Boletín Oficial de la República Argentina del 21/11/2007 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Miércoles 21 de noviembre de 2007

BOLETIN OFICIAL Nº 31.286

3

establecido por el Decreto Nº 280 del 23 de febrero de 1995.

LUGAR O LUGARES DE DESTINO: MONTEVIDEO, REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY.

Que los gastos de alojamiento y comida estuvieron a cargo del EJERCITO ARGENTINO.

FECHA DE PARTIDA: 1 de febrero de 2006.
FECHA DE REGRESO: 1 de febrero de 2006.

CION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y
SERVICIOS, la Ley Nº 24.076, el Artículo 3º de su Reglamentación aprobada por Decreto Nº 1738 de fecha 18 de septiembre de 1992
y el Decreto Nº 951 de fecha 6 de julio de 1995, modificatorio del anterior, y
Que la medida propuesta se dicta en uso de las facultades emergentes del artículo 99, incisos 1 y 12 de la CONSTITUCION DE LA
NACION ARGENTINA.

TIEMPO DE LA MISION: UN 1 día.

CONSIDERANDO:

COSTO DEL DESPLAZAMIENTO:

Que la Ley 24.076 establece en su Artículo 3º que el PODER EJECUTIVO NACIONAL es la autoridad competente para autorizar los permisos de exportación de gas natural que sean presentados en el marco previsto por dicho texto legal.

Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. KIRCHNER. Alberto A. Fernández.
Julio M. De Vido.

Que el Artículo 3º del Decreto Nº 1738 de fecha 18 de septiembre de 1992 delegó en la SECRETARIA DE ENERGIA dependiente del entonces MINISTERIO DE ECONOMIA Y
OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, la facultad de aprobar o rechazar las exportaciones de gas no incluidas en los incisos 4 o 5 de dicho Artículo.

VIATICOS DIARIOS NIVEL I: UN 1 día de CIEN POR CIENTO 100% del viático diario para gastos de traslado ida y regreso, alojamiento y comida.

Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

- U$S 202,00.- X 1 día X 1 h = U$S 202,00.-

Artículo 1º Convalídase la designación en comisión transitoria, a partir del 1 de febrero de 2006 y por el término de UN 1 día, del Jefe del Estado Mayor General del Ejército, Teniente General D. Roberto Fernando BENDINI D.N.I.
Nº 7.762.496, acompañado por el Jefe I Personal, General de Brigada D. Oscar Roberto GOMEZ D.N.I. Nº 8.488.434, por su Ayudante de Campo, Teniente Coronel de Infantería D. Guillermo Olegario Gonzalo PEREDA D.N.I.
Nº 16.744.229, y por el Cabo Primero Camarero David Sebastián BARBOZA D.N.I. Nº 26.515.011
para que se trasladaran a la Ciudad de MONTEVIDEO, REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY, para que participaran en la ceremonia de relevo del Comandante en Jefe del Ejército de ese país.

- U$S 187,00.- X 1 día X 1 h = U$S 187,00.- U$S 173,00.- X 1 día X 1 h = U$S 173,00.- U$S 158,00.- X I día X 1 h = U$S 158,00.TRANSPORTE Y PASAJES: - - - TIPO DE CAMBIO: - - - COSTO TOTAL EN MONEDA EXTRANJERA:
DOLARES ESTADOUNIDENSES SETECIENTOS
VEINTE U$S 720,00.-.
Vº Bº AUTORIZANTE MISION:
ANEXO II

Art. 2º Convalídase la designación en comisión transitoria, a partir del 1 de febrero de 2006 y por el término de UN 1 día, de los Tenientes Coroneles de Ingenieros D. Daniel Ricardo GRASSI D.N.I. Nº 12.825.134 y de Infantería D. Rubén Alfredo ROMAGNOLI D.N.I. Nº 14.261.470; y del Sargento Ayudante Mecánico de Aviación Ignacio ACOSTA D.N.I. Nº 17.350.474, tripulantes de la aeronave marca SABRE LINE AE 175, del COMANDO DE AVIACION DE EJERCITO, que trasladaron al señor Jefe del Estado Mayor General del Ejército y a sus acompañantes a la Ciudad de MONTEVIDEO, REPUBLICA ORIENTAL DEL
URUGUAY.
Art. 3º Convalídase la asignación, a cada integrante de la comisión de los viáticos detallados en los anexos I y II, que forman parte del presente decreto, liquidados de acuerdo con lo establecido por el Decreto Nº 280 del 23 de febrero de 1995.
Art. 4º Convalídase el traslado vía aérea, ida y regreso que se efectuó con una aeronave marca SABRE LINE AE 175, del COMANDO
DE AVIACION DE EJERCITO.
Art. 5º Convalídanse los gastos que demandó el cumplimiento del presente decreto, que fueron imputados a las partidas del presupuesto de la Administración Nacional del Ejercicio 2006, JURISDICCION 4521, ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJERCITO.
Art. 6º Convalídase el otorgamiento de los pasaportes correspondientes por la DIRECCION
NACIONAL DE CEREMONIAL.
Art. 7º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. KIRCHNER. Jorge E. Taiana. Nilda Garré.

