Boletín Oficial de la República Argentina del 04/09/2008 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Buenos Aires, jueves 4
de setiembre de 2008

Boletin Oficial
Año CXVI
Número 31.482

de la RepUblica Argentina
Precio $ 0,80
Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL DE
LA REPUBLICA ARGENTINA serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional Decreto Nº 659/1947

Primera Sección
Legislación y Avisos Oficiales
Por ello,
Sumario Pág.

DECRETOS

Decretos

TRASTORNOS ALIMENTARIOS
1415/2008
Créase en el ámbito del Ministerio de Salud, la Comisión Asesora para la Redacción de la Reglamentación de la Ley de Trastornos Alimentarios
FERIAS INTERNACIONALES
1399/2008
Exímese del pago del derecho de importación y demás tributos a los productos originarios y provenientes de los países participantes en la 31 Feria de las Naciones, a desarrollarse en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
MINISTERIO PUBLICO
1390/2008
Acéptase la renuncia presentada al cargo de Fiscal General ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº2 de Rosario, Provincia de Santa Fe
REGIMEN NACIONAL DE INICIATIVA PRIVADA
1414/2008
Declárase de Interés Público la propuesta presentada para el diseño, construcción, mantenimiento, administración y explotación en concesión de un tramo de la actual traza del Ferrocarril Trasandino Central, en la Provincia de Mendoza

TRASTORNOS ALIMENTARIOS
Decreto 1415/2008

1

2

CONSIDERANDO:

2

2

3

ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL
1397/2008
Decreto Nº357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios. Organigrama de Aplicación de la Administración Pública Nacional centralizada. Modificación

3

MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS
1413/2008
Desígnase Subsecretario de Seguridad en los Espectáculos Futbolísticos de la Secretaría de Seguridad Interior

9

Resoluciones
9

SANIDAD VEGETAL
88/2008-SAGPA
Incorpóranse Resoluciones del Grupo Mercado Común al ordenamiento jurídico nacional. Deróganse los Anexos II, XI, XII, XV y XIX de la Resolución Nº585/2006

12

Continúa en página 2

Que por la citada Ley se declaró de interés nacional la prevención y control de los trastornos alimentarios.
Que, asimismo, por dicha Ley se creó el Programa Nacional de Prevención y Control de los Trastornos Alimentarios en el ámbito del MINISTERIO DE SALUD.
Que por el artículo 4º de la referida Ley se estableció que el MINISTERIO DE SALUD, como autoridad de aplicación de la misma, coordinará acciones en el ámbito del CONSEJO FEDERAL DE SALUD con las demás Jurisdicciones, a los fines de asegurar la implementación de dicha Ley.
Que, en esta instancia y a los fines indicados en el párrafo que antecede, dada la tecnicidad y complejidad de las afecciones involucradas, resulta necesario que en la reglamentación de la misma participen expertos y profesionales en la materia, tanto del sector público como del ámbito privado.
Que en función de ello, resulta pertinente la creación, en el ámbito del MINISTERIO DE
SALUD, de una COMISION ASESORA para la redacción de la reglamentación de la ley de trastornos alimentarios.

ACTIVIDAD NUCLEAR
86/2008-ARN
Apruébase la Revisión 2 de la Norma AR 7.9.1 Operación de Equipos de Gammagrafía Industrial

ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
693/2008-ANSES
Apruébanse las Políticas de Control Interno para Tecnología de la Información

Bs. As., 3/9/2008
VISTO la Ley Nº26.396, y
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
1409/2008
Desígnanse Subsecretario de Medios y Subsecretario de Comunicación Estratégica de la Secretaría de Medios

RADIODIFUSION
689/2008-COMFER
Autorízase al Centro de Educación Media Nº41, a la instalación, funcionamiento y explotación de un servicio de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, en la localidad de Pilcaniyeu, departamento homónimo de la Provincia de Río Negro

Créase en el ámbito del Ministerio de Salud, la Comisión Asesora para la Redacción de la Reglamentación de la Ley de Trastornos Alimentarios.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 99 inciso 1 de la Constitución Nacional.

PRESIDENCIA DE
LA NACION
19

SecretarIa Legal y TEcnica
Dr. Carlos Alberto Zannini Secretario
19

DirecciOn Nacional del Registro Oficial
DR. Jorge Eduardo FeijoÓ
Director Nacional
LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Créase, en el ámbito del MINISTERIO DE SALUD, la COMISION ASESORA
PARA LA REDACCION DE LA REGLAMENTACION DE LA LEY DE TRASTORNOS ALIMENTARIOS con el objeto de analizar, redactar y proponer las normas reglamentarias necesarias para el cumplimiento de lo establecido en la Ley Nº26.396 de prevención y control de los trastornos alimentarios.
Art. 2º La Comisión Asesora estará integrada por un representante titular y uno alterno del MINISTERIO DE SALUD, un representante titular y uno alterno del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, un representante titular y uno alterno del MINISTERIO DE EDUCACION, un representante titular y uno alterno del CENTRO
NACIONAL DE INVESTIGACIONES NUTRICIONALES de la ADMINISTRACION NACIONAL DE
LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD
ANLIS, un representante titular y uno alterno de la COMISION NACIONAL DE ALIMENTOS
CONAL, un representante titular y uno alterno de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE
SALUD, un representante titular y uno alterno del INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS
I.N.S.S.J.YP., un representante titular y uno alterno del CONSEJO CIENTIFICO ASESOR
EN POLITICAS DE SALUD del MINISTERIO DE
SALUD, un representante titular y uno alterno de la UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES de la carrera Licenciatura en Nutrición, un representante titular y uno alterno de la SOCIEDAD
ARGENTINA DE NUTRICION, un representante titular y uno alterno de la FEDERACION DE
ASOCIACIONES DE GRADUADOS EN NUTRICION, un representante titular y uno alterno de la SOCIEDAD ARGENTINA DE PEDIATRIA, un representante titular y uno alterno de la SOCIEDAD ARGENTINA DE DIABETES, un representante titular y uno alterno de la SOCIEDAD ARGENTINA DE CARDIOLOGIA, un representante titular y uno alterno de la SOCIEDAD ARGENTINA DE OBESIDAD Y TRASTORNOS ALIMENTARIOS, un representante titular y uno alterno de la FEDERACION ARGENTINA DE CARDIOLOGIA, un representante titular y uno alterno de la COORDINADORA DE LAS INDUSTRIAS DE
PRODUCTOS ALIMENTICIOS, un representante titular y uno alterno de la CONFEDERACION
DE OBRAS Y SERVICIOS SOCIALES PROVINCIALES DE LA REPUBLICA ARGENTINA
C.O.S.S.P.R.A, un representante titular y uno alterno de la CAMARA DE INSTITUCIONES

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Boletín Oficial de la República Argentina del 04/09/2008 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date04/09/2008

Page count56

Edition count9379

First edition02/01/1989

Last issue27/06/2024

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