Boletín Oficial de la República Argentina del 11/09/2008 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Jueves 11 de setiembre de 2008

Primera Sección
Que, según surge a fs.2 del Expediente citado en el VISTO y a fin de compensar la iniciativa y méritos en el desempeño de las funciones asignadas a la agente Da. Patricia de los Angeles MANCUELLO, Nivel A - Grado 0 del SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA Decreto Nº993/91 - t.o. 1995 designada transitoriamente en la planta permanente de la SECRETARIA DE GABINETE Y GESTION PUBLICA de esta Jurisdicción, procede otorgarle el Suplemento Extraordinario por única vez, con la asignación de las Unidades Retributivas correspondientes.
Que la presente medida se dicta a tenor de lo establecido en el artículo 3º inciso c de la Decisión Administrativa Nº477/98.
Por ello,
BOLETIN OFICIAL Nº 31.487

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MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
Resolución Nº337/2008
Bs. As., 5/9/2008
VISTO el Expediente Nº S01:0258181/2008 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION, las Leyes Nros. 25.798 y su modificatoria Nº25.908, y 26.062, el Decreto Nº1284
del 18 de diciembre de 2003, la Resolución Nº115 del 10 de marzo de 2006 del MINISTERIO DE
ECONOMIA Y PRODUCCION, y CONSIDERANDO:

EL SECRETARIO
DE GABINETE Y GESTION PUBLICA
DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
RESUELVE:
ARTICULO 1º Asígnase, el Suplemento Extraordinario a la agente Da. Patricia de los Angeles MANCUELLO DNI Nº14.740.564, Nivel A - Grado 0 del SISTEMA NACIONAL
DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA Decreto Nº993/91 - t.o. 1995, designada transitoriamente en la planta permanente de la SECRETARIA DE GABINETE Y GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, otorgándole por única vez una suma adicional a su remuneración equivalente a la cantidad de MIL DOSCIENTOS CINCUENTA 1.250
Unidades Retributivas.
ARTICULO 2º El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente, será imputado con cargo a los créditos de las partidas específicas del presupuesto de esta Jurisdicción vigente para el corriente ejercicio.
ARTICULO 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dr. JUAN MANUEL ABAL MEDINA, Secretario de Gabinete y Gestión Pública, Jefatura de Gabinete de Ministros.
e. 11/09/2008 Nº9523/08 v. 11/09/2008

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARIA DE GABINETE Y GESTION PUBLICA
Resolución N 12/2008

Que mediante la Ley Nº25.798 y su modificatoria Nº25.908 se creó el Sistema de Refinanciación Hipotecaria por el cual se implementa un mecanismo de refinanciación destinado a resolver la situación planteada en torno a las ejecuciones hipotecarias sobre vivienda única.
Que a los efectos de implementar el citado Sistema, dicho ordenamiento normativo creó el FIDEICOMISO PARA LA REFINANCIACION HIPOTECARIA, cuyo fiduciario es el BANCO DE LA NACION ARGENTINA a tenor de lo dispuesto en el Artículo 14 del Anexo I del Decreto Nº1284 del 18
de diciembre de 2003.
Que por la Resolución Nº 115 del 10 de marzo de 2006 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
PRODUCCION se creó el Comité Directivo del FONDO FIDUCIARIO PARA LA REFINANCIACION
HIPOTECARIA en el ámbito de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA de este Ministerio.
Que dicho Comité Directivo tiene a su cargo impartir las instrucciones al BANCO DE LA NACION
ARGENTINA en su carácter de fiduciario del citado Fondo, evacuar consultas, coordinar acciones con otras dependencias, resolver conflictos y cuantas más diligencias resulten necesarias para el mejor cumplimiento del fin para el cual fuera creado.
Que razones de oportunidad, mérito y conveniencia aconsejan que el Comité Directivo referido pase a funcionar en la órbita de la SECRETARIA DE FINANZAS de este Ministerio.
Que asimismo y atento a la etapa de desarrollo en que se encuentra el Sistema de Refinanciación Hipotecaria, es menester proceder a la modificación de la integración del Comité Directivo, el cual estará conformado por CUATRO 4 miembros designados ad honórem por el suscripto, a saber:
UN 1 representante por el BANCO DE LA NACION ARGENTINA, UN 1 representante por el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, UN 1 representante por la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA y UN 1 representante por la SECRETARIA DE FINANZAS, ambas del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Bs. As., 27/8/2008

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.

