Boletín Oficial de la República Argentina del 13/08/2007 - Primera Sección

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Lunes 13 de agosto de 2007

En fe de lo cual, los signatarios, debidamente autorizados al efecto, han firmado el presente Protocolo modificatorio.

4

se traslade a la Ciudad de CARACAS, a fin de llevar a cabo la actividad de participación institucional en los actos de ceremonial por la ampliación del MERCOSUR y coincidentes con la Independencia del citado país.

Hecho en doble ejemplar en Buenos Aires, el 15 de agosto de 2001, en idioma español y francés, siendo ambos textos igualmente auténticos.
POR EL GOBIERNO DE LA
REPUBLICA ARGENTINA

BOLETIN OFICIAL Nº 31.216

Que a los efectos de responder a dicha invitación fue necesario designar a los integrantes de la delegación, que se detallan en el anexo I, que forma parte del presente decreto, en comisión transitoria, a partir del 2 de julio de 2006 y por el término de SEIS 6 días, para que se trasladen a la Ciudad de CARACAS, REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.

POR EL GOBIERNO DE LA
REPUBLICA FRANCESA

Que se asignaron a cada integrante de la delegación los viáticos que se detallan en el anexo II, que forma parte del presente decreto, liquidados de acuerdo con lo establecido por el Decreto Nº 280 del 23 de febrero de 1995.
Que los gastos de transporte vía aérea, ida y regreso estuvieron a cargo del MINISTERIO
DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO de nuestro país, y los de comida a cargo del Gobierno de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.

Que a fin de regularizar la presente situación, es necesario dictar el acto administrativo correspondiente para convalidar la designación en comisión de la delegación del EJERCITO
ARGENTINO.
Que la medida propuesta se dicta en uso de las facultades emergentes del artículo 99, incisos 1 y 12 de la CONSTITUCION DE LA NACION ARGENTINA.

DECRETOS

Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

GENDARMERIA NACIONAL
Decreto 1078/2007
Desestímase un reclamo en grado de insistencia interpuesto contra la Disposición del Director Nacional de Gendarmería Nº 385 del 30 de noviembre de 2005.

Bs. As., 9/8/2007
VISTO el Expediente Nº AF 6-0313/59/2006 del registro de la GENDARMERIA NACIONAL, y CONSIDERANDO:
Que el Comandante Mayor R de la GENDARMERIA NACIONAL D. Roque José LAZARTE interpuso reclamo en grado de insistencia contra la Disposición del Director Nacional de Gendarmería Nº 385 de fecha 30
de noviembre de 2005 que lo clasificó Apto para Continuar en el Grado.
Que mediante Disposición del Director Nacional de la Institución del 07 de julio de 2006 no se hizo lugar al reclamo presentado por el causante contra la calificación referida. Interpuesto reclamo en grado de insistencia, mediante Resolución del Ministro del Interior Nº 108 del 25 de enero de 2007, se lo desestimó.
Que la desestimación del reclamo fue dispuesta en virtud que la calificación cuestionada por el reclamante, había sido discernida en el marco de una tramitación ajustada a las disposiciones de la reglamentación vigente, conclusión que compartió la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DEL INTERIOR a fojas 26/29, al sostener que el acto impugnado no merecía objeciones desde el punto de vista de su legalidad ni presentaba violaciones a las normas que regulan tanto la competencia del órgano emisor como el procedimiento y los fundamentos de la decisión adoptada.
Que debe señalarse que la calificación dispuesta por disposición del Director Nacional de la Fuerza fue otorgada en ejercicio de fa-

cultades discrecionales que no aparecen teñidas de arbitrariedad manifiesta, razón por la cual resulta de aplicación el criterio vertido por la PROCURACION DEL TESORO DE LA
NACION en su Dictamen Nº 97/94, donde sostuvo que el estado militar implica la sujeción al régimen de ascensos y retiros por el cual se confiere a los órganos específicos la capacidad para apreciar la concreta aptitud para ascender, conservar el grado o pasar a situación de retiro conforme Fallos 302:1584; 311:1191.
Que han tomado la intervención que les compete la DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS de GENDARMERIA NACIONAL, fojas 34/35, y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR, fojas 39/41.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Nº 117 de la Reglamentación del Título II, Capítulo VIII
De los Ascensos Decreto Nº 7621 del 31
de agosto de 1961, de la ex Ley Orgánica de GENDARMERIA NACIONAL Decreto Ley Nº 3491 del 24 de marzo de 1958 - Ley Nº 14.467, conforme la modificación del artículo 2 del Decreto Nº 1299 del 21 de julio de 1992 y el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello, EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º Desestímase el reclamo en grado de insistencia interpuesto por el Comandante Mayor R de la GENDARMERIA NACIONAL D.
Roque José LAZARTE M.I. 10.129.880 contra la Disposición del Director Nacional de Gendarmería Nº 385 de fecha 30 de noviembre de 2005 que clasificó al causante como Apto para Continuar en el Grado.
Art. 2º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. KIRCHNER. Aníbal D.
Fernández.

