Boletín Oficial de la República Argentina del 04/07/2008 - Primera Sección

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Viernes 4 de julio de 2008

Primera Sección
Art. 3º Dase por aprobado el contrato suscripto entre la titular de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la persona nominada en la planilla que, como Anexo II, forma parte integrante de la presente medida, conforme a las condiciones y fechas consignadas en la misma y de acuerdo con las previsiones del artículo 9º del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, su reglamentación dispuesta por el Decreto Nº 1421/02 y la Resolución SGP Nº 48/02.
Art. 4º Las contrataciones que se aprueban por los artículos 1º y 3º de la presente decisión administrativa se disponen como excepción a lo establecido en el inciso c, punto II del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº 1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164.
Art. 5º El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas de los Créditos Presupuestarios vigentes de la Jurisdicción 25 - JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Pública Nacional Nº 26.337.
Art. 6º Comuníquese, publíquese, dése, a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Alberto A. Fernández. Aníbal F. Randazzo.
ANEXO I

BOLETIN OFICIAL Nº 31.440

3

ciembre de 2006, el Grado 1 del SISTEMA
NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA aprobado por Decreto Nº 993/91
T.O. 1995.

puestarios vigentes de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Pública Nacional Nº 26.337.

Que por el artículo 2º del Decreto Nº 577/03, modificado por su similar Nº 149/07, se estableció que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto Nº 491/02 y su reglamentación, será aprobada por el titular de la Jurisdicción en aquellos supuestos en los que se pacte una retribución mensual u honorario equivalente inferior a la suma de PESOS TRES MIL CIEN $ 3.100.-.

Art. 4º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Alberto A. Fernández.
Aníbal F. Randazzo.

Que a efectos de dar cumplimiento a la normativa precedentemente citada, corresponde aprobar el contrato suscripto, ad referéndum de su aprobación por el Sr. Jefe de Gabinete de Ministros, entre esta Jurisdicción y el Sr. LAGIER, Eugenio Oscar, quien desempeña funciones en la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de esta Jurisdicción, equiparado al Nivel B - Grado 1 del SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA, de acuerdo con las previsiones del Decreto Nº 1421/02.

JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS
Decisión Administrativa 293/2008
Dase por aprobada una contratación celebrada en el ámbito de la Secretaría de la Gestión Pública en el marco de lo establecido por el artículo 9º del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y su reglamentación.

Bs. As., 1/7/2008
Que previo a dar trámite a la presente contratación, las áreas competentes de la Jurisdicción han verificado la respectiva disponibilidad presupuestaria.
Que, además, según informa el Sr. Director Técnico Administrativo de la SECRETARIA DE
AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de esta Jurisdicción, la persona de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servicios a partir del 1º de enero de 2007, por lo que procede aprobar la respectiva contratación con efectos a esa fecha.
Que la DELEGACION LEGAL de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de esta Jurisdicción ha tomado intervención.

ANEXO II

solución SGP Nº 48/02 las pautas para la aplicación del mismo.

Que la financiación del contrato que se aprueba por el presente, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 25 JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Pública Nacional Nº 26.337.

Que según surge de los actuados, la persona de que se trata se encuentra afectada exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9º del Anexo I del decreto mencionado en primer término del Visto.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del artículo 100, inciso 2 de la Constitución Nacional, y del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº 1421/02, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164.

Que el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA, aprobado por Decreto Nº 993/91 t.o. 1995, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios, previendo para el Nivel B la exigencia de título universitario o terciario, pudiendo prescindirse de dicha exigencia siempre que se acredite la posesión de título secundario y estudios o experiencia laboral en la especialidad atinente a las funciones.

Por ello,

JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS
Decisión Administrativa 292/2008
Dase por aprobado un contrato suscripto por la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable.

Bs. As., 1/7/2008
VISTO el Expediente Nro. 5517/2007, del registro de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 reglamentada por el Decreto Nº 1421 del 8 de agosto de 2002, el Decreto Nº 577 del 7 de agosto de 2003, modificado por su similar Nº 149 del 22 de febrero de 2007, la Resolución SGP Nº 48 del 30 de diciembre de 2002 y la Decisión Administrativa Nº 3 del 21 de enero de 2004, y CONSIDERANDO:
Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, tramita la aprobación del contrato suscripto con fecha 1º de enero de 2007, ad referéndum del Sr. Jefe de Gabinete de Ministros, entre la titular de la SECRETARIA DE
AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de esta Jurisdicción y el Sr. LAGIER, Eugenio Oscar D.N.I. Nº 14.234.657, de acuerdo con las previsiones del Decreto Nº 1421/02.
Que por el artículo 9º del Anexo I del decreto citado en el considerando anterior se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiempo determinado, aprobándose mediante Re-