SOLICITUD DE VIATICOS

Que el Decreto Nº 951 de fecha 6 de julio de 1995 sustituyó el Artículo 3º de la Reglamentación de la Ley Nº 24.076 aprobada por el Decreto Nº 1738/92.
Que dada la importancia actual y futura que tiene para el desarrollo en la REPUBLICA ARGENTINA el gas natural como recurso energético no renovable y estratégico, resulta necesaria la inmediata adopción de medidas tendientes a optimizar la utilización de dicho recurso y brindar seguridad para el desarrollo económico y social de nuestro país.

FECHA DE SOLICITUD: 1 de febrero de 2006.
APELLIDO Y NOMBRES: 1. GRASSI Daniel Ricardo, 2. ROMAGNOLI Rubén Alfredo y 3.
ACOSTA Ignacio.
ORGANISMO Y DEPENDENCIA: EMGE, teléfono oficial 4346-6100, interno 2135.
CATEGORIA O CARGO: 1. Teniente Coronel de Ingenieros, 2. Teniente Coronel de Infantería y 3.
Sargento Ayudante Mecánico de Aviación.
PERMANENTE O CONTRATADO: Permanente.
MOTIVO DE LA MISION: Trasladar al Jefe del Estado Mayor General del Ejército y sus acompañantes a la ceremonia de relevo del Comandante en Jefe del Ejército Uruguayo.
LUGAR O LUGARES DE DESTINO: MONTEVIDEO, REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY.
FECHA DE PARTIDA: 1 de febrero de 2006.
FECHA DE REGRESO: 1 de febrero de 2006.
TIEMPO DE LA MISION: UN 1 día.
COSTO DEL DESPLAZAMIENTO:
VIATICOS DIARIOS: UN 1 día de CIEN POR
CIENTO 100% del viático diario para gastos de traslado ida y regreso, alojamiento y comida.
- U$S 173,00.- X 2 día X 1 h NIVEL III = U$S
346,00.- U$S 158,00.- X 1 día X 1 h NIVEL IV = U$S
158,00.-

Que por ello, razones de oportunidad y mérito hacen necesario que el Poder Ejecutivo Nacional reasuma las facultades oportunamente establecidas en el Artículo 3º de la ley citada en el Visto, debiendo el mismo proceder a autorizar toda solicitud de exportación de gas natural que sea peticionada.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS
JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA
Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete, conforme lo establecido en el Artículo 9º del Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.
Que el presente decreto se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del Artículo 99, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Sustitúyense los incisos 1, 2, 3, 4 y 5 del Artículo 3º de la reglamentación de la Ley Nº 24.076, aprobada por el Decreto Nº 1738
de fecha 18 de septiembre de 1992, modificado por su similar Nº 951 de fecha 6 de julio de 1995, por los siguientes:
1 Las solicitudes de exportación de gas natural deberán presentarse ante la Secretaría, quien se encuentra facultada para dictar normas complementarias al respecto. La Secretaría elevará la petición, junto con su recomendación y la del Ente, al Poder Ejecutivo a los efectos de su autorización.

existan problemas de abastecimiento interno. En este supuesto no será necesario obtener la aprobación de cada operación de exportación excedente en la autorización, debiéndose únicamente presentar ante el Ente, al solo efecto informativo, el respectivo contrato del cual deberá surgir la condición de interrumpibilidad y la ausencia de indemnización en caso de tal interrupción.

HUESPEDES OFICIALES
Decreto 1706/2007
Convalídase el tratamiento de Huésped Oficial del Gobierno argentino acordado al señor Presidente de la República del Ecuador y comitiva, durante su permanencia en la República.