Artículo 1º Convalídase la designación en comisión transitoria, a partir del 2 de julio de 2006 y por el término de SEIS 6 días, de la delegación del EJERCITO ARGENTINO que se detalla en el anexo I, que forma parte del presente decreto, para que se trasladara a la Ciudad de CARACAS, REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, a llevar a cabo la actividad de participación institucional en los actos de ceremonial por la ampliación del MERCOSUR y coincidentes con la Independencia del citado país.
Art. 2º Convalídanse las asignaciones a cada integrante de la delegación de los viáticos que se detallan en el anexo II, que forma parte del presente decreto, liquidados de acuerdo con lo establecido por el Decreto Nº 280 del 23 de febrero de 1995.
Art. 3º Convalídase la imputación presupuestaria de los gastos que demandó la comisión motivo del presente decreto, con cargo a las partidas del Presupuesto de la Administración Nacional del Ejercicio 2006, JURISDICCION 4521, ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJERCITO.
Art. 4º Convalídase el otorgamiento de los pasaportes correspondientes por la DIRECCION
NACIONAL DE CEREMONIAL.
Art. 5º Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. KIRCHNER. Jorge E. Taiana. Nilda Garré.
ANEXO I
Delegación del EJERCITO ARGENTINO que llevó a cabo la actividad de participación institucional en los actos de ceremonial por la ampliación del MERCOSUR y coincidentes con la Independencia de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
Nº 1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
9.
10.
11.
12.
13.
14.
15.
16.
17.
18.
19.
20.
21.
22.

Grado Cap Tte Subof Pr Subof Pr Sarg Ay Sarg 1ro Sarg 1ro Sarg 1ro Sarg Sarg Sarg Sarg Sarg Sarg Sarg Cbo Art 11
Sold Vol Sold Vol Sold Vol Sold Vol Sold Vol Sold Vol
Arma C
Int C
Zap C
C C
C C
Herr C
C Enf Vet C
C C


Nombres y apellidos D Rodrigo Carlos BERRA
D Enrique Miguel BLANCO
Ramón Marcos SALAS
Daniel Eduardo LOTO
Rubén Héctor MONTES
Román Javier LEIVA
Juan Francisco ROSSI
Aldo Silvio MARTINEZ
Diego Gastón TOME RIVERO
Carlos Rolando BARRAZA
José María ALEGRE
Jorge Omar PARISSI
Juan Carlos FRANK
Juan Martín MOREL
Ariel Gastón STATELLO
Juan José AVALOS
Claudio ARDILES
José Antonio MAZA
Javier MIÑO
Roberto Adán LOPEZ
Fernando Abel SALINAS
Leandro Fabián SERRUDO

D.N.I. Nº 22.109.582
25.935.209
13.748.351
16.239.723
14.624.368
20.728.376
21.586.772
21.468.060
26.691.567
23.590.712
25.987.794
24.644.066
23.694.739
25.749.513
25.762.424
24.871.405
28.597.264
26.998.505
27.762.525
30.389.321
30.893.786
30.915.829
ANEXO II

SOLICITUD DE VIATICOS

PERSONAL MILITAR

FECHA DE SOLICITUD: 6 de julio de 2006.

Decreto 1079/2007

APELLIDO Y NOMBRES: Detallados en el Anexo I.

Convalídase la designación en comisión transitoria de una delegación del Ejército Argentino, de traslado a la Ciudad de Caracas, República Bolivariana de Venezuela, a fin de llevar a cabo la actividad de participación institucional en los actos de ceremonial por la ampliación del Mercosur y coincidentes con la Independencia del citado país.

ORGANISMO Y DEPENDENCIA: EMGE, teléfono oficial 4346-6100, interno 2135.
CATEGORIA O CARGO: Detallados en el Anexo I.
PERMANENTE O CONTRATADO: Permanente.

Bs. As., 9/8/2007
VISTO lo informado por el señor Jefe del Estado Mayor General del Ejército, lo propuesto por la señora Ministra de Defensa, y
MOTIVO DE LA MISION: Llevar a cabo la actividad de participación institucional en los actos de ceremonial por la ampliación del MERCOSUR y coincidentes con la Independencia de la REPUBLICA
BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
LUGAR O LUGARES DE DESTINO: CARACAS, REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.

CONSIDERANDO:
FECHA DE PARTIDA: 2 de julio de 2006.
Que el Gobierno Nacional de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA efectuó una invitación a nuestro Gobierno Nacional para que una delegación del EJERCITO ARGENTINO

FECHA DE REGRESO: 7 de julio de 2006.

About this edition

Boletín Oficial de la República Argentina del 13/08/2007 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date13/08/2007

Page count40

Edition count9397

First edition02/01/1989

Last issue15/07/2024

Download this edition

Other editions

<<<Agosto 2007>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
262728293031