Boletín Oficial de la República Argentina del 30/11/2007 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Buenos Aires, viernes 30
de noviembre de 2007

BOLETIN OFICIAL

Año CXV
Número 31.293

DE LA REPUBLICA ARGENTINA

Precio $ 0,80

Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL DE LA
REPUBLICA ARGENTINA serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional Decreto Nº 659/1947

Primera Sección
Legislación y Avisos Oficiales

Decreto 1767/2007

Sumario
LEYES

Pág.

ARCHIVO NACIONAL
DE LA MEMORIA

LEYES

Ley 26.289

ARCHIVO NACIONAL DE LA MEMORIA
26.289
Suprímense del Registro Nacional de Reincidencia y demás registros de todos los organismos de defensa y seguridad nacionales y provinciales, e incorpóranse al Archivo Nacional de la Memoria, todos los antecedentes existentes relativos a sentencias y resoluciones dictadas por los Consejos de Guerra Especiales Estables instituidos por las normas 21.264 y 21.463 del último Gobierno de facto.

1

FUERZAS DE SEGURIDAD
26.290
Fuerzas que forman parte del sistema de Seguridad Interior. Capacitación en materia de derechos humanos reconocidos a niñas, niños y adolescentes. Objetivo. Area de aplicación.

1

BIENES HISTORICOS NACIONALES
26.291
Declárase bien de interés histórico-arquitectónico nacional, el predio donde funciona el complejo social educativo Escuela Hogar Eva Perón, sito en la ciudad de Paraná, provincia de Entre Ríos.

2

PESCA
26.292
Declárase el estado de emergencia de la actividad pesca de río en el río Paraná, por el término de un año.

3

CONVENCIONES INTERNACIONALES
26.298
Apruébase la Convención Internacional para la Protección de las Personas contra las Desapariciones Forzadas, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, el 20 de diciembre de 2006.

3

DECRETOS
DEFENSA NACIONAL
1729/2007
Apruébase el Ciclo de Planeamiento de la Defensa Nacional.

8

9

MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
1732/2007
Designación transitoria en la planta permanente de la Unidad Secretario de la Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa.

10

SERVICIOS PUBLICOS
1734/2007
Recházase un recurso de Alzada interpuesto contra lo dispuesto por la Resolución Nº61/2003 del entonces Ente Tripartito de Obras y Servicios Sanitarios ETOSS.
Continúa en página 2

Sancionada: Noviembre 7 de 2007.
Promulgada: Noviembre 28 de 2007.

FUERZAS DE SEGURIDAD
Ley 26.290
Fuerzas que forman parte del sistema de Seguridad Interior. Capacitación en materia de derechos humanos reconocidos a niñas, niños y adolescentes. Objetivo. Area de aplicación.
Sancionada: Noviembre 7 de 2007
Promulgada de Hecho: Noviembre 29 de 2007

ARTICULO 1º Suprímense del Registro Nacional de Reincidencia y demás registros de todos los organismos de defensa y seguridad nacionales y provinciales, todos los antecedentes existentes relativos a sentencias y resoluciones dictadas por los Consejos de Guerra Especiales Estables instituidos por las normas 21.264 y 21.463 del último Gobierno de facto.

ARTICULO 1º Objetivo: Las fuerzas que forman parte del sistema de Seguridad Interior, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley 24.059 y su modificatoria 26.102, deberán incluir en sus currículas, capacitación a su personal en materia de derechos humanos reconocidos a niñas, niños y adolescentes, para asegurar la exigibilidad de sus derechos frente a la intervención institucional con los mismos.

ARTICULO 2º Incorpóranse al Archivo Nacional de la Memoria todos los antecedentes referidos en el artículo 1º, con copia al Archivo General de la Nación.

ARTICULO 2º Capacitación: Las personas que se desempeñan en las fuerzas comprendidas en la Ley 24.059, recibirán capacitación para que en el cumplimiento de sus funciones apliquen irrestrictamente las normas contenidas en la Convención sobre los Derechos del Niño, aprobada por Ley 23.849; Ley 26.061 y convenciones, tratados, reglas, directrices y demás normas reconocidos por nuestro país, que componen el plexo de derechos humanos que protegen integralmente los derechos de las personas menores de DIECIOCHO 18 años.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL
CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS SIETE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE
DEL AÑO DOS MIL SIETE.

ALBERTO BALESTRINI. JOSE J. B. PAMPURO. Enrique Hidalgo. Juan H. Estrada.

ARTICULO 3º Area de Aplicación: La capacitación específica a la que se hace referencia debe aplicarse en todas las áreas de política institucional, y en las distintas jurisdicciones de las fuerzas.

PRESIDENCIA DE
LA NACION

www.boletinoficial.gov.ar
SECRETARIA LEGAL Y TECNICA

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº538.103

DR. CARLOS ALBERTO ZANNINI
Secretario
11

Téngase por Ley de la Nación Nº 26.289 cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
KIRCHNER. Alberto A. Fernández. Alberto J. B. Iribarne.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.
sancionan con fuerza de Ley:

REGISTRADA BAJO EL Nº 26.289

10

POR TANTO:

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.
sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 3º Comuníquese al Poder Ejecutivo.

PERSONAL MILITAR
1730/2007
Convalídase una designación en comisión transitoria para que se trasladara a la Ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil, a fin de que participara de la transferencia de la responsabilidad como sede de la Conferencia de Ejércitos Americanos al Ejército Brasileño y de la presentación del vehículo aerotransportable Gaucho.

MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION
1733/2007
Dase por prorrogada la designación transitoria del Director de Lealtad Comercial de la Dirección Nacional de Comercio Interior de la Subsecretaría de Defensa del Consumidor de la Secretaría de Comercio Interior.

Suprímense del Registro Nacional de Reincidencia y demás registros de todos los organismos de defensa y seguridad nacionales y provinciales, e incorpóranse al Archivo Nacional de la Memoria, todos los antecedentes existentes relativos a sentencias y resoluciones dictadas por los Consejos de Guerra Especiales Estables instituidos por las normas 21.264 y 21.463 del último Gobierno de facto.

Bs. As., 28/11/2007

DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL

DR. JORGE EDUARDO FEIJOÓ
Director Nacional
e-mail: dnro@boletinoficial.gov.ar
DOMICILIO LEGAL
Suipacha 767-C1008AAO
Ciudad Autónoma de Buenos Aires Tel. y Fax 43224055 y líneas rotativas

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Boletín Oficial de la República Argentina del 30/11/2007 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date30/11/2007

Page count56

Edition count9391

First edition02/01/1989

Last issue09/07/2024

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