRANOS Y OLEAGINOSAS
Resolución 4040/2008
Autorízase el pago de compensaciones solicitadas en el marco del mecanismo creado mediante la Resolución Nº9/2007 del Ministerio de Economía y Producción.
Bs. As., 15/9/2008
VISTO el Expediente NºS01:0349759/2008 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y CONSIDERANDO:
Que por la Resolución Nº9 de fecha 11 de enero de 2007 del MINISTERIO DE ECONOMIA
Y PRODUCCION se creó un mecanismo destinado a otorgar compensaciones al consumo interno a través de los industriales y operadores que vendan en el mercado interno productos derivados del trigo, maíz, girasol y soja.
Que mediante Resolución Nº378 de fecha 17 de enero de 2007, modificada por las Resoluciones Nros. 674 de fecha 24 de enero de 2007, 11 de fecha 9 de marzo de 2007 y 339 de fecha 10 de abril de 2007, todas de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL
AGROPECUARIO, se estableció el procedimiento para la determinación de la compensación para la industrialización de trigo destinado al mercado interno implementado por la citada Resolución Nº9/07.
Que la referida Resolución Nº378/07 y sus modificatorias, fijaron los parámetros para la determinación y pago de las correspondientes compensaciones.
Que resultan beneficiarios los molinos harineros, usuarios de molienda de trigo y productores de trigo.
Que en tal marco se presentaron las solicitudes por los productores de trigo, cuyos Nombres o Razón Social, Expedientes, Clave Unica de Identificación Tributaria C.U.I.T. y Clave Bancaria Uniforme C.B.U. se detallan en el Anexo que forma parte de la presente resolución.
Que las solicitudes presentadas que se detallan en el mencionado Anexo, fueron liquidadas de conformidad con lo establecido en la citada Resolución Nº378/07 y sus modificatorias.

Expte: S01-0041822/07
Causante: CARLOS BOERO ROMANO S.A.I.C.
Período: Noviembre 07
ANEXO

CUIT/CUIL

EMPRESA

1

30-70924457-0

AGROPECUARIA LA CORDOBESA S.R.L.

020041850100000005890-1

CBU

Monto 1.300,50

2

20-30238516-6

BARBERO, MAURICIO DANIEL

285039343000000009975-5

3.646,50

3

20-21907671-2

BAUDINO, CRISTIAN MARTIN

285038423000005982309-7

1.414,99

Que el Area de Compensaciones de la citada Oficina Nacional evaluó las presentaciones efectuadas de acuerdo a la normativa vigente, conforme surge de los informes técnicos obrantes a fojas 2, 5, 8, 11, 14, 17, 20, 23, 26, 29, 32, 35, 38, 41, 44, 47, 50, 53, 56, 59, 62, 65, 68, 71, 74, 77, 80, 83, 86, 89, 92, 95, 98, 101, 104, 107, 110, 113, 116, 119, 122, 125, 128, 131, 134, 137, 140, 143, 146, 149, 152, 155, 158, 161, 164, 167, 170, 173, 176, 179, 182, 185, 188, 191, 194, 197, 200, 203, 206, 209, 212, 215, 218, 221, 224, 227, 230, 233, 236, 239, 242, 245, 248, 251, 254, 257, 260, 263, 266, 269, 272, 275 y 278.
Que asimismo, la Coordinación del Area de Compensaciones de la OFICINA NACIONAL
DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO intervino favorablemente a fojas 1.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 18/09/2008 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date18/09/2008

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First edition02/01/1989

Last issue04/08/2024

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