Que además han tomado la intervención de su competencia la OFICINA NACIONAL DE
EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE
LA GESTION PUBLICA y la DIRECCION
GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que las funciones desarrolladas por el Sr.
Eugenio Oscar LAGIER, son las de coordinación de enlace Institucional entre la Subsecretaría de Coordinación de Políticas Ambientales y el Programa de Fortalecimiento Institucional de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de esta Jurisdicción con Provincias y Municipios, en materias de Educación No Formal, Programa de Promotores Ambientales Comunitarios y Educación Formal, por lo que procede aprobar la contratación solicitada como excepción a lo establecido en el inciso c, punto II del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº 1421/02.
Que a tenor de lo informado por la Sra. Secretaria de Ambiente y Desarrollo Sustentable de esta Jurisdicción, a la persona a contratar le corresponde, de acuerdo con las pautas previstas en el artículo 5º de la Decisión Administrativa Nº 3/04 y su modificatoria Decisión Administrativa Nº 1151 del 28 de di-

EL JEFE
DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
Artículo 1º Dase por aprobado a partir del 1º de enero de 2007 y hasta el 31 de diciembre de 2007, el contrato suscripto entre la titular de la SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO
SUSTENTABLE de la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS y el Sr. LAGIER, Eugenio Oscar D.N.I. Nº 14.234.657 para desempeñar funciones de Asesor Técnico Administrativo, equiparado al Nivel B - Grado 1 del SISTEMA NACIONAL
DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA Decreto Nº 993/91 t.o. 1995, de acuerdo con las previsiones del artículo 9º del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, su reglamentación dispuesta por el Decreto Nº 1421/02 y la Resolución SGP Nº 48/
02.
Art. 2º La contratación que se aprueba por el artículo 1º de la presente decisión administrativa se dispone como excepción a lo establecido en el inciso c, punto II del artículo 9º del Anexo I
al Decreto Nº 1421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164.
Art. 3º El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas de los créditos Presu-

VISTO el Expediente Nº 1873/2008 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 reglamentada por el Decreto Nº 1421 del 8 de agosto de 2002, el Decreto Nº 577 del 7 de agosto de 2003, modificado por su similar Nº 149 del 22
de febrero de 2007, la Resolución SGP Nº 48
del 30 de diciembre de 2002 y la Decisión Administrativa Nº 3 del 21 de enero de 2004, modificada por su similar Nº 1151 del 28 de diciembre de 2006, y CONSIDERANDO:
Que mediante las actuaciones citadas en el Visto, tramita la aprobación del contrato suscripto, ad referéndum del Jefe de Gabinete de Ministros, entre el titular de la SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de esta Jurisdicción y D. Damián Alejandro PABLOS, de acuerdo con las previsiones del Decreto Nº 1421/02.
Que el agente de que se trata ya se encontraba vinculado con la Secretaría citada mediante contrato en el marco del artículo 9º del Anexo a la referida Ley Nº 25.164 aprobado por Resolución JGM Nº 10 del 25 de enero de 2008.
Que a partir del 1º de mayo de 2008 se le han asignado al agente mencionado, funciones de mayor responsabilidad a las entonces acordadas, por lo que corresponde dar por rescindido el contrato anterior y celebrar un nuevo contrato con ajuste del nivel y grado conforme las obligaciones ahora convenidas, con efectos a la fecha indicada precedentemente, a partir de la cual realizó una efectiva prestación de servicios.
Que por el artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 1421/02 se establecieron las prescripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiempo determinado, aprobándose mediante Resolución SGP Nº 48/02
las pautas para la aplicación del mismo.
Que el agente de que se trata se encuentra afectado exclusivamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los términos del artículo 9º del Anexo I del decreto mencionado en el primer término del Visto.
Que el Sistema Nacional de la Profesión Administrativa, aprobado por Decreto Nº 993/91
t.o. 1995, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios, previendo para el Nivel C la exigencia del título secundario.
Que los antecedentes curriculares del agente propuesto resultan atinentes al objetivo de las funciones asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las mismas, por lo que procede aprobar la contratación solicitada como excepción a lo establecido en el inciso c, punto II del artículo 9º del Anexo I al Decreto Nº 1421/02.
Que el artículo 1º de la Decisión Administrativa Nº 3/04 establece que el personal con-

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Boletín Oficial de la República Argentina del 04/07/2008 - Primera Sección

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CountryArgentina

Date04/07/2008

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