VISTO el Expediente Nº 3392/2008 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, las Decisiones Administrativas Nº477 del 16 de septiembre de 1998 y Nº1 del 12 de enero de 2000, y
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 5º del Decreto Nº1284 del 18 de diciembre de 2003.
Por ello,
CONSIDERANDO:

EL MINISTRO
DE ECONOMIA Y PRODUCCION
RESUELVE:

Que mediante el Expediente citado en el VISTO tramita la asignación del Suplemento Extraordinario por única vez al agente D. Damián Alejandro PABLOS.
Que por la Decisión Administrativa Nº477/98, se estableció la integración de los Gabinetes de las Unidades Jefe de Gabinete de Ministros, Ministros, Secretarios y Subsecretarios, los que estarán integrados con el equivalente a la cantidad de Unidades Retributivas que se detallan en la planilla anexa al artículo 8º de la Decisión Administrativa Nº1/2000, sustitutiva de la planilla similar anexa al artículo 1º de la Decisión Administrativa Nº477/98.
Que por el artículo 3º de la medida mencionada precedentemente se estableció que el excedente de Unidades Retributivas asignadas y no utilizadas al fijar la retribución de los Asesores de Gabinete, podrá ser empleado a fin de designar personal, otorgándosele Unidades Retributivas o acordar, de la misma forma, el Suplemento de Gabinete o el Suplemento Extraordinario.
Que, según surge a fs. 2 del expediente citado en el VISTO y a fin de compensar la iniciativa y méritos en el desempeño de las funciones asignadas al agente D. Damián Alejandro PABLOS, quien presta servicios en la SECRETARIA DE GABINETE Y GESTION PUBLICA de esta Jurisdicción, en carácter de personal contratado en el marco del Decreto Nº1421/02, equiparado al Nivel C Grado 0 del SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA Decreto Nº 993/91 t.o. 1995, procede otorgarle el Suplemento Extraordinario por única vez, en la Secretaría mencionada precedentemente, con la asignación de las Unidades Retributivas correspondientes.

ARTICULO 1º El Comité Directivo creado por la Resolución Nº115 del 10 de marzo de 2006
del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION pasará a funcionar en el ámbito de la SECRETARIA DE FINANZAS de este Ministerio por las razones expuestas en los considerandos de la presente medida.
ARTICULO 2º Sustitúyese el texto del Artículo 2º de la Resolución Nº115/06 del MINISTERIO
DE ECONOMIA Y PRODUCCION, por el siguiente:
ARTICULO 2º El Comité Directivo del FONDO FIDUCIARIO PARA LA REFINANCIACION
HIPOTECARIA estará conformado por CUATRO 4 miembros designados ad honórem por el señor Ministro de Economía y Producción, a saber: UN 1 representante por el BANCO DE LA NACION
ARGENTINA, UN 1 representante por el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, UN 1 representante por la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA y 1 representante por la SECRETARIA
DE FINANZAS, ambas del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.
ARTICULO 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. CARLOS R. FERNANDEZ, Ministro de Economía y Producción.
e. 11/09/2008 Nº9467/08 v. 11/09/2008

Que la presente medida se dicta a tenor de lo establecido en el artículo 3º inciso c de la Decisión Administrativa Nº477/98.
Por ello,
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACION
COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION

EL SECRETARIO
DE GABINETE Y GESTION PUBLICA
DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
RESUELVE:

Resolución Nº761/2008
Bs. As., 4/9/2008
VISTO el Expediente Nº403 -COMFER/03, y
ARTICULO 1º Asígnase el Suplemento Extraordinario, al agente D. Damián Alejandro PABLOS D.N.I. Nº 31.434.160, quien presta servicios en la SECRETARIA DE GABINETE Y GESTION PUBLICA de esta Jurisdicción, en carácter de personal contratado en el marco del Decreto Nº1421/02, equiparado al Nivel C - Grado 0 del SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA Decreto Nº993/91 t.o. 1995 otorgándole por única vez, una suma adicional a su remuneración equivalente a la cantidad de TRESCIENTAS 300 Unidades Retributivas, pertenecientes a la Secretaría mencionada.

Que mediante Decreto Nº1412/04 fue autorizado el ingreso de los señores Mauricio MATHEUS
y María Belén MATHEUS a la firma RADIO Y TELEVISION TRENQUE LAUQUEN SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL, titular de la licencia de LU11 RADIOEMISORA DEL OESTE, de la ciudad de TRENQUE LAUQUEN, provincia de BUENOS AIRES.

ARTICULO 2º El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente, será imputado con cargo a los créditos de las partidas específicas del presupuesto de esta Jurisdicción vigente para el corriente ejercicio.

Que en virtud del acto administrativo citado en el considerando anterior resulta procedente determinar la composición societaria de la firma RADIO Y TELEVISION TRENQUE LAUQUEN SOCIEDAD
ANONIMA COMERCIAL.

ARTICULO 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dr. JUAN MANUEL ABAL MEDIA, Secretario de Gabinete y Gestión Pública, Jefatura de Gabinete de Ministros.
e. 11/09/2008 N 9199/08 v. 11/09/2008

CONSIDERANDO:

Que la Dirección General Asuntos Legales y Normativa ha emitido el correspondiente dictamen.
Que el COMITE FEDERAL DE RADIODIFUSION es competente para emitir el presente acto, de conformidad con las previsiones del artículo 46 inciso f de la Ley Nº22.285.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 11/09/2008 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date11/09/2008

Page count28

Edition count9421

First edition02/01/1989

Last issue08/08/2024

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