Boletín Oficial de la República Argentina del 27/07/2006 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL
DE LA REPUBLICA ARGENTINA
Primera Sección
Buenos Aires, jueves 27
de julio de 2006

Año CXIV
Número 30.956
Precio $ 0,70
Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL DE LA
REPUBLICA ARGENTINA serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional Decreto Nº 659/1947

Legislación y Avisos Oficiales
propuesta de los titulares de cada uno de los organismos que representan.

Sumario
LEYES
Pág.

UNIDAD DE INFORMACION
FINANCIERA

LEYES
CONVENCIONES
26.118
Apruébase la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial, que fuera adoptada por la Trigésima Segunda Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura - UNESCO.
UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA
26.119
Sustitúyense artículos de la Ley Nº25.246, con las modificaciones introducidas por el Decreto Nº1500/2001..

Ley 26.119

3

Sancionada: Julio 12 de 2006
Promulgada: Julio 26 de 2006

1

DECRETOS
CULTO
935/2006
Reconócese Obispo de la Diócesis de Azul.

8

JUSTICIA
936/2006
Acéptase la renuncia presentada por el Juez de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil de la Capital Federal, Sala D.

8

938/2006
Acéptase la renuncia presentada por el Juez de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil de la Capital Federal, Sala K - Vocalía Nº32.

8

MINISTERIO PUBLICO
937/2006
Acéptase la renuncia presentada por el Fiscal General ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Córdoba, Fiscalía Nº2.

8

PRESIDENCIA DE LA NACION
933/2006
Designaciones en el gabinete del Coordinador General de Asuntos Técnicos de la Unidad Presidente.

7

7

VICEPRESIDENCIA DE LA NACION
934/2006
Autorízase al Vicepresidente de la Nación, a desplazarse a la ciudad de Lima, República del Perú, a fin de participar del Acto de Transmisión de Mando Presidencial.

8

ARTICULO 1º Sustitúyense los artículos 8º, 9º, 10, 12 y 16 de la Ley 25.246, con las modificaciones introducidas por el decreto Nº 1500 del 22
de noviembre de 2001, por los siguientes:
Artículo 8º.- La Unidad de Información Financiera estará integrada por un 1 Presidente, un 1 Vicepresidente y un Consejo Asesor de siete 7 Vocales conformado por:
a Un 1 funcionario representante del Banco Central de la República Argentina;
b Un 1 funcionario representante de la Administración Federal de Ingresos Públicos;

d Un 1 experto en temas relacionados con el lavado de activos representante de la Secretaría de Programación para la Prevención de la Drogadicción y la Lucha contra el Narcotráfico de la Presidencia de la Nación;
e Un 1 funcionario representante del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;
f Un 1 funcionario representante del Ministerio de Economía y Producción;

RESOLUCIONES

Continúa en página 2

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

c Un 1 funcionario representante de la Comisión Nacional de Valores;

SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES
940/2006
Prorrógase hasta el 1º de enero de 2007 y el 1º de junio de 2007, respectivamente, la suspensión dispuesta por el artículo 1º del Decreto Nº390/2003 y prorrogada por el artículo 1º del Decreto Nº809/2004 y por el artículo 1º del Decreto Nº788/2005, respecto del restablecimiento de los dos 2 puntos porcentuales correspondientes al aporte personal de los trabajadores en relación de dependencia, ordenado por el artículo 2º del Decreto Nº2203/2002.

ADHESIONES OFICIALES
851/2006-SG
Declárase de interés nacional al evento denominado Plásticos 07 - II Exposición Internacional de la Industria del Plástico a desarrollarse en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Sustitúyense artículos de la Ley Nº 25.246, con las modificaciones introducidas por el Decreto Nº 1500/2001.

g Un 1 funcionario representante del Ministerio del Interior.
Los integrantes del Consejo Asesor serán designados por el Poder Ejecutivo nacional a
El Consejo Asesor sesionará con la presencia de al menos cinco 5 de sus integrantes y decidirá por mayoría simple de sus miembros presentes.
El Presidente de la Unidad de Información Financiera dictará el reglamento interno del Consejo Asesor.
Artículo 9º.- El Presidente y Vicepresidente de la U.I.F. serán designados por el Poder Ejecutivo nacional a propuesta del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
El procedimiento de selección del Presidente y Vicepresidente se establece de la siguiente manera:
a Se publicará en el Boletín Oficial y en por lo menos dos 2 diarios de circulación nacional, durante tres 3 días, el nombre y apellido y los antecedentes curriculares de la o las personas que se encuentren en consideración para la cobertura del cargo.
Simultáneamente se difundirá en la página oficial de la red informática del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;
b Las personas incluidas en la publicación a que se refiere el inciso anterior deberán presentar una declaración jurada con la nómina de todos los bienes propios, los de su cónyuge y/o los del conviviente, los que integren el patrimonio de la sociedad conyugal y los de sus hijos menores, en los términos y condiciones que establece el artículo 6º de la Ley de Etica de la Función Pública 25.188 y su reglamentación. Deberán adjuntar otra declaración en la que incluirán la nómina de las asociaciones civiles y sociedades comerciales que integren o hayan integrado en los últimos ocho 8
años, la nómina de clientes o contratistas de por lo menos los últimos ocho 8 años, en el marco de lo permitido por las normas de ética profesional vigentes, los estudios de abogados o contables a los que pertenecieron o pertenecen, según corresponda, y en general, cualquier tipo de compromiso que pueda afectar la imparcialidad de su criterio por actividades propias, de su cónyuge, de sus ascendientes y de sus descendientes en primer grado, ello con la finalidad de permitir la evaluación objetiva de la existencia de incompatibilidades o conflictos de intereses;

PRESIDENCIA DE
LA NACION

www.boletinoficial.gov.ar
SECRETARIA LEGAL Y TECNICA

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº451.095

DR. CARLOS ALBERTO ZANNINI
Secretario
9

Será presidido por el señor presidente de la Unidad de Información Financiera, quien tendrá voz pero no voto en la adopción de sus decisiones.

DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL

JORGE EDUARDO FEIJOÓ
Director Nacional
e-mail: dnro@boletinoficial.gov.ar
DOMICILIO LEGAL
Suipacha 767-C1008AAO
Ciudad Autónoma de Buenos Aires Tel. y Fax 43224055 y líneas rotativas

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Boletín Oficial de la República Argentina del 27/07/2006 - Primera Sección

TitleBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

CountryArgentina

Date27/07/2006

Page count32

Edition count9385

First edition02/01/1989

Last issue03/07/2024

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