Bs. As., 19/11/2007
VISTO la Visita que efectuara al país el señor Presidente de la REPUBLICA DEL ECUADOR, D. Rafael CORREA DELGADO y comitiva entre los días 19 y 20 de septiembre de 2007, lo aconsejado por el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, y CONSIDERANDO:
Que la Declaración de Huéspedes Oficiales encuadra en las atribuciones conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL por el artículo 99, inciso 1. de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Convalídase el tratamiento de Huésped Oficial del Gobierno argentino acordado al señor Presidente de la REPUBLICA DEL ECUADOR, D. Rafael CORREA DELGADO y comitiva durante su permanencia en la República, entre los días 19 y 20 de septiembre de 2007.
Art. 2º Atiéndanse con cargo al presupuesto correspondiente a la Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO - para el ejercicio de 2007, los gastos derivados del presente Decreto.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. KIRCHNER. Jorge E. Taiana.

SINDICATURA GENERAL DE LA
NACION
Decreto 1707/2007

TRANSPORTE Y PASAJES: - - - ANEXO I
SOLICITUD DE VIATICOS
FECHA DE SOLICITUD: 1 de febrero de 2006.
APELLIDO Y NOMBRES: 1. BENDINI Roberto Fernando, 2. GOMEZ Oscar Roberto, 3. PEREDA
Guillermo Olegario Gonzalo y 4. BARBOZA David Sebastián.

TIPO DE CAMBIO: - - - COSTO TOTAL EN MONEDA EXTRANJERA:
DOLARES ESTADOUNIDENSES QUINIENTOS
CUATRO U$S 504,00.-.
Vº Bº AUTORIZANTE MISION:

ORGANISMO Y DEPENDENCIA: EMGE, teléfono oficial 4346-6100, interno 2135.

GAS NATURAL
Decreto 1705/2007

CATEGORIA O CARGO: 1. Teniente General, 2. General de Brigada, 3. Teniente Coronel de Infantería y 4. Cabo Primero Camarero.
PERMANENTE O CONTRATADO: Permanente.
MOTIVO DE LA MISION: Acompañar al Jefe del Estado Mayor General del Ejército a la ceremonia de relevo del Comandante en Jefe del Ejército Uruguayo.

Sustitúyense los incisos 1, 2, 3, 4 y 5 del Artículo 3º de la reglamentación de la Ley Nº 24.076, aprobada por el Decreto Nº 1738/92, modificado por su similar Nº 951/95.

Bs. As., 19/11/2007
VISTO el Expediente Nº S01:0219474/2007 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICA-

2 Cuando las exportaciones de gas natural impliquen la construcción de gasoductos o nuevas conexiones de los mismos y/o, nuevas instalaciones, la autorización de exportación que se otorgue según lo dispuesto en el inciso anterior, o la aprobación tácita que establece el Artículo 3º de la Ley, no implicará autorización para la construcción o nuevas conexiones.
3 Los acuerdos de exportación que impliquen la construcción de nuevas instalaciones y/o nuevas conexiones a los gasoductos, o el uso de cualquiera de los sistemas existentes, u otras alternativas de transporte, serán aprobados por el Poder Ejecutivo, previa intervención de la Secretaría y del Ente.
4 El plazo previsto en el Artículo 3º de la Ley se computará en días hábiles, y comenzará a correr el día siguiente a la fecha en que se cumplan los requisitos reglamentarios para el otorgamiento de la autorización de exportación.
5 Las autorizaciones que emita el Poder Ejecutivo podrán prever la exportación de excedentes de Gas a las cantidades establecidas en las mismas, siempre que estén sujetas a interrupción cuando
Acéptase la renuncia presentada al cargo de Síndica General Adjunta.

Bs. As., 20/11/2007
VISTO el artículo 99, inciso 7, de la CONSTITUCION NACIONAL.
EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Acéptase, a partir del 10 de diciembre de 2007, la renuncia presentada por la Doctora Da. Alessandra MINNICELLI D.N.I.
Nº 16.029.508 al cargo de Síndica General Adjunta de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION.
Art. 2º Agradécese a la funcionaria renunciante los valiosos servicios prestados en el desempeño de su cargo.
Art. 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. KIRCHNER. Aníbal D. Fernández.

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Boletín Oficial de la República Argentina del 21/11/2007 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date21/11/2